MÉXICO

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57ª Asamblea General Washington, DC 12 – 16 de octubre del 2001 MEXICO CONSIDERANDO que el periodista Philip True, corresponsal del San Antonio Express-News, fue asesinado en México en 1998 y dos de sus presuntos asesinos fueron detenidos y acusados CONSIDERANDO que la autopsia realizada al cuerpo de True en Jalisco poco después de su muerte, por un médico de esa entidad mexicana establece que el periodista fue asesinado y estudios realizados por cuatro forenses estadounidenses concuerdan con los resultados de la autopsia hecha en México CONSIDERANDO que en tres ocasiones los detenidos declararon su culpabilidad en los hechos CONSIDERANDO que recientemente un juez del estado de Jalisco puso en libertad a los dos acusados en la muerte de True, argumentando que su muerte había sido accidental, según una diferente apreciación de los dictámenes de autopsia CONSIDERANDO que la viuda del periodista True ha presentado una apelación al fallo y cuyo dictamen es esperado en las próximas dos semanas CONSIDERANDO que el Principio No 4 de la Declaración de Chapultepec establece que “el asesinato, el terrorismo, el secuestro, las presiones, la intimidación, la prisión injusta de los periodistas, la destrucción material de los medios de comunicación, la violencia de cualquier tipo y la impunidad de los agresores, coartan severamente la libertad de expresión y de prensa. Estos actos deben ser investigados con prontitud y sancionados con severidad” LA ASAMBLEA GENERAL DE LA SIP RESUELVE denunciar la manera irregular como se ha manejado el caso del periodista asesinado, comenzando por la deficiente investigación policíaca inicial alentar a las autoridades judiciales de Jalisco, México, a apegarse a la rigurosa revisión de la evidencia en el caso True y aplicar las sanciones debidas a los culpables de la muerte del periodista tejano.

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