Costa Rica

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Si bien existe un clima general de libertad de prensa, ésta se ha visto afectada por una serie de decisiones judiciales y presiones del gobierno, mientras que el libre acceso a la información pública está restringido por ciertas políticas del gobierno y una cultura de obstruccionismo que existe dentro de los organismos del Estado. El Instituto de Prensa y Libertad de Expresión de Costa Rica y el director de la Escuela de Comunicación Masiva de la Universidad de Costa Rica publicaron un estudio el pasado mes de noviembre en el que concluían que muchas entidades públicas, tales como ministerios y organismos estatales, no cuentan con una norma de procedimientos para proporcionar al público o a la prensa información básica, como por ejemplo presupuestos o gastos. Aquéllos que sí la tienen son la excepción y no la regla. Los investigadores enviaron un cuestionario a 16 ministerios y 12 organismos gubernamentales en abril del 2006, preguntando si cada uno de ellos proporcionaba información al público tal como lo ordena la Constitución. Luego de tres meses de llamadas telefónicas y pedidos para que enviaran sus respuestas, sólo siete ministerios y siete organismos devolvieron el cuestionario. En una escala de 0 a 100 puntos, sólo dos de las oficinas estatales que respondieron obtuvieron un puntaje de 70 o más. La mayoría obtuvo un puntaje de menos de 50 por ciento, algo que los investigadores consideraron “alarmante”. Sin embargo, sí reconocieron que el estudio se dio en un momento de transición entre el gobierno anterior y el actual, lo cual podría haber afectado los resultados. El acceso de la prensa a la información también está amenazado por un posible cambio en la forma en que el sistema judicial publica sus resoluciones judiciales y administrativas. El Poder Judicial está discutiendo nuevos reglamentos en base a las recomendaciones de una reunión internacional de juristas, que prohibirían a los tribunales divulgar una serie de informaciones sobre los convictos, en las sentencias colocadas en Internet. Lo más preocupante es que las resoluciones en línea no mencionarían los nombres de los convictos por crímenes sino que solamente pondrían sus iniciales, con excepción de casos que involucren a figuras públicas y solamente si es que el proceso judicial está relacionado con la notoriedad de éstas. El pasado mes de febrero, un conocido programa de una cadena de televisión fue criticado por el gobierno de Oscar Arias luego de un reportaje agresivo por Pilar Cisneros, jefe de redacción y presentadora de noticias, quien tuvo un comentario crítico el 19 de febrero sobre la manera en que el gobierno está manejando los esfuerzos de ayuda luego de devastador terremoto del 8 de enero. La red ya había propalado una serie de segmentos noticiosos relatando la difícil situación de los damnificados que estaban viviendo en carpas y refugios temporales durante más de un mes debido a la destrucción de sus casas. Cisneros criticó al gobierno por no dar una rápida solución para las víctimas, pese a que había más de un millón de dólares sentados en las cuentas del gobierno provenientes de donaciones. En un descargo televisado por Telenoticias, de conformidad con la ley costarricense de “derecho a réplica”, el Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias, criticó a Telenoticias y a Cisneros directamente, por haber mostrado “malacrianza, irrespeto y soberbia” al referirse a la forma en que el gobierno estaba respondiendo a la emergencia. Al decir que el irrespeto “destruye” la democracia, Arias advirtió al canal de noticias que “tuviera mucho cuidado cuando apuntara el dedo acusador”. El tono y las críticas no son nada nuevo, más bien hacen eco a los comentarios vertidos por el Presidente Oscar Arias en julio del 2008, cuando los periodistas investigaron el uso que le dio su gobierno a los dos millones de dólares donados a Costa Rica por el Banco Centroamericano de Integración Económica. El presidente calificó tales reportajes con términos tales como “envidia”, “insultos” e intentos deliberados por minar al gobierno. Sin embargo, el Ministro Arias enfrenta ahora una posible investigación por parte de la Contraloría General de la República sobre la posible malversación de dichos fondos. En febrero, Gilberto Lopes, periodista brasileño que ha vivido en Costa Rica los últimos 30 años, alegó sufrir persecución por parte del gobierno por oponerse al Tratado de Libre Comercio entre Centro América y los Estados Unidos (CAFTA). En 2008, el Registro Nacional le denegó la ciudadanía costarricense, alegando mala conducta. El registro basó su decisión en una carta de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS) –la policía de investigaciones que se reporta únicamente al presidente- en la que únicamente decía que el nombre de Lopes aparecía en sus archivos. Lopes ha dicho que cree que la DIS –cuyo subdirector tuvo que renunciar en el 2008 en medio de investigaciones de fraudes que éste habría cometido contra una decena de empresas y personas naturales- lo ha estado vigilando debido a sus actividades políticas. Durante la apelación de Lopes, el Tribunal Supremo de Elecciones pidió a la DIS que le remitiera los documentos en los que se hacía referencia a Lopes, pero ésta se rehusó, citando artículos de la ley que había creado a la DIS y que le permitía retener información sobre investigaciones en curso o “secretos de estado”. Al cabo de cierto tiempo Lopes obtuvo la ciudadanía y cuando un abogado colombiano pasó por la misma negativa, basada también en archivos secretos de la DIS. La Cámara Constitucional de la Corte Suprema dictaminó que la DIS no podía negar el acceso a sus archivos. Al ser luego consultados sobre el caso de Lopes, tanto el nuevo sub director como el director de la DIS dijeron que no existían archivos sobre Lopes en la DIS. Las esperanzas de encontrar justicia para el caso del asesinato de la periodista costarricense Ivannia Mora, ocurrido el 23 de diciembre del 2003, se desvanecieron más aún cuando el 22 de septiembre del 2008 la Corte Suprema confirmó una sentencia del 2006 que dejaba en libertad a los sospechosos del caso. Al igual que en el dictamen original del 2006, los jueces de la Corte Suprema encontraron que los fiscales no habían obtenido correctamente los testimonios de los testigos y acusaron a los investigadores de “coerción sicológica” para obtener el testimonio de un testigo contra los acusados. Entre los errores cometidos por los fiscales en el manejo del caso, la Corte citó el ejemplo de un investigador que habría ofrecido anular una orden de arresto contra la tía de un testigo si es que éste “declaraba que tenía conocimiento de los hechos bajo investigación”. La Corte consideró que este ofrecimiento era igual a “presionar moralmente” al testigo, haciendo que su testimonio –clave para el caso de la fiscalía- se tornara inadmisible. La Corte también dijo que los investigadores no siguieron el procedimiento correcto en Colombia para obtención de escuchas telefónicas y entrevistar a un sospechoso. En su dictamen de septiembre del 2008, la Corte ordenó una investigación de los “eventuales errores disciplinarios” de los fiscales e investigadores que llevaban el caso y rechazó el pedido del Ministerio Público de volver a juzgar a los acusados. Con este dictamen, la posibilidad de que el asesinato de Mora permanezca impune se torna más fuerte aún. Sin embargo, en febrero hubo una buena noticia para la libertad de prensa: el pago de 124 millones de colones (cerca de $217,000) por parte del gobierno de Costa Rica al diario La Nación. El pago fue una retribución, ordenada por la corte, por una sentencia emitida en 1999 por la Corte Penal de San José declarando a La Nación y a Mauricio Herrera, ex reportero de La Nación, culpables de difamación penal. En unos artículos publicados en 1995, Herrera hizo mención a unos reportajes publicados por la prensa europea en los que se acusaba al ex diplomático Félix Przedborski de corrupción. Los tribunales de Costa Rica dictaminaron en1999 que se trataba de una difamación penal, ordenando a La Nación y a Herrera al pago por daños y perjuicios a Przedborski. Sin embargo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos consideró que el dictamen violaba la libertad de expresión del reportero y ordenó al gobierno de Costa Rica pagar al diario y al periodista por los daños causados, así como por los gastos e intereses –una suma que casi duplicó el monto original de $120,000. Una resolución reciente del Tribunal Supremo de Elecciones extiende a la Internet las limitaciones impuestas a la difusión de propaganda electoral en los medios. La resolución distingue entre información permitida y propaganda ilícita, dependiendo de que el receptor del mensaje lo busque activamente en la red o que le sea enviado. La distinción no ampara la publicidad en los medios tradicionales, donde la búsqueda proactiva del mensaje exige un esfuerzo igual o mayor por parte del público. Una reforma al Código Electoral que tramita la Asamblea Legislativa impone penas de hasta cuatro años de prisión a los directores de medios que publiquen encuestas tres días antes de las elecciones o el propio día de los comicios.

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