|
Reunión
de Medio Año
Sociedad Interamericana de Prensa
Hotel Swissôtel
Quito, Ecuador
17 al 20 de Marzo, 2006
|
CHILE
Informe ante la Reunión de Medio Año
Quito, Ecuador
17 al 20 de marzo del 2006
La prensa ha continuado su labor con plena libertad. Sin embargo,
pese a que se han logrado importantes avances en materia de acceso a las fuentes
públicas, aún persisten dificultades artificiales creadas por
las distintas dependencias del Estado para obstaculizar la tarea de la prensa.
En agosto del 2005 se aprobó una reforma constitucional que estableció
el principio de la probidad y publicidad de la función pública.
En el nuevo artículo 8 de la Constitución se establece que “son
públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así
como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen”. Más aún,
afirma que “sólo una ley de quórum calificado podrá
establecer la reserva o secreto” si se cumplen ciertas condiciones.
Pese a ello, diversas dependencias estatales continuaron dictando resoluciones
que declaran secretos o reservados ciertos actos o documentos, incluso los que
se han producido después de esa fecha. Para ello se han amparado en el
decreto 26 del año 2001 del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia que reglamentaba la forma en que se podían establecer excepciones
a la publicidad que se había dispuesto en la Ley de Bases Generales de
la Administración del Estado de 1999. Aunque tal decreto fue objetado
por la Contraloría General de la República el año pasado
y pese al nuevo artículo constitucional, la costumbre y el anhelo de
los funcionarios públicos por mantener sus actuaciones a espaldas de
la ciudadanía, los impulsó a intentar este recurso.
Ante lo ocurrido y luego de múltiples reclamos de la prensa y la opinión
pública, en enero de este año el Ejecutivo derogó expresamente
el decreto 26 con lo cual se espera que cobre vigor la norma constitucional
y que el nuevo gobierno haga cumplir lo acordado entre todos los sectores políticos
nacionales. Los primeros signos no son muy alentadores, puesto que el propio
Senado que aprobó la reforma constitucional se ha negado a poner fin
a las votaciones secretas e incluso se llegó a presentar una censura
en contra de su Presidente por pretender eliminar dichas votaciones.
Un nuevo frente de debate sobre la libertad de prensa se abrió en enero,
cuando la Superintendencia de Valores y Seguros le aplicó una multa de
500,000 dólares al director y propietario del diario de negocios Estrategia.
La sanción le fue aplicada luego de que se investigara la extraordinaria
alza de precio de las acciones de una compañía, lo que el Superintendente
atribuyó a la cobertura de las noticias de esa empresa por parte de Estrategia
durante esos meses y para sancionarlo tuvo en cuenta las operaciones de compra
y venta de acciones por una sociedad de inversiones del dueño del mismo
diario. A juicio de la Superintendencia se habría configurado una violación
del artículo 61 de la Ley de Mercado de Valores, es decir, inducir a
error en el mercado mediante la difusión de noticias falsas o tendenciosas.
En consecuencia, aplicó una sanción administrativa que se encuentra
apelada y será resuelta por los tribunales de justicia. Además,
presentó una denuncia ante la justicia del crimen por el delito tipificado
en la Ley de Mercado de Valores.
Independientemente del desenlace, este episodio puede lesionar la credibilidad
de la prensa y derivar en nuevas regulaciones, como ha ocurrido en países
con mercados de valores más desarrollados, que aunque tienen el loable
propósito de garantizar su correcto funcionamiento, pueden transformarse
en obstáculos para la libre información.
Preguntas ó Comentarios? escríbanos
© 2002 Sociedad
Interamericana de Prensa. Todos los derechos reservados.
|