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Resolución de la 71ª Asamblea General

Charleston, Carolina del Sur

2 al 6 de octubre de 2015


CONSIDERANDO que en Argentina la asignación de la pauta oficial se distribuye de manera arbitraria y el país no cuenta con normas que regulen la distribución de la publicidad estatal

CONSIDERANDO que en Bolivia el gobierno aplica la asignación discrecional de publicidad estatal a los medios de información como un mecanismo de censura indirecta

CONSIDERANDO que en Colombia se discute un proyecto de ley en el Congreso para regular la publicidad oficial que incluye diversas normas que limitan o dificultan la adecuada contratación de publicidad oficial

CONSIDERANDO que en Nicaragua la publicidad oficial se ha venido distribuyendo de manera exclusiva para los medios oficialistas

CONSIDERANDO que la distribución discriminatoria de la publicidad oficial ha sido utilizada en Ecuador y otro países de las Américas como herramienta para castigar o premiar a los medios

CONSIDERANDO que la Declaración de Chapultepec establece en el 6º principio que "los medios de comunicación y los periodistas no deben ser objeto de discriminaciones o favores en razón de lo que escriban o digan" y 7º advierte que "la concesión o supresión de publicidad estatal no debe aplicarse para premiar o castigar a medios o periodistas".

LA ASAMBLEA GENERAL DE LA SIP RESUELVE

Condenar la conducta de discriminación en la distribución de la publicidad oficial, entre otras medidas administrativas, para premiar o castigar a los medios de comunicación y afectar su línea editorial

Solicitar la erradicación de estas prácticas y pedir a los gobiernos que aprueben iniciativas destinadas a que la publicidad estatal sea distribuida con criterios técnicos, transparentes y equitativos.

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