Panamá

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PANAMÁ Informe ante la Reunión de Medio Año Caracas, Venezuela 28 al 30 de marzo del 2008 En este período, la libertad de prensa siguió afectándose debido a incidentes en que los periodistas vieron obstruida su labor, y a varios casos de amedrentamiento judicial. En noviembre del año pasado, en atención a una serie de fugas de reos de centros penitenciarios, y aunado a una iniciativa del Ministerio Público abriendo cinco expedientes de investigación sobre la racha de fugas, un equipo de periodistas de Editora Panamá América y otros periodistas y camarógrafos de TVN-2 (Canal 2) realizó una gira por el perímetro de una de las cárceles involucradas. El equipo se internó en el perímetro y entró con su vehículo al recinto de la cárcel, sin detección alguna. Los periodistas hicieron tomas y se acercaron a las autoridades ya adentro del predio. En vez de ser escoltados a los recintos apropiados o de considerar observaciones sobre lo ocurrido, fueron detenidos e interrogados por varias horas y luego conducidos al despacho del ministro encargado, donde permanecieron detenidos varias horas más, atrasando la divulgación de los hechos. El 7 de marzo una fotógrafa del diario La Prensa de Panamá fue detenida por tres horas y su equipo fotográfico confiscado mientras fotografiaba funcionarios en plena labor proselitista. En este incidente no intervino ningún representante de los estamentos de seguridad o de representación de las autoridades estatales, pues todos los involucrados eran altos mandos del partido político en el actual gobierno. El diario La Prensa denunció el incidente ante dicho partido pero la denuncia fue ignorada. En ese sentido, es importante recordar que el año pasado el Director General de la Policía Nacional acusó a una televisora de fabricar un tiroteo en la calle para sensacionalizar su noticiero, en vez de declarar abierta una investigación sobre los hechos reportados. El amedrentamiento o acoso judicial no se limita a periodistas o crónicas. Un columnista criticó la independencia de un juez, quien lo denunció criminalmente por calumnia e injuria. La audiencia está fijada para octubre del presente año, sin embargo, para esa fecha, un nuevo Código Penal estaría en vigencia, en el cual se establece que un juez no podrá perseguir una calumnia o injuria por la vía penal. El mismo Código Penal (tanto el anterior como el nuevo) sostiene que al acusado se le tendría que juzgar bajo las leyes más favorables en vigencia al momento de su juicio, lo cual implica que la causa del juez no sería procedente. Sin embargo, la citación está fijada. Uno de los casos más emblemáticos sobre el acoso judicial de medios en una labor investigativa es el caso del Magistrado Spadafora vs. Editora Panamá América y otros, que ha cobrado nuevo impulso. El caso civil ha progresado y ahora resta una sentencia que podría darse en los próximos meses. El 8 de marzo de 2001 se publicó una noticia en el diario Panamá América relatando el hallazgo de maquinaria pública construyendo una carretera esencialmente en beneficio de dos altos funcionarios del gobierno de turno – un Ministro y el Contralor General de la República. La noticia incluía, entre otras cosas, la publicación de fotografías del equipo pesado trabajando y estacionado dentro de los predios de la finca del Contralor, vecina de la del entonces Ministro Spadafora, y tomas aéreas que mostraban que no había alrededor otras casas o explotaciones a las que pudiera servir en ese momento la carretera. El Ministro Spadafora no replicó ni esclareció, sino simplemente querelló a la Editora y a los periodistas por el crimen de injuria (insulto o menoscabo de la honra). El 1 de agosto de 2003, EPASA y los periodistas involucrados fueron condenados; dicha sentencia fue confirmada en apelación el 5 de julio de 2004. Al final de su gestión, en septiembre del 2004, la entonces Presidenta de la República indultó a los periodistas condenados en estos procesos. Sin embargo, uno de los funcionarios mencionados, quien durante ese gobierno se convirtió en (y actualmente es) Magistrado de la Corte Suprema, persigue una causa civil contra la Editora y los periodistas redactores de la nota, emanando de la original causa penal, buscando castigar la celeridad con que se dio la información y aduciendo un daño moral de US$ 2,000,000. En ningún alegato se enuncia un fundamento para esta cuantía de daños, tal como es necesario la legislación civil, pues el demandante se ciñe a la sencilla alegación que “el daño moral se presume por la sola realización del hecho dañoso” – basando el “hecho dañoso” en la cuestionada condena penal. La principal prueba que se aduce en el proceso civil es la sentencia penal, la cual no conlleva a ningún argumento de monto – es este mero resultado que el demandante aduce como legitimación de su reclamo. Mas, es evidente que ni la carrera política ni la reputación del demandante quedó afectada por la noticia, pues de ser ministro cuando se hizo el reportaje, pasó a ser Magistrado de la Sala Tercera de la Corte Suprema (atendiendo lo Contencioso-Administrativo), superando el trámite de objeciones y audiencias públicas ante la Comisión de Credenciales de la Asamblea Nacional. Actualmente funge como presidente de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Panamá. En la acción civil, superada ya la etapa de pruebas y de alegatos, no se le dejó a la Editora presentar sus principales pruebas, incluyendo una inspección a la carretera que causó el reportaje, y el informe de la autoridad que prestó su maquinaria al proyecto. En efecto, pareciera que este proceso desde ya encuentra fallas en su debido proceso, pues la acción civil que se ventila está prescrita según las leyes de Panamá. Cabe confirmar que en la acción, el demandante optó por secuestrarle los salarios a los periodistas imputados y la Editora presentó fianzas para no perjudicarlos. Hasta el momento no se ha tramitado un secuestro formal de la Editora. En octubre de 2005, una delegación panameña le expuso este caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como un ejemplo de acoso judicial que se practica en el país en perjuicio de la libertad de expresión y libre acceso a la información. También es importante tener presente que uno de los periodistas demandados nunca escribió en el diario en contra del demandante Spadafora, pues su única asignación fue la de buscar los descargos de Spadafora. Nunca visitó el sitio ni escribió sobre los hechos reportados, es decir, sólo buscó la explicación o réplica que se quería apareciera en el mismo escrito inicial. En la etapa penal, el periodista fue condenado por un supuesto delito que no pudo haber cometido. El Comité de Etica del Consejo Nacional de Periodismo inauguró a principios de año una campaña pública motivando la denuncia sobre faltas éticas en los medios de comunicación. En el ámbito legislativo, el nuevo Código Penal entrará en vigencia el 8 de mayo, existiendo la preocupación sobre la tipificación de nuevos delitos penales contra la privacidad que pudieran coartar la labor periodística.

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