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Reunión de Medio Año
Los Cabos
Marzo 12 al 15,2004
México
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COSTA RICA
CONSIDERANDO
que durante la segunda quincena de febrero y la primera semana de marzo Gabriela
Chaves Pérez, Marcos Leandro Camacho y José Luis Jiménez
Robleto, todos periodistas del Diario Extra, fueron condenados a penas de prisión
de diez días, treinta días y cincuenta días, respectivamente
CONSIDERANDO
que las penas de prisión, aún cuando sean conmutadas por multa
o mitigadas por el beneficio de ejecución condicional de la pena, son
innecesarias para proteger la reputación de las personas en una sociedad
democrática
CONSIDERANDO
que por ese motivo las penas de prisión son incompatibles con la Convención
Americana de Derechos Humanos y tienen un efecto inhibitorio sobre la libertad
de expresión que inevitablemente desemboca en la autocensura
CONSIDERANDO
que el Artículo 2 de la Declaración de Chapultepec establece:
“Toda persona tiene el derecho a buscar y recibir información,
expresar opiniones y divulgarlas libremente. Nadie puede restringir o negar
estos derechos”
LA REUNIÓN DE MEDIO AÑO DE LA SIP RESUELVE
solicitar a las autoridades judiciales
costarricenses que apliquen a la solución de las disputas relacionadas
con la libertad de expresión la jurisprudencia y doctrina del Sistema
Interamericano de Protección a los Derechos Humanos
urgir a la Comisión Especial
Legislativa que estudia las reformas necesarias a la legislación para
que emita un dictamen que elimine las incompatibilidades existentes entre el
derecho interno y la Convención Americana de Derechos Humanos
pedir al Poder Ejecutivo que contribuya
a la rápida reforma de la legislación vigente para que en Costa
Rica impere una libertad de expresión plena.
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