05 marzo 2015

CHILE

Aa
$.-

Comienzan propuestas regulatorias y reformas que amenazan la libertad de prensa e información.

La Comisión Asesora Presidencial en Descentralización y Desarrollo Social, entregó el 7 de octubre a la presidenta Michelle Bachelet las conclusiones de su trabajo. Dentro del capítulo referido a la Participación Ciudadana y Control Democrático, propone “Fortalecer a los Medios de Comunicación Locales y Regionales”, una medida para garantizar “constitucionalmente el derecho a la información y comunicación en tres tipos de medios: 1. Privados, 2. Públicos, 3. Comunitario, regional y multicultural”. La segunda medida busca garantizar una cuota del 33% en concesiones de televisión digital y espectro radial para medios de comunicación sin fines de lucro de carácter regional, local, comunitario y multicultural. En la tercera medida la Comisión plantea una “Ley espejo del avisaje estatal”, indicando que “el 50% de lo que el Estado gasta en difusión a través de medios de comunicación masivos, deberá ser asignado al fortalecimiento de los medios de comunicación regionales, locales y comunitarios.” La posible inclusión de estas medidas entregaría al Estado un poder injustificado para intervenir. Preocupan las propuestas de reforma a la Constitución Política que el actual Gobierno ha planteado. Establece tres reformas básicas: la reforma a la educación, en tramitación; la reforma tributaria, ya en aplicación; y una nueva Constitución, donde se revisaría la definición básica de los derechos de las personas, entre ellos, la libertad de expresión. Sobre el derecho a la libertad de expresión, se indica, que “una ley determinará los límites a la concentración de la propiedad de los medios de comunicación social, así como la apertura plural del espectro radioeléctrico, y la distribución del avisaje público, de manera de garantizar el pluralismo informativo y el libre acceso a la información”. El nuevo texto constitucional debe garantizar la libertad de expresión sin límites, ni orientaciones, ni censura previa; el secreto profesional y el derecho de acceso a la información pública. El proyecto de ley que modifica la Ley de Protección de Datos Personales N°19.628, presentado por el Gobierno a principios de enero de 2012, excluye el ejercicio periodístico y la libertad de expresión. El proyecto, que continúa en tramitación en el Congreso Nacional, considera la necesidad del consentimiento previo y expreso para la entrega de los datos personales, establece además ciertas circunstancias en las que este consentimiento no sería necesario, tales como urgencias médicas, investigación criminal o estudios estadísticos. Sin embargo, no se incluyen en este listado las investigaciones periodísticas, dejando a la actividad informativa sujeta a la legislación relativa a la protección de los datos personales.   En el marco de esta normativa, los medios podrían verse eventualmente obligados a eliminar información, pudiendo convertirse en una herramienta que dificulte la investigación o publicación de conductas incorrectas o ilegales, o que impida difundir y discutir asuntos de interés público.   El Ministerio de Economía, Fomento y Turismo está redactando un nuevo proyecto de ley que modifica la ley 19.628 sobre protección de datos personales, en cuyo anteproyecto se considera expresamente “El régimen de protección de datos personales que se establece en esta ley no será de aplicación al tratamiento de datos personales que se realice en el ejercicio de las libertades de emitir opinión y de informar, el que se regulará por la ley a que se refiere el artículo 19 N°12 de la Constitución de la República”. Luego de tramitarse por siete años, el 20 de enero de 2015 se aprobó en el Parlamento la Ley de Fomento a la Música Chilena la cual, bajo el pretexto de incentivar la música nacional, establece la obligación de las radios de destinar al menos el 20% de su programación a la difusión de artistas nacionales.   Según el proyecto aprobado, este porcentaje sólo puede ser cubierto por la transmisión de música – excluyendo por ejemplo entrevistas –  y en determinadas franjas horarias, lo que implica una intervención directa en la línea editorial y programación de un medio de comunicación. Además, se dispuso una implementación inmediata al tiempo de su promulgación, eliminando la observación anterior del proyecto que recomendaba establecer un plazo de al menos dos años para que las radioemisoras acomodaran sus programaciones.   Una vez promulgada la ley, las radios no sólo estarán obligadas a cambiar inmediatamente su programación, si no que deberán hacerlo exclusivamente en el sentido y alcance que el legislador les imponga, sin importar la libertad que tienen los medios para fijar sus propias programaciones, línea editorial, y, en definitiva, para ejercer su derecho a explotar un medio de comunicación.   Respecto a esta ley cabe señalar también que el jueves 8 de enero de 2015, en la Comisión de Cultura y las Artes de la Cámara de Diputados, se aprobó, en primer trámite, modificaciones a la Ley de Fomento de la Música Chilena, para establecer los requisitos que deben cumplir los conciertos y eventos musicales que se presenten en el país. También se establece que los espectáculos o conciertos internacionales deberán contratar teloneros chilenos, de lo contrario, tendrán que pagar el IVA sin acogerse a la exención tributaria. Junto con lo anterior, el proyecto establece que, de no cumplirse con esa prerrogativa, pueden hacerse acreedores además de una multa que iría de 50 a 100 UTM. Durante octubre de 2014 se realizó por parte del Ministerio de Salud una consulta pública respecto al Reglamento de la ley 20.606 sobre etiquetado de alimentos, sin embargo, a esta fecha no se han hecho públicos los resultados de la misma, ni tampoco se ha informado respecto a la acogida que habrían tenido los comentarios propuestos por los gremios de alimentos y bebidas, así como los de particulares. Se ha indicado de parte del Ministerio de Salud que se están haciendo los ajustes al Reglamento, el cual empezará a regir en junio de este año. Es relevante la redacción final del Reglamento, ya que podría establecer restricciones y límites a la publicidad de dichos alimentos como se viene relatando, impactando negativamente la libertad de expresión, ya que la venta de avisaje y publicidad es una de las principales formas de financiamiento de los medios de comunicación.

 

Compartí

0