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R
e s o l u c i o n e s
Argentina I
CONSIDERANDO
que el intendente
de la ciudad de Corrientes, Raúl Romero Feris, amenazó
al director del diario La Nación, Bartolomé Mitre,
con promover acciones civiles y penales como respuesta a críticas
contra su gestión publicadas en ese medio, violando la garantía
establecida en el Principio 4 de la Declaración de Chapultepec
que condena las presiones e intimidaciones en contra de los periodistas1
CONSIDERANDO
que Romero Feris
amenazó a la periodista Mónica Calunga con ordenarle
una investigación fiscal como consecuencia de haberle hecho
preguntas que Romero Feris consideró incómodas, conducta
oficial que transgrede lo contemplado en el Principio 6 de la citada
Declaración que rechaza el castigo injusto a los periodistas2
CONSIDERANDO
que asimismo
se le sindica como el promotor de un allanamiento judicial al diario
El Libertador de Corrientes para apropiarse de una carta que contenía
severas opiniones sobre su probidad
CONSIDERANDO
que igualmente
se le vincula a atentados contra el director de El Diario, de Resistencia,
Bernardo Balbuena, como es el caso de una bomba que destruyó
su automóvil y parte de su residencia, circunstancia que
atenta en forma flagrante lo señalado en el Principio 4 de
la Declaración de Chapultepec que condena los atentados y
agresiones en contra de los medios o periodistas por coartar la
libertad de expresión y de prensa3
CONSIDERANDO
que en un reportaje
publicado en La Nación de Buenos Aires, el intendente de
Corrientes Romero Feris, justificó la discriminación
de la publicidad oficial en perjuicio de los medios de prensa que
adopten una postura crítica a su gestión de gobierno
CONSIDERANDO
que el intendente
Romero Feris, quien es además propietario del diario Norte
de Resistencia, practica abiertamente una discriminación
publicitaria contra El Diario de la misma localidad habiendo violado
lo señalado en el Principio 7 de la mencionada Declaración
por utilizar la publicidad oficial para castigar a los medios o
periodistas4
LA JUNTA DE
DIRECTORES DE LA SIP RESUELVE
dirigirse al
intendente de Corrientes, Raúl Romero Feris, censurando drásticamente
las amenazas, amedrentamientos, discriminaciones publicitarias y
demás acciones contrarias a los principios de libertad de
prensa y exigiéndole que cesen
dirigirse a
los gobernadores de las provincias de Corrientes y Chaco con el
objeto de que ordenen se investiguen los atentados contra el director
de El Diario de Resistencia y se sancione drásticamente a
los responsables
dirigirse al
presidente de la Corte Suprema de Corrientes para que ordene se
investigue el allanamiento al diario El Libertador de Corrientes
y de encontrarse irregularidades se sancione a los responsables.
1Principio 4:
"El asesinato, el terrorismo, el secuestro, las presiones,
la intimidación, la prisión injusta de los periodistas,
la destrucción material de los medios de comunicación,
la violencia de cualquier tipo y la impunidad de los agresores,
coartan severamente la libertad de expresión y de prensa.
Estos actos deben ser investigados con prontitud y sancionados con
severidad".
2Principio 6.
"Los medios de comunicación y los periodistas no deben
ser objeto de discriminaciones o favores en razón de lo que
escriban o digan".
3Principio 4
4Principio 7.
"Las políticas arancelarias y cambiarias, las licencias
para la importación de papel o equipo periodístico,
el otorgamiento de frecuencias de radio y televisión y la
concesión o supresión de publicidad estatal, no deben
aplicarse para premiar o castigar a medios o periodistas".
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