Costa Rica

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COSTA RICA Un proyecto de reforma a la legislacion de prensa podría relajar, en los próximos meses, las restricciones jurídicas que pesan sobre el periodismo costarricense. Las reformas persiguen relevar a los directores de los medios de comunicación de la responsabilidad objetiva y solidaria que les asigna la ley por todo lo que se difunda en las publicaciones que dirigen. La legislación actual convierte a los directores en censores de las informaciones, ideas y opiniones de terceras personas, aun cuando se publiquen en espacios pagados o se citen en artículos periodísticos. Existe la intención de introducir en la legislación costarricense nuevas defensas para el informador acusado por injurias, calumnias y difamación. De aprobarse la legislación, un periodista que actúe con la diligencia debida y sin tener conocimiento de la falsedad de una información, no puede ser condenado aunque incurra en una inexactitud mientras no exista deseo de ofender o espíritu de maledicencia. Esta reforma exigirá a los tribunales, antes de emitir una condena por injuria, difamación o calumnia, sopesar la existencia del dolo y el incumplimiento de la diligencia debida. En este momento, la única defensa de que dispone un periodista acusado de injuria, difamación o calumnia, es la "exceptio veritatis" o prueba de la verdad, que en la práctica desplaza la carga de la prueba y se la asigna al imputado. Sin embargo, una iniciativa de ley, inserta en la corriente legislativa desde hace dos años, contradice las buenas intenciones de la nueva propuesta. Ese proyecto está bajo estudio de una comisión legislativa e incorpora medidas tan peligrosas como la creación de un ombudsman de la prensa. Por otra parte, un recurso de casación interpuesto por La Nación contra un fallo condenatorio en la querella interpuesta por el ex ministro de seguridad, Juan Diego Castro Fernández, aún no ha sido resuelto. La querella nació de una información y un editorial que daban cuenta de la protección oficial de que gozaba Castro, después de su renuncia al cargo de ministro, pese a que, según las fuentes consultadas por el diario, no existía amenaza alguna en su contra. También se informó y comentó sobre la asignación de armas que no debían salir de la custodia de la oficina de Seguridad Interna del Ministerio de Seguridad Pública. La información de La Nación se basó en informes internos de los ministerios de Seguridad Pública y Justicia, en denuncias del principal sindicato de empleados públicos del país y en declaraciones de varios funcionarios. El ex ministro Castro se negó sistemáticamente a atender a los periodistas que intentaban conocer su versión. El editorial comentaba los hechos y pedía que el Ministerio Público (fiscalía del estado) los indagara, por tratarse de bienes estatales. Castro los acusó por los delitos de calumnia y difamación. El tribunal absolvió unánimemente a los periodistas por calumnias, pero, por mayoría, los condenó por injuria, delito que ni siquiera fue mencionado por el demandante al presentar la querella. El entonces presidente José María Figueres declaró en juicio como testigo de Castro, no sobre los hechos, sino sobre el presunto mal efecto de las publicaciones sobre el ex funcionario. Otros miembros de la familia Figueres (un hermano y su madre) concurrieron a sendas sesiones del debate que se extendió seis días. Tampoco se ha resuelto una acción de inconstitucionalidad presentada por el empresario de cine Luis Carcheri contra la Ley de Espectáculos Públicos, por contener disposiciones que establecen prohibiciones en lugar de clasificaciones para varios tipos de espectáculos públicos.

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