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Preocupación de la Sip por resolución judicial en caso de periodista colombiano

26 de septiembre de 2002 - 20:00
Miami (27 de septiembre del 2002) - La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) observó con preocupación que un juez del circuito especializado de Bogotá decidió que el proceso judicial sobre el caso de Jaime Garzón debe pasar a la jurisdicción de la Justicia ordinaria debido a que el periodista no fue asesinado por razones profesionales.

La SIP sobre la base de sus propias investigaciones en el caso, y tras el envío de una carta firmada por su presidente Robert Cox, solicitó a la justicia ordinaria que se declare impedida y a la Corte Suprema de Justicia pronunciarse a la mayor brevedad sobre la suerte del proceso, sobre el cual tanto la Procuraduría como el Ministerio Público han señalado que no se tuvieron en cuenta todas las hipótesis como para que el caso sea descartado en la jurisdicción especializada.

El juez séptimo del circuito especializado de Bogotá dijo que el crimen pudo haber sido cometido por las gestiones humanitarias que realizaba Garzón en la intermediación para la liberación de secuestrados, quien fue asesinado el 13 de agosto de 1999.

Sin embargo, tanto la investigación realizada por la Fiscalía General de la Nación como por Unidad de Reacción Rápida de la SIP y de otras organizaciones no gubernamentales, indican que las informaciones que manejaba el periodista deben ser consideradas como móviles del asesinato, debido a que estaban relacionadas a denuncias sobre corrupción en altas esferas del Estado.

La SIP comparte el argumento del fiscal del caso, Eduardo Mesa, quien argumenta que la forma en que fue asesinado Garzón "es un acto terrorista" ya que los sicarios tuvieron la intención de acallarlo y sembrar el terror en la sociedad colombiana, en una clara violación a la libertad de expresión.

Según el Código Penal, la justicia especializada de Colombia es la jurisdicción encargada de "juzgar las violaciones a los derechos humanos y delitos con fines terroristas, en persona que sea o haya sido servidor público, periodista, juez de paz, dirigente sindical, político o religioso en razón de ello".

No obstante, la solicitud de la SIP para que se mantuviera abierta la etapa investigativa hasta tanto no se reunieran todas las pruebas para esclarecer el homicidio, la Fiscalía colombiana decretó el cierre de la etapa investigativa el 3 de enero de 2002 y concluyó en la primera semana de marzo, que la orden de asesinar al periodista Jaime Garzón, el 13 de agosto de 1999, provino de Carlos Castaño, líder político de los paramilitares, por lo que se le acusó como instigador y llamó a juicio a Juan Pablo Ortiz Agudelo, alías Bochas, y a Edilberto Sierra Ayala, alías Toño, como autores materiales del crimen.

La Comisión Colombiana de Juristas, parte civil dentro del mismo proceso, apeló esa resolución de acusación, para que se compulsaran copias y de esta manera se investigara la posible participación de algunos militares, pero en segunda instancia, la fiscalía delegada ante el Tribunal Superior de Bogotá negó la apelación con el argumento de que no había ninguna evidencia que permitiera vincular personal de la Fuerza Pública y confirmó la resolución acusatoria en su integridad.

FUENTE: nota.texto7

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