Brasil

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BRASIL La prensa y los medios de comunicación del Brasil desarrollan sus actividades con normalidad, sin que se hayan registrado mayores problemas en este perlodo. La nota más destacada de este perlodo ha sido la posición asumida por los principales diarios, revistas y demás medios, no solamente en cuant.o a la divulgación sino también a la investigación de los hechos que condujeron a la denuncia de corrupción queinvolucra al propio Presidente de la República, al que el Congreso decidió, el29 de septiembre, someter a juicio político (impeachment). La prensa brasileña sale sumamente prestigiada de este episodio en el que también se afirma la madurez de las instituciones democráticas. Ante la amenaza contenida en el Estatuto del Niño y del Adolescente (Ley N° 8069 del 13 de julio de 1990), que permite a la autoridad judicial la confiscación de diarios y revistas y la suspensión de las transmisiones de emisoras radiales por dos días, por la divulgación no a utorizada de un hecho en el que se identifique a un niño o adolescente como infractor, la Asociación Nacional de Diarios (ANJ) planteó la inconstitucionalidad de ese dispositivo ante la Procuraduría General de la República, no habiéndolo aún presentado ante el Supremo Tribunal Federal. El proyecto de una nueva Ley de Prensa continúa en trámite en el Congreso Nacional. Un proyecto sustitutivo que ha recibido las sugerencias de la Asociación Nacional de Diarios fue aprobado por el Senado Federal, debiendo ahora ser examinado y sometido a votación en la Cámara de Diputados. En la esfera jurídica, la prensa enfrenta algunos problemas: La actual Ley de Prensa (Ley N°5.250/ 1967) contiene diversos dispositivos ética y jurídicamente cuestionables, tales como la posible imposición de penas privativas de libertad a periodistas por delitos contra la honra cometidos a través de material periodístico, la prohibición de demostrar la veracidad de la noticia (Defensa por Excepción de la Verdad) contra determinadas autoridades públicas -el Presidente de la República, el Presidente del Senado y de la Cámara de Diputados, los Ministros del Supremo Tribunal Federal, los Jefes de Estado o de Gobiernos Extranjeros, o sus representantes diplomáticos -, responsabilidad sucesiva por delitos de prensa, trámites procesales con plazos de defensa más breves que en los casos de delitos comunes, la posibilidad de confiscación de diarios que uofenden la moral y las buenas costumbres, y otras disposiciones similares. A pesar de que algunos juristas sostienen que el principio de amplia libertad de expresión incluido en la Constitución Federal de 1988 ha revocado algunos de estos dispositivos, éstos siguen formalmente vigentes. Por otro lado, el Estatuto del Niño y el Adolescente, además de permitir la confiscación de diarios y revistas, sirvió de base para una decisión judicial del tribunal de primera instancia, obligando al diario Notícias Populares de Sáo Paulo, a que vendiera sus ejemplares con envoltorio plástico no transparente. Se ha presentado un recurso contra esa decisión, que fue suspendida, y que ahora está pendiente en el Tribunal de Justicia de Sáo Paulo.

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