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LA SIP CONDENA FALLO JUDICIAL EN COSTA RICA CONTRA UN PERIODISTA Y EL DIARIO LA NACION

25 de enero de 2001 - 18:00

Miami (26 de enero del 2001).- La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) consideró como un desmesurado, funesto y negativo precedente de censura y un atentado a los principios básicos de la libertad de expresión, el fallo condenatorio emitido por un tribunal en Costa Rica contra el periodista Mauricio Herrera Ulloa y el diario La Nación por publicaciones sobre las actuaciones de un diplomático costarricense en Europa.

La Sala III de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica rechazó el recurso de apelación hecho por los demandados, ratificando el miércoles 24 de enero una condena por difamación contra el periodista y el diario, propiciada por un ex embajador honorario de Costa Rica ante la Organización Internacional de Energía Atómica, con sede en Viena, Austria.

El periodista Ulloa escribió en La Nación en mayo y diciembre de 1995 sobre cuestionamientos hechos por reconocidas publicaciones europeas, Le Soire Ilustre, La Libre Belgique, Der Spiegel, que vinculaban al ex embajador con escándalos financieros.

El 12 de noviembre de 1999 los jueces consideraron que los medios de comunicación europeos no acreditaban la verdad de los hechos, por lo que La Nación no debió consignar esa información. La apelación de esa decisión fue denegada esta semana, decisión, que a juicio de la SIP, conlleva graves implicaciones para el ejercicio de la libertad de prensa en Costa Rica.
A continuación, la reproducción del texto íntegro de una misiva de protesta enviada al presidente de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica, Daniel González, de parte del titular de la la SIP, Danilo Arbilla, Búsqueda, Montevideo, Uruguay y el presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información, Rafael Molina, revista Ahora, Santo Domingo, República Dominicana.

"La Sociedad Interamericana de Prensa quiere manifestarle su más profundo rechazo y condena al fallo proferido por la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia en perjuicio del periodista Mauricio Herrera y del diario La Nación por los delitos de difamación y calumnias en contra de Félix Przedborski, al considerarlo atentatorio contra todo principio elemental de libertad de prensa y del derecho del público a la información y contrario a los valores de la Declaración de Chapultepec y de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, recientemente aprobada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Nuestro rechazo a este fallo se fundamenta en que se ataca la función básica de informar, por cuanto se le impuso al periódico la obligación de verificar la autenticidad de noticias e informaciones sobre un asunto de interés público, como es la actuación de un funcionario público en el extranjero, las cuales se originaron en Europa y fueron publicadas ampliamente por medios europeos respetables, de los que fue recogida la información brindada por La Nación y que complementó con otros materiales profesionalmente tratados. Esta sentencia crea un antecedente funesto para la prensa y la expresión libre, por cuanto se puede interpretar que cada medio de comunicación deberá comprobar todos los hechos que difundan las agencias de noticias internacionales, por ejemplo.

El castigo impuesto al periodista Herrera y a La Nación crea un antecedente de censura, al establecer que los ciudadanos costarricenses no tienen derecho a informarse libremente sobre la conducta y actuación de sus funcionarios públicos o, como en este caso, enterarse de las denuncias contra sus diplomáticos en el exterior o simplemente lo que se dice de ellos públicamente en el extranjero. El fallo es tan absurdo que incluso dispone la orden de desconectar los enlaces de Internet de La Nación con el nombre del querellante, con lo que también se pretende que se oculten informaciones. La sentencia, además de ignorar totalmente la teoría de la "real malicia", constituye una forma de ley de insulto o desacato para proteger a los funcionarios públicos casi sin parangón por cuanto en los propios castigos, establecidos con multas inéditas para el diario y el periodista dado el caso, más que una reparación lo que se pretende es establecer una penalización y un disuasivo dirigido a intimidar y alentar la autocensura.

La SIP observa con gran preocupación la línea de fallos producidos por el máximo tribunal que usted preside han resultado perniciosos a la libertad de prensa, cuya tendencia parece proteger a los funcionarios públicos en detrimento del derecho a la información. Este fallo contradice la línea de denuncia y transparencia a que está llamado el periodismo a desempeñar en la lucha contra la corrupción.

La SIP reiterará su pedido a las autoridades legislativas y ejecutivas de Costa Rica para que se emprenda una reforma legal amplia que comprenda la descriminalización de la calumnia, injuria y difamación y para conciliar la normativa interna con los principios contenidos en la Declaración de Chapultepec y la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión; así como también, la SIP apoyará los esfuerzos que el periodista Herrera y el diario La Nación realicen para que este grave caso sea conocido y considerado por los organismos de derechos humanos del sistema interamericano."

FUENTE: nota.texto7

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