Chile

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En este período continuaron en tramitación varios proyectos legales que de aprobarse podrían obstaculizar la labor de los medios de comunicación. El hecho más importante del semestre se registró con la aprobación en enero y la promulgación en agosto pasado de la Ley de Transparencia de la Función Pública y Acceso a la Información de la Administración del Estado. Junto a su publicación se anexó la parte dispositiva de la sentencia del Tribunal Constitucional, que declaró inconstitucional una referencia al Banco Central y aprobó varias normas referidas al Ministerio Público, al Tribunal Constitucional y al Tribunal Calificador de Elecciones con determinadas precisiones. El nuevo sistema, del que se subrayaron sus aspectos centrales en el informe anterior, requiere para su funcionamiento de la constitución del Consejo para la Transparencia, órgano especializado y de carácter eminentemente técnico. De acuerdo a lo dispuesto en un artículo transitorio, esta ley debe entrar a regir en abril de 2009, es decir, ocho meses después de su publicación, salvo la designación de los consejeros, que ha de cumplirse a los 60 días de su publicación. La Presidenta presentó los nombres de cuatro distinguidos abogados y está pendiente aún la votación del Senado para aprobar o rechazar los nombres propuestos. La Comisión Especial sobre Libertad de Expresión y Medios de Comunicación en la Cámara de Diputados aprobó en abril un informe que recoge sus conclusiones después de un año de trabajo. Entre las conclusiones y proposiciones que se refieren más directamente a los medios escritos, se destacan las siguientes: 1. Establecer una regulación del mercado de medios con el objeto de evitar la concentración económica y de su propiedad, tanto horizontal como verticalmente. 2. Establecer un sistema transparente y objetivo de subsidios, centrados en la creación y mantención de nuevos medios de comunicación que aseguren el pluralismo, la diversidad y las manifestaciones de las identidades regionales y locales. 3. Establecer, en materia de avisaje, que una determinada cuota de cada avisador deberá distribuirse entre medios más vulnerables. 4. Regular mejor la actividad periodística para garantizar su calidad profesional, su libertad de opinión y su quehacer, especialmente el de carácter investigativo. 5. Impulsar un debate nacional sobre la vigencia de los criterios de audiencia y circulación, para que no afecten la calidad de los medios. Todos estos puntos, en especial el primero, que es recurrente en el debate político chileno, y que desconoce la realidad actual de los medios de comunicación, pueden dar pie a nuevas iniciativas legales, que es la aspiración de extensos sectores políticos. De hecho, la proposición de mejorar la calidad profesional de los periodistas se tradujo en un proyecto de Estatuto del Periodista, iniciativa que contó con el patrocinio de diputados de los más variados sectores políticos. Enviado el proyecto a la Comisión de Trabajo —buena parte de sus disposiciones significaban modificaciones al Código del Trabajo—, el 4 de julio de 2007 la Comisión Especial sobre Libertad de Expresión y Medios de Comunicaciones solicitó que se le fuera remitido para su estudio, a lo que accedió la Sala. Hasta ahora han concurrido a prestar testimonio ante esa comisión numerosas personas vinculadas a las actividades informativas, lo que ha servido para dejar de manifiesta la mala calidad técnica del proyecto, que posiblemente incurre en varias inconstitucionalidades. Aparentemente el Gobierno pretende rescatar algunas normas, como la relativa al seguro de los periodistas. Por otra parte, nueve diputados de diferentes partidos presentaron el 10 de julio de 2008 un proyecto de ley destinado a sancionar el maltrato de palabras al personal policial de Carabineros de Chile. La iniciativa fue enviada a la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara Baja para su estudio. Allí se aprobó el primer informe, con fecha 3 de septiembre. Este proyecto establece penas de presidio de 61 a 563 días y multa de aproximadamente 100 mil pesos (200 dólares) a quienes injurien al personal policial. Cabe recordar que una de las medidas adoptadas hace ya algunos años en el propósito de garantizar debidamente el estatuto de la libertad de expresión en Chile fue, justamente, la eliminación del delito de desacato, es decir, de la protección calificada a la honra y vida privada de las personas que desempeñaban funciones públicas. Este proyecto constituye, en consecuencia, un anacrónico intento de restablecer en nuestro país el desacato.

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