CONSIDERANDO que el caso más emblemático sobre impunidad contra periodistas en el Perú es el asesinato de Hugo Bustíos, corresponsal de la revista Caretas, a manos de efectivos militares en Huanta, Ayacucho, en 1988
CONSIDERANDO que la Tercera Fiscalía Superior Penal Nacional ha solicitado 25 años de prisión para el ex ministro del Interior de este gobierno, Daniel Urresti, como autor mediato del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de asesinato con gran crueldad y explosión por el asesinato del periodista Bustíos. En esos años Daniel Urresti se desempeñaba como jefe del Servicio de Inteligencia del Batallón de Castropampa, Huanta, Ayacucho
CONSIDERANDO que se ha tomado conocimiento, a través de la Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH), que uno de los supuestos testigos ofrecidos por la defensa de Urresti no tenía conocimiento de su implicancia en el proceso. Eliseo Gavilán Gavilán denunció que no sabía que tenía que testificar ante la Sala Penal Nacional, lo cual evidenció que el ofrecimiento se realizó sin su permiso y argumentó que fue llevado a Lima por una supuesta oferta laboral de 2 mil soles que nunca se concretó
CONSIDERANDO que el Principio 4 de la Declaración de Chapultepec establece: "El asesinato, el terrorismo, el secuestro, las presiones, la intimidación, la prisión injusta de los periodistas, la destrucción material de los medios de comunicación, la violencia de cualquier tipo y la impunidad de los agresores, coartan severamente la libertad de expresión y de prensa. Estos actos deben ser investigados con prontitud y sancionados con severidad.
LA REUNIÓN DE MEDIO AÑO DE LA SIP RESUELVE
Solicitar al Poder Judicial y al Ministerio Público actuar con debida diligencia y celeridad para sancionar a los responsables de este execrable crimen con una ejemplar sentencia.