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La SIP rechaza leyes paraguayas que restringen la libertad de prensa

18 de julio de 2001 - 20:00
Miami (19 de julio del 2001) - La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) rechazó y condenó por contradictoria y restrictiva una nueva ley promulgada en el Paraguay esta semana que lejos de propiciar la transparencia de la administración pública para lo que fue creada, "restringe severamente el derecho del ciudadano al acceso a la información oficial y amordaza la labor periodística".

El presidente paraguayo Luis González Macchi promulgó el lunes 16 de julio la Ley de Transparencia Administrativa No. 1.728 la que en varios de sus artículos e incisos restringe el acceso a ciertos tipos de información oficial, especialmente en lo referente a la conducta y patrimonio de funcionarios públicos, a las investigaciones sobre corrupción y a los procesos de contratación económica del Estado.

Danilo Arbilla, presidente de la SIP, dijo que estamos frente a "una acción netamente contradictoria de parte de los gobernantes paraguayos, porque mientras por un lado dicen estar propiciando la transparencia de los actos públicos, por el otro se observa claramente que están creando mayores restricciones tras las cuales se puede negar información sobre los actos de los funcionarios".

Arbilla, director del semanario Búsqueda, Montevideo, Uruguay, recalcó que "esta nueva legislación es un freno para cualquier avance que se haya querido realizar a favor del derecho de los ciudadanos a acceder a la información pública y la tarea de los periodistas de informar, investigar y fiscalizar la labor de los funcionarios públicos". Agregó que "esta regulación es una mordaza y está produciendo un efecto escudo ya que es evidente que tiene la clara intención de proteger las acciones de los agentes del Estado sobre cualquier solicitud que haga un ciudadano común".

La Ley 1.728 tiene 16 artículos. El artículo 6 presenta 16 tipos de restricciones y "límites al acceso a la información", al establecer que no se podrá acceder a información preliminar sobre conductas de funcionarios o sobre hechos de corrupción hasta que concluyan las investigaciones; sobre la situación patrimonial de los funcionarios; sobre los procesos de licitación de obras públicas; sobre sesiones secretas del Congreso y sobre negociaciones o contrataciones de empréstitos, entre otros asuntos.

Arbilla recalcó que el espíritu de la ley podría haber estado encaminado a cumplir con preceptos de libertad de expresión y de prensa que emanan del artículo 3 de la Declaración de Chapultepec que establece que "las autoridades deben estar legalmente obligadas a poner a disposición de los ciudadanos, en forma oportuna y equitativa, la información generada por el sector público", pero indicó que la SIP observa que con las restricciones, "esto ha quedado totalmente desvirtuado".

Además de la Ley de Transparencia Administrativa esta semana también entró en vigencia, seis meses después de su promulgación, la Ley 1.682 "Que reglamenta la información de carácter privado". Esta norma fue ampliamente criticada por la SIP en sus reuniones de Chile en octubre del 2000 y de Brasil en marzo pasado, por cuanto "constituye una evidente protección para funcionarios públicos, políticos y legisladores para evitar la investigación del origen de sus bienes y de presuntos actos de corrupción".

Arbilla dijo que estas dos nuevas leyes violan la libertad de expresión y de prensa y el derecho del público a la información, por cuanto la SIP seguirá pidiendo a los poderes públicos del Estado paraguayo que se promuevan iniciativas tendientes a su derogación.


FUENTE: nota.texto7

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