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SIP CRITICA CONVALIDACION DE DERECHO DE REPLICA EN ARGENTINA

2 de julio de 1998 - 20:00

Miami (3 de septiembre) - La Sociedad Interamericana de Prensa, a través de la Comisión de Libertad de Prensa e Información, criticó un fallo emitido el viernes pasado por la Corte Suprema de Justicia en Argentina que convalida el derecho de réplica y obliga a un medio de comunicación a publicar una carta de una persona que se sintió agraviada por el contenido de un artículo.

En una carta del presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información, Danilo Arbilla, dirigida al presidente de la Corte Suprema de Justicia de Argentina, Julio Nazareno, manifestó la preocupación de la institución por considerar que dicho veredicto "es un retroceso de la libertad de prensa".

El ciudadano Horacio Rozemblum sometió una querella ante la corte por sentirse agraviado por la descripción que sobre él hizo la desaparecida revista Somos de la Editorial Atlántida, en un artículo publicado en agosto de 1992 sobre su posible vinculación en una operación fraudulenta del Banco de Crédito y Comercio Internacional.

El máximo organismo de justicia de Argentina decidió el 28 de agosto pasado a favor de Rozemblum y ordenó la publicación de una réplica del presunto afectado en otro de los medios de la editorial. El dictamen fue emitido sin considerar ni corroborar la veracidad de la información publicada por Somos.

Este hecho, consideró Arbilla, director del semanario Búsqueda en Montevideo, Uruguay, "es una acto de censura, prohibido por la propia Constitución argentina en su artículo 14".

Arbilla agregó en la misiva que "esta decisión atenta contra los principios de la libertad de expresión, de libertad de prensa y de empresa, por cuanto en este caso son las autoridades las que están imponiendo sobre lo que se debe difundir, en qué forma y sobre lo que el público tiene derecho a conocer. Consideramos que no es tarea de la justicia ejecutar el papel de censor de la información".

Debido a que en Argentina no existe legislación sobre el derecho a réplica, la decisión judicial se fundamentó en el artículo 14.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por este país.

Por su parte, la SIP también sostiene su protesta contra el fallo en el contenido del artículo 5 de la hemisférica Declaración de Chapultepec sobre libertad de expresión -rubricada por el presidente Carlos Menem el 6 de junio de 1994- donde se señala entre otras cosas que "la imposición arbitraria de información, se opone directamente a la libertad de prensa".

Esta es la cuarta ocasión desde 1992 que la Corte Suprema de Justicia de Argentina acepta el derecho a réplica, y la tercera en lo que va del año.

FUENTE: nota.texto7

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