Reunión de Medio Año





 

 

Reunión de Medio Año
Sociedad Interamericana de Prensa
Hotel Swissôtel
Quito, Ecuador
17 al 20 de Marzo, 2006


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Venezuela  

VENEZUELA

Resolución de la Reunión de Medio Año
Quito, Ecuador
17 al 20 de marzo del 2006

CONSIDERANDO
que la Sociedad Interamericana de Prensa, en resoluciones de las asambleas del 2004 y del 2005 señaló las graves y crecientes limitaciones para la libertad de expresión, el derecho a la información y el ejercicio del periodismo implícitas en el nuevo marco legal que el régimen que gobierna en Venezuela ha promovido y aprobado

CONSIDERANDO
que por solicitud del Fiscal General de la República, basándose en la sentencia 1942 de la Sala Constitucional, un juez decidió mediante sentencia la aplicación de CENSURA PREVIA para la información y que los recursos de amparo interpuestos contra el citado fallo fueron negados

CONSIDERANDO
que las agresiones, presiones económicas y amenazas contra los medios independientes se han intensificado peligrosamente

CONSIDERANDO
que la aplicación de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión ya ha generado “providencias administrativas” que sancionan a numerosos medios radioeléctricos privados, confiscando así espacios de programación regular, además de las numerosas y obligatorias transmisiones oficiales en cadena, que son el inicio de una escalada de sanciones y penalizaciones progresivas, contempladas en la citada Ley, hasta llegar a la revocatoria de las frecuencias y el cierre de las emisoras

CONSIDERANDO
que numerosos periodistas han sufrido agresiones mientras cumplían sus labores, así como detenciones, encarcelamiento, persecuciones y amenazas por parte del gobierno
de Venezuela

CONSIDERANDO
que el Principio 4 de la Declaración de Chapultepec establece que “el asesinato, el terrorismo, el secuestro, las presiones, la intimidación, la prisión injusta de los periodistas, la destrucción material de los medios de comunicación, la violencia de cualquier tipo y la impunidad de los agresores, coartan severamente la libertad de expresión y de prensa. Estos actos deben ser investigados con prontitud y sancionados con severidad”.

LA REUNIÓN DE MEDIO AÑO DE LA SIP RESUELVE

condenar la violación de los artículos 57 y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, relativos a la libertad de expresión y el derecho a la información, por parte del régimen que gobierna en esa nación

rechazar las agresiones y acciones de intimidación que adelanta el gobierno de Venezuela en contra de los medios de comunicación independientes y los periodistas enviar a Venezuela una Misión de la SIP para conocer la situación actual de la libertad de expresión e información en ese país..