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Reunión de Medio Año
Los Cabos
Marzo 12 al 15,2004
México
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ARGENTINA II
CONSIDERANDO
que el 2 de febrero pasado la empresa editora del diario El Tribuno, de Salta,
Horizontes S.A., fue notificada de una resolución del juez de feria Guillermo
Félix Díaz que impone restricciones a su labor informativa sobre
un caso judicial que conmueve a la comunidad salteña
CONSIDERANDO
que dicha medida fue aplicada a pedido del abogado de Francisco José
Álvarez, procesado y luego sobreseído por el asesinato del chofer
de ómnibus José Antonio Morales, ocurrido en 1994, que generó
un alto grado de interés público
CONSIDERANDO
que el diario El Tribuno, ejerciendo su derecho de informar, reflejó
los acontecimientos y difundió opiniones para satisfacer el legítimo
derecho a la información de la ciudadanía
CONSIDERANDO
que en su disposición el juez Díaz pretendió que el diario
debía “abstenerse de utilizar expresiones, oraciones, frases o
palabras que pudieran importar un avance sobre la presunción o principio
de inocencia de que goza el actor, o de publicar su fotografía”
CONSIDERANDO
que el magistrado dispuso, además, que el eventual incumplimiento de
la resolución implicaría la aplicación de una “condena
conminatoria” fijada en una suma monetaria
CONSIDERANDO
que esta resolución judicial es un claro intento de aplicar la censura
previa sobre un diario y manifiesta los resabios autoritarios que inducen a
algunos jueces a asumir el rol de censores para proteger ciertos derechos individuales
CONSIDERANDO
que el principio 5 de la Declaración de Chapultepéc establece:
“La censura previa, las restricciones a la circulación de los medios
o a la divulgación de sus mensajes, la imposición arbitraria de
información, la creación de obstáculos al libre flujo informativo
y las limitaciones al libre ejercicio y movilización de los periodistas,
se oponen directamente a la libertad de prensa”
LA REUNIÓN DE MEDIO AÑO DE LA SIP RESUELVE
dirigirse al Poder Judicial
de Salta para expresar el más enérgico rechazo de la SIP a esta
medida del juez Guillermo Félix Díaz, en cuanto constituye una
hipótesis manifiesta de censura, que vulnera los artículos 14
de la Constitución Nacional y 13 de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos
manifestar la aspiración
de esta organización de que en las instancias superiores del Poder Judicial
salteño impere el respeto a la libertad de expresión y de prensa
para que la decisión sea revertida y dejada sin efecto.
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