La SIP mostró su preocupación por condena de cárcel contra un periodista uruguayo
La SIP mostró su preocupación por condena de cárcel contra un periodista uruguayo
Miami (23 de mayo de 2006) La SIP calificó de hecho grave contra la libertad de prensa el fallo judicial a tres meses de prisión contra el periodista uruguayo Gustavo Escanlar Patrone, a quien un juez lo condenó por el delito de injuria.
El juez penal Roberto Timbal dictó su sentencia el 18 de mayo luego de que el fiscal Enrique Möller pidiera ese castigo. La sentencia, en suspenso, fue apelada por la defensa y se basó en las leyes vigentes en Uruguay, que prevén penas de prisión para los delitos de difamación, injurias, desacato y atentado contra el honor de un jefe de Estado extranjero.
El fallo, que motivó una declaración del sindicato de periodistas de ese país, APU, se conoció apenas dos semanas después de que el Poder Ejecutivo manifestara su voluntad de considerar la despenalización de los delitos de comunicación, para alinear la legislación de Uruguay con la doctrina que prevalece en esta materia desde hace años en el continente americano.
El 18 de enero del 2006, Escanlar Patrone fue entrevistado en el programa televisivo La culpa es nuestra, de Canal 10 de Montevideo. Cuando uno de los conductores le mencionó a Federico Fasano, un empresario periodístico de nacionalidad argentina con el cual Escanlar Patrone ha mantenido polémicas públicas durante los últimos años, el periodista respondió: un hijo de mil p
. Fasano demandó al periodista ante la justicia penal y reclamó que fuera encarcelado por 18 meses, pena máxima prevista para el delito de injurias.
El juez Timbal falló que el delito se veía agravado por una disposición de la también vigente ley de prensa, según la cual los magistrados deben acentuar su celo contra los emisores de opiniones que se consideren injuriantes, si éstas son divulgadas a través de medios de comunicación.
Gonzalo Marroquín, presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, calificó el hecho como un grave atentado a la libertad de prensa y una puerta abierta para que se practique la autocensura en el Uruguay, por el temor que este tipo de medidas genera en la comunidad periodística.
Marroquín, director del diario guatemalteco Prensa Libre, reiteró el reclamo que la asamblea de la SIP viene realizando en los últimos años, para que las autoridades uruguayas revisen la legislación vigente y dispongan la despenalización de los delitos de difamación en concordancia con los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
La Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión en su artículo 10 expresa: Las leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación y difusión de información de interés público. La protección a la reputación debe estar garantizada sólo a través de sanciones civiles, en los casos en que la persona ofendida sea un funcionario público o persona pública o particular que se haya involucrado voluntariamente en asuntos de interés público .
IAPA concerned at jailing of newsman in Uruguay
MIAMI, Florida (May 23, 2006)The Inter American Press Association (IAPA) today described as a serious attack on press freedom the sentencing of Uruguayan journalist Gustavo Escanlar Patrone to three months in prison on a libel charge.
Criminal Court Judge Roberto Timbal handed down the sentence on May 18 after Public Prosecutor Enrique Möller called for the prison term. The sentence was suspended pending an appeal by Escanlars defense attorney.
The court ruling, which was protested by the local journalists union, came just two weeks after the Uruguayan Presidents Office expressed willingness to consider decriminalizing communication offenses and thus bring Uruguayan legislation into line with the doctrine on the issue prevailing in the Americas.
Escanlar was interviewed on January 18 this year in the television program La culpa es nuestra (Its Our Fault) broadcast by the Montevideo TV station Canal 10. When one of the program hosts mentioned to him the name of Federico Fasano, an Argentine news media executive with whom he had been arguing publicly over the last two years, he declared, son-of-a-bitch.
Fasano sued Escanlar in criminal court and called for him to receive the maximum sentence for slander or libel, 18 months imprisonment.
Judge Timbal ruled that the offense was aggravated under terms of the existing press law, according to which the courts must mete out stiffer penalties when views that they find to be libelous or slanderous are expressed through the news media.
Gonzalo Marroquín, chairman of the IAPAs Committee on Freedom of the Press and Information, called the sentence a serious attack on press freedom that opens the door to self-censorship being practiced in Uruguay out of the fear that this kind of action arouses in the press.
Marroquín, editor of the Guatemala City, Guatemala, newspaper Prensa Libre, reiterated theIAPAs call, make frequently in recent years for the Uruguayan authorities to amend current legislation to decriminalize libel and defamation in line with edicts issued by the Inter-American Human Rights Court.
Article 10 of the Organization of American States Inter-American Declaration of Principles on Freedom of Expression states, Privacy laws should not inhibit or restrict investigation and dissemination of information of public interest. The protection of a persons reputation should only be guaranteed through civil sanctions in those cases in which the person offended is a public official, a public person or a private person who has voluntarily become involved in matters of public interest .
FUENTE: nota.texto7