Solicita revisión de ley de propaganda electoral
Solicita revisión de ley de propaganda electoral
Miami (19 de junio de 2008).- La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) expresó su preocupación por la decisión judicial en Brasil contra el diario Folha y la revista Veja, condenados a pagar una multa tras la publicación de una entrevista considerada propaganda política; al tiempo que exhortó a que se analice de manera pormenorizada la ley vigente que establece los parámetros a la propaganda electoral, ya que podría contravenir el contenido de los géneros periodísticos.
El juez auxiliar de la 1ª Zona Electoral de São Paulo, Francisco Carlos Shintate, condenó esta semana a la Empresa Folha da Manhã S.A. y Editora Abril, respectivas casas editoriales del diario Folha y la revista Veja, ambas de São Paulo, al pago de R$ 21.282 (unos US$ 13.200) cada uno por la difusión de una entrevista con la precandidata a la alcaldía de São Paulo, Marta Suplicy (PT), considerada propaganda electoral anticipada. La política también fue condenada al pago de una pena pecuniaria.
El presidente de la SIP, Earl Maucker, expresó que nos sorprende esta decisión judicial porque se puede estar corriendo el riesgo de que la información periodística se confunda con la propaganda, y de esa forma los medios no tendrán la certeza sobre sus límites, ya que la ley puede ser muy rigurosa, confundir textos periodísticos con propaganda y muy especialmente coartar el derecho del público a informarse, justamente en períodos en que los ciudadanos necesitan estar bien informados y orientados para ejercer su derecho al voto.
El presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, Gonzalo Marroquín, además de lamentar la decisión judicial actual porque puede generar autocensura, ratificó pedidos anteriores de la SIP en que se instó a las autoridades electorales de Brasil y otros países del hemisferio occidental a que se revisen cuidadosamente las reglamentaciones electorales porque muchas de ellas están en el límite de la censura al confundir el papel de los medios y la información, con la necesidad de ordenar la equidad de la oferta de propaganda de candidatos y partidos políticos en pugna.
De acuerdo al juez electoral, quien para argumentar su decisión citó la ley nº 9.504/97 que libera la propaganda electoral después del 6 de julio, la entrevista con la precandidata fue más allá de los intereses periodísticos y la caracterizó como típica propaganda electoral.
El próximo 5 de octubre se celebrarán elecciones municipales en el país.
FUENTE: nota.texto7