Miami (27 de septiembre del 2002) - La Sociedad Interamericana
de Prensa (SIP) observó con preocupación que un juez del circuito
especializado de Bogotá decidió que el proceso judicial sobre el
caso de Jaime Garzón debe pasar a la jurisdicción de la Justicia
ordinaria debido a que el periodista no fue asesinado por razones profesionales.
La SIP sobre la base de sus propias investigaciones en el caso,
y tras el envío de una carta firmada por su presidente Robert Cox, solicitó
a la justicia ordinaria que se declare impedida y a la Corte Suprema de Justicia
pronunciarse a la mayor brevedad sobre la suerte del proceso, sobre el cual
tanto la Procuraduría como el Ministerio Público han señalado
que no se tuvieron en cuenta todas las hipótesis como para que el caso
sea descartado en la jurisdicción especializada.
El juez séptimo del circuito especializado de Bogotá
dijo que el crimen pudo haber sido cometido por las gestiones humanitarias que
realizaba Garzón en la intermediación para la liberación
de secuestrados, quien fue asesinado el 13 de agosto de 1999.
Sin embargo, tanto la investigación realizada por la
Fiscalía General de la Nación como por Unidad de Reacción
Rápida de la SIP y de otras organizaciones no gubernamentales, indican
que las informaciones que manejaba el periodista deben ser consideradas como
móviles del asesinato, debido a que estaban relacionadas a denuncias
sobre corrupción en altas esferas del Estado.
La SIP comparte el argumento del fiscal del caso, Eduardo Mesa,
quien argumenta que la forma en que fue asesinado Garzón "es un
acto terrorista" ya que los sicarios tuvieron la intención de acallarlo
y sembrar el terror en la sociedad colombiana, en una clara violación
a la libertad de expresión.
Según el Código Penal, la justicia especializada
de Colombia es la jurisdicción encargada de "juzgar las violaciones
a los derechos humanos y delitos con fines terroristas, en persona que sea o
haya sido servidor público, periodista, juez de paz, dirigente sindical,
político o religioso en razón de ello".
No obstante, la solicitud de la SIP para que se mantuviera abierta
la etapa investigativa hasta tanto no se reunieran todas las pruebas para esclarecer
el homicidio, la Fiscalía colombiana decretó el cierre de la etapa
investigativa el 3 de enero de 2002 y concluyó en la primera semana de
marzo, que la orden de asesinar al periodista Jaime Garzón, el 13 de
agosto de 1999, provino de Carlos Castaño, líder político
de los paramilitares, por lo que se le acusó como instigador y llamó
a juicio a Juan Pablo Ortiz Agudelo, alías Bochas, y a Edilberto Sierra
Ayala, alías Toño, como autores materiales del crimen.
La Comisión Colombiana de Juristas, parte
civil dentro del mismo proceso, apeló esa resolución de acusación,
para que se compulsaran copias y de esta manera se investigara la posible participación
de algunos militares, pero en segunda instancia, la fiscalía delegada
ante el Tribunal Superior de Bogotá negó la apelación con
el argumento de que no había ninguna evidencia que permitiera vincular
personal de la Fuerza Pública y confirmó la resolución
acusatoria en su integridad.
FUENTE: nota.texto7