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Asamblea General de la SIP .
Antigua, Guatemala,
22 - 26 de octubre 2004
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COSTA
RICA
El 2 de julio del 2004, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dejó
sin efecto la sentencia penal dictada contra el periodista de La Nación
Mauricio Herrera Ulloa, por hallarla incompatible con la Convención Americana
de Derechos Humanos.
La condena
contra Herrera y La Nación, ratificada el 24 de enero del 2001 por la
Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, responsabilizó al periodista
de cuatro delitos de publicación de ofensas en perjuicio de Félix
Przedborki, ex embajador honorario de Costa Rica ante la Organización
Internacional de Energía Atómica (OIEA). Los reportajes de Herrera
dieron cuenta de numerosos cuestionamientos hechos al ex embajador en la prensa
europea y recogieron otros datos sobre la conducta del ex funcionario.
Herrera
fue condenado a 120 días multa y al pago de ¢60 millones (unos $100.000)
como reparación civil. La Nación fue condenada solidariamente
en lo civil.
También
se ordenó al periódico publicar el “por tanto” de
la sentencia y eliminar de su versión digital los enlaces entre el apellido
Przedborski y las publicaciones que causaron la demanda. En lugar de esos enlaces,
La Nación debía crear otros entre el apellido del ex funcionario
y la parte dispositiva de la sentencia condenatoria. Además, el nombre
del periodista debía ser inscrito en el Registro Judicial de Delincuentes.
Luego de
reiterar la importancia de la prensa en una democracia, la Corte Interamericana
señaló que quienes influyen en asuntos de interés público
están expuestos a un mayor escrutinio y al riesgo de ser criticados.
Asimismo, estableció que la prueba de la verdad exigida por la legislación
costarricense es excesiva y limita de manera indebida la libertad de expresión.
En particular, los altos jueces señalaron que Herrera satisfizo la necesidad
de fundamentar sus informaciones desde que demostró la existencia de
las publicaciones sobre el ex embajador en la prensa europea. Esa determinación
establece en el continente la doctrina del reportaje fiel o neutral, que permite
reproducir declaraciones e informaciones de terceros responsables siempre que
se haga con fidelidad.
La Corte
hizo suya la jurisprudencia de la Corte Europea de Derechos Humanos cuando declaró,
en el caso Thoma vs. Luxemburgo, que “…castigar a un periodista
por asistir en la diseminación de las aseveraciones realizadas por otra
persona amenazaría seriamente la contribución de la prensa en
la discusión de temas de interés público”.
La Corte también encontró que el recurso de Casación existente
en Costa Rica es demasiado limitado para satisfacer el requisito de la segunda
instancia establecido en la Convención. En ese sentido, exigió
a Costa Rica modificar su legislación interna en el plazo de seis meses.
En un voto
concurrente, el presidente de la Corte, Dr. Sergio García Ramírez,
señaló que la represión penal en materia de expresión
es una respuesta innecesaria en una sociedad democrática y se pronunció
por la descriminalización de esta materia.
En materia de impunidad, el Ministerio Público ha conseguido importantes
avances
en la investigación del homicidio del periodista Parmenio Medina Pérez,
muerto de tres balazos el 7 de julio del 2001, cerca de su casa en San Miguel
de Santo Domingo, Heredia.
El empresario
Omar Chaves Mora y el sacerdote Minor Calvo Aguilar permanecen detenidos como
presuntos autores intelectuales del homicidio. En los últimos meses,
la policía también detuvo a Jorge Castillo, un empresario deportivo,
y a Juan Ramón Hernández, un mecánico, como autores materiales.
Luis Aguirre Jaime, alias El Indio, ya figuraba en el expediente como autor
material y a Andrés Chaves Matarrita se le acusa de prestar colaboración
a los asesinos. A John Gutiérrez Ramírez y Danny Smith, también
detenidos, se les sigue causa por mediar entre los homicidas y los autores intelectuales
del asesinato. Según la Fiscalía, otro autor material fue César
Murillo, conocido como Nicho, quien falleció a manos de la Policía
cuando intentaba asaltar un banco en compañía de Aguirre y Chaves.
La acusación
depende de que la Fiscalía termine de transcribir miles de horas de intervenciones
telefónicas y podría ocurrir antes de fin de año.
El periodista
había recibido amenazas relacionadas con su trabajo como director del
programa radiofónico “La Patada” y su casa había sido
blanco de un ataque con armas de fuego.
También
el homicidio de la periodista Ivannia Mora Varela está a punto de ser
examinado en juicio. En este caso, las motivaciones parecen ajenas a la labor
periodística propiamente dicha. La policía tiene detenido al empresario
Eugenio Millot Lasala como probable autor intelectual y a Edward Serna Molina,
Freddy Alexander Cortés y Nelson López Giraldo como posibles autores
materiales. Como mediador está imputado Edgardo Martínez.
En el ámbito
legislativo, la comisión especial sobre libertad de expresión
del Congreso ya aprobó, por unanimidad, un texto de reforma a la restrictiva
legislación aplicable a la prensa. Sin embargo, todavía es notable
la falta de voluntad política para ejecutar los cambios. El texto aprobado
por la comisión está lejos de las mejores prácticas en
materia de libertad de expresión, pero representaba un avance. Empero,
a la luz de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el
caso Herrera, los aportes del proyecto de ley parecen insuficientes.
Recientes
escándalos de corrupción revelados por la prensa animan a los
ciudadanos a exigir mayor libertad de expresión. El 12 de octubre, una
multitudinaria marcha contra la corrupción tuvo entre sus principales
motivaciones el apoyo a la prensa independiente.
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