BOLIVIA

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En este período se ha agravado la crisis social, política y económica, lo cual se expresa en manifestaciones, bloqueos de caminos en el área rural del occidente, movilizaciones y otras formas de protesta social, que han tenido como resultado enfrentamientos entre campesinos y las fuerzas policíaco-militares. De este modo, la cobertura informativa ha estado bajo riesgo, y los periodistas han sufrido agresiones físicas tanto por parte de los manifestantes como de las fuerzas de seguridad. En el campo legal se pretende imponer criterios tendientes a una autorregulación en los medios o a una regulación que provendría de organismos estatales. El presidente Gonzalo Sánchez de Lozada se ha pronunciado sobre la necesidad de que exista un mecanismo de regulación en los medios de comunicación, mediante la creación de una Superintendencia, bajo control estatal. Esta propuesta, que fue realizada en un Seminario de Ética Periodística, ha sido rechazada por los organismos gremiales y profesionales del periodismo, considerando que las libertades no pueden ser reguladas por ningún gobierno, por cuanto de ello se podría derivar a un control y censura de la información. Las autoridades no insistieron en el tema y el Poder Ejecutivo dijo que respeta y garantiza la libertad de prensa. El Tribunal Segundo de Sentencia de la ciudad de El Alto advirtió en dos oportunidades a El Diario sobre una presunta información sesgada, y de realizar un juicio paralelo en sus páginas, durante el proceso que se le seguía al ex director y propietario de este matutino, Jorge Carrasco Jahnsen, por la muerte de su esposa Teresa Guzmán de Carrasco. El juicio oral concluyó y se dictó sentencia condenatoria en primera instancia contra Carrasco Jahnsen, por 30 años de cárcel sin indulto, el pasado 1 de octubre. La decisión será apelada a instancias superiores de la Justicia Boliviana, por cuanto la defensa considera injusta la medida, y ha señalado que no se pudo demostrar con pruebas fehacientes la participación en el referido crimen. El Tribunal Segundo, en el documento de sentencia, refiriéndose a El Diario, señaló que este medio de comunicación desinformó sobre el proceso. Tal aseveración ha sido rechazada por el matutino, el cual alega que la información brindada fue objetiva, por cuanto en ella se registró la versión de la defensa y no solamente del Ministerio Público. En la sentencia, el Tribunal señala lo siguiente: “... es indudable que la publicidad de los procesos a través de los medios de comunicación es algo central para la garantía efectiva de las partes, ello evita el secreto como pauta, permite que el ciudadano conozca el funcionamiento del Poder Judicial y educa en forma ejemplarizante sobre las consecuencias de respetar o no respetar la ley, pero esa publicidad debe ser armonizada con una información veraz, transparente e imparcial, además debe evitar un juicio paralelo, realizando valoraciones de los diferentes medios de prueba cuya función está facultada únicamente a los jueces y tribunales”. “En consecuencia, conforme se tiene ordenado en el proveído de fecha ocho de julio, del año en curso, la abogada secretaria del Tribunal deberá adjuntar al registro de actas las publicaciones diarias del matutino El Diario respecto al juicio para que la autoridad superior o cualquier ciudadano en el ejercicio de control social pueda tener el acceso al desarrollo del juicio oral y las informaciones publicadas por El Diario”. La inclusión, en una sentencia de un juicio de carácter penal, de esta clase de aseveraciones en contra de un medio, lesiona la libertad de prensa e información, por cuanto el proceso legal se desarrolló contra el propietario y no contra el medio, el que también resulta damnificado.

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