Honduras: obstrucción informativa en toma de posesión de la Presidencia

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Periodistas nacionales e internacionales fueron impedidos de cubrir la toma de posesión presidencial.
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Alerta 019-2018 Honduras, 29 de enero de 2018
Comité por la Libre Expresión (C-Libre).- Periodistas nacionales e internacionales denunciaron un "cerco informativo" que impidió el acceso a la cobertura noticiosa del acto protocolario de toma de posesión presidencial del segundo mandato de Juan Orlando Hernández.
La periodista hondureña Jennifer Ávila del periódico digital www.contracorriente.red y el periodista Carlos Dada del medio de comunicación salvadoreño www.elfaro.net junto a su camarógrafo Víctor Peña, denunciaron obstrucción informativa al negarles una acreditación para brindar cobertura "al acto de interés público".
La periodista Ávila público en su cuenta de Twitter: "En el búnker del Partido Nacional entregan acreditaciones a los medios, a los periodistas de @ContraC_HN no nos acreditaron y no nos dan explicación".

Ávila también denuncio que la encargada de las acreditaciones le dijo que "No se acredito a todos, ellos tendrán sus razones que por seguridad ni se pueden decir".
Por su parte el periodista salvadoreño Carlos Dada escribió en su Twitter: "Enviamos todo lo requerido a tiempo, pero el gobierno de @JuanOrlandoH decidió dejar a @_ElFaro_ fuera del acto de juramentación de mañana", en alusión a la toma presidencial del mandatario hondureño.
Cabe señalar que el discurso del señor Juan Orlando Hernández fue transmitido en cadena nacional de radio y televisión durante aproximadamente más de una hora, aun y cuando el Reglamento de Transmisión de Cadena Nacional de Difusión de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), señala un máximo de siete minutos de transmisión.
Artículo 10 del Reglamento de CONATEL: "La Cadena Nacional tendrá un tiempo de duración hasta de siete minutos; fuera de ese tiempo las emisoras de radiodifusión sonora y de radiodifusión por televisión no están obligadas a la transmisión en Cadena Nacional, excepto en los casos, que CONATEL califique que el mensaje a transmitir requiere más tiempo".
Al respecto la Declaración de Chapultepec en su numeral cinco establece que "La censura previa, las restricciones a la circulación de los medios o a la divulgación de sus mensajes, la imposición arbitraria de información, la creación de obstáculos al libre flujo informativo y las limitaciones al libre ejercicio y movilización de los periodistas, se oponen directamente a la libertad de prensa".
Por otra parte, el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos establece que "toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección".

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