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La SIP pide al Congreso de Panamá profundizar Reformas para la vigencia de la libertad de prensa

13 de febrero de 2006 - 18:00

La SIP pide al Congreso de Panamá profundizar

Reformas para la vigencia de la libertad de prensa

 

Recomendaciones sobre despenalización de los delitos de calumnia e injurias, sobre derecho a réplica, transparencia y acceso a la información pública, durante Foro de Chapultepec.

 

Panamá (14 de febrero del 2006) -- Tras un foro con abogados de medios de comunicación y legisladores nacionales organizado por la Sociedad Interamericana de Prensa, la institución recomendó medidas para despenalizar los delitos de injurias y calumnias alineando a Panamá con la jurisprudencia interamericana sobre la materia.  

 

La presidenta de la SIP, Diana Daniels, vicepresidenta de The Washington Post Company, congratuló a los legisladores y periodistas panameños por el debate, entendiendo que el resultado es parte de un proceso que deberá evolucionar hacia una sociedad más transparente, pluralista y democrática.

 

Del foro legislativo participaron 15 legisladores nacionales, entre ellos el presidente de la Asamblea Nacional, Elías Castillo (PRD – Partido Revolucionario Democrático). En un panel, moderado por el defensor del Pueblo, Juan Tejada, el diputado Castillo dijo que existen abusos de parte de periodistas y de funcionarios públicos en cuanto a la libertad de expresión, pero indicó que hay consenso sobre que se necesita mayor tolerancia a la crítica y que la Asamblea podrá analizar la conveniencia de despenalizar.

 

Por su parte, el diputado de oposición Arturo Araúz (Partido Liberal Nacional) coincidió en que Panamá debe adoptar la jurisprudencia interamericana en materia de despenalización, y que de no ocurrir esto en la actual discusión sobre la reforma del Código Penal, su partido está dispuesto a introducir un proyecto de ley en ese sentido.

 

José Roberto Dutriz, presidente de La Prensa Gráfica de El Salvador y vicepresidente regional por ese país de la Comisión de Libertad de Prensa de la SIP, explicó los alcances positivos que se produjeron debido a la despenalización de los delitos de difamación en su país.

 

Por su parte, Juan Luis Correa, secretario de la SIP y gerente general de La Prensa de Panamá, Fernando Berguido, presidente de ese diario y Gilberto Arias, director de Panamá América, y el abogado Guido Rodríguez, representante de la Defensoría del Pueblo tuvieron a su cargo el trabajo de grupos sobre las recomendaciones, en materia de derecho de réplica, despenalización y acceso a la información pública. El trabajo se realizó el lunes durante un foro para abogados de medios de comunicación.

 

Al final del día, las recomendaciones de la SIP fueron presentadas a la Asamblea Nacional por el vicepresidente primero de la institución, Rafael Molina, director del diario dominicano El Día.

 

En la clausura del evento, el ministro de Gobierno y Justicia, Héctor Alemán, se refirió a los logros del Poder Ejecutivo en materia de libertad de prensa, especialmente con la derogación de las leyes mordaza.

 

Durante las dos jornadas, el debate fue enriquecido por numerosas personalidades panameñas, como la procuradora general de la Nación, Ana María Gómez; la presidenta del Colegio de Abogados, Mercedes Araúz de Grimaldo; un grupo importante de abogados, entre ellos, Rogelio Saltarín, Alejandro Watson, Miguel Antonio Bernal y Edgardo Molina Mola, ex magistrado de la Corte Suprema de Justicia. También participaron los periodistas Lucy Molinar, Octavio Amat, Harry Iglesias y Luis H. Moreno, director de la Asociación de Ética y Civismo; Enrique de Obarrio, presidente de la Asociación Panameña de Empresas; Fernán Molinos, Consejo Nacional de Periodismo y Magaly Castillo, directora ejecutiva de la Alianza Ciudadana Pro Justicia.

 

El Proyecto Chapultepec de la SIP, bajo los auspicios de la Fundación Robert R. McCormick Tribune, viene realizando una serie de Conferencias Legislativas, entre otros objetivos, para promover leyes de acceso a la información pública y para que se deroguen normas que presentan cortapisas a la libertad de prensa y de expresión.

 

La delegación internacional de la SIP estuvo formada, además de Diana Daniels, Rafael Molina, José Roberto Dutriz, por Julio E. Muñoz, director ejecutivo; Ricardo Trotti, director de Libertad de Prensa; Sally Zamudio gerente del Proyecto de Chapultepec y Alfonso Juárez, coordinador.

 

Recomendaciones de la SIP a la Asamblea Nacional:

 

Sobre el derecho de réplica (Ley 22 del 29 de junio de 2005)

 

Los medios de comunicación no son renuentes a la réplica o a la rectificación, pero sí a las reglamentaciones legales que obligan publicaciones que pueden erosionar la libertad de expresión. Debe quedar establecido que la rectificación es un ordenamiento ético de la profesión y que los medios que destinan espacios para las mismas cumplen con su compromiso con el derecho del público a la información.

 

En la práctica es evidente que quienes más utilizan esta legislación son los funcionarios públicos y no los ciudadanos comunes, continuando con una cultura que privilegia y protege a los funcionarios que data de épocas en que existían las leyes mordaza.

 

En la ley actual debe existir una diferenciación entre el servidor público y el ciudadano común, por cuanto el primero está sujeto a la fiscalización y debe tolerar no solo la crítica sino también errores. Su derecho a rectificación se debe limitar a inexactitudes sobre hechos concretos, mas no sobre opiniones o críticas.

 

La ley tampoco define claramente la inexactitud necesaria para dar pie a una petición de réplica y esta debe estar sólo sujeta a informaciones de autoría propia del medio.

 

Se debe considerar la eliminación total o parcial de la Ley 1 de 1988, en la medida que sus disposiciones sean superadas por la actual legislación.

 

La disposición establece que el tribunal ordena al medio acoger una réplica, pero también se debe contemplar que el tribunal pueda negarla. Las réplicas no pueden ser ilimitadas.

 

Se debe aclarar cuál es el tribunal de competencia para atender querellas sobre rectificación, así como su jurisdicción; en España, por ejemplo, se limita la condena a las costas del proceso, mas no a compensación punitiva. Se recomienda que los casos se traten como situaciones de amparo de garantías constitucionales, lo que implica que la audiencia sería ante la Corte Suprema de Justicia.

 

Sobre la despenalización de los delitos de calumnias e injurias

 

El sistema interamericano de Derechos Humanos y la SIP recomiendan la despenalización de la calumnia y la injuria para que la reputación de los servidores públicos esté protegida únicamente por las instituciones de derecho civil, incorporando además lo que se conoce como la doctrina de la real malicia. 

 

Se recomienda derogar el Art. 180 de Código Penal que establece un tratamiento privilegiado para los altos funcionarios del Estado. Esta disposición data del año 1988 durante el período más crudo de la dictadura militar. 

 

En concordancia con las recomendaciones del sistema interamericano sobre la protección de los derechos humanos se deben despenalizar los delitos de injurias, por cuanto los servidores públicos deben estar sometidos a un mayor escrutinio de la ciudadanía y de los medios de comunicación social. 

 

Es necesario que se establezca una campaña de sensibilización entre los funcionarios públicos y servidores del Estado para que haya una comprensión profunda sobre cómo estos delitos penales contravienen normas sobre derechos humanos y sobre el derecho del público a la información.

 

Para ello se recomienda difundir información sobre la doctrina interamericana y su obligatoriedad dentro del marco constitucional; promover debates y foros sobre el tema y bregar para que se introduzca la jurisprudencia interamericana en los fallos de los tribunales locales.

 

Sobre la Ley de Acceso a la Información Pública

 

Esta legislación adolece de cuestiones de forma y de fondo.

 

Existe todavía una cultura del secretismo por parte del Estado que no ha sido superada. Los funcionarios públicos son renuentes a ofrecer información y, por lo general, niegan o se justifican ante las peticiones.

 

En este sentido, se recomienda reforzar el capítulo sexto de la ley que tiene que ver con las sanciones y responsabilidades de los funcionarios cuando se niegan a brindar información.

 

No puede haber una implementación adecuada de esta ley mientras no haya una campaña de sensibilización a todos los niveles sobre sus beneficios y cómo puede ser utilizada en la práctica.

 

Tanto la ciudadanía en general así como los funcionarios públicos y las instituciones de la sociedad civil no utilizan esta ley, por lo que se impone para el Estado disponer de una decidida campaña de educación.

 

De implementarse estas recomendaciones, la SIP considera que el Congreso Nacional de Panamá dará un paso importante en garantizar los derechos constitucionales referentes a la libertad de expresión y de prensa así como el derecho de todos los ciudadanos a la información en su más amplio sentido.

FUENTE: nota.texto7

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