Preocupa a la SIP posición de la Corte Suprema de Honduras

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La Corte Suprema de Justicia pide al Congreso Nacional dejar sin efecto una reforma al Código Penal que descriminaliza la difamación.
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Miami (6 de noviembre de 2019).- La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) expresó preocupación por una recomendación no vinculante de la Corte Suprema de Justicia de Honduras al Congreso Nacional que pide dejar sin efecto una reforma al Código Penal que descriminaliza la difamación.

El pasado 30 de agosto la SIP saludó la reforma del Congreso como "un avance sustancial" para la libertad de prensa, considerándose que las penas de cárcel por delitos de injuria y calumnia cuando se trata de temas de interés público y que involucran a funcionarios públicos, inhiben la labor periodística y generan autocensura.

La Corte Suprema recomendó al Congreso mantener los delitos de injuria y calumnia en el Código Penal vigente que incluso sancionan los abusos de libertad de expresión en perjuicio, indistintamente, no solo de los particulares, sino también a los funcionarios públicos o personas públicas.

Aunque la Corte Suprema explicó que la Convención Americana sobre Derechos Humanos recomienda que los conflictos de libertad de expresión versus la honra y la imagen sean dilucidados en el ámbito civil, argumentó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha señalado que la "responsabilidad penal es compatible con los términos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos".

Los presidentes de la SIP, Christopher Barnes y de la Comisión de Libertad de Prensa e Información, Roberto Rock, lamentaron que la Corte Suprema de Honduras no haya tenido en cuenta la nueva jurisprudencia de la Corte IDH que en un fallo reciente en el Caso Álvarez Ramos Vs. Venezuela, consideró que "en el caso de un discurso protegido por su interés público, como son los referidos a conductas de funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, la respuesta punitiva del Estado mediante el derecho penal no es convencionalmente procedente para proteger el honor del funcionario".

La Corte IDH subrayó que "el uso de la ley penal por difundir noticias de esta naturaleza produciría directa o indirectamente, un amedrentamiento que, en definitiva, limitaría la libertad de expresión e impediría someter al escrutinio público conductas que infrinjan el ordenamiento jurídico, como, por ejemplo, hechos de corrupción, abusos de autoridad, etc.". Consignó además que la jurisprudencia de la Corte IDH "ha establecido que, en el marco del debate sobre temas de interés público, no solo se protege la emisión de expresiones inofensivas o bien recibidas por la opinión pública, sino también la de aquellas que chocan, irritan o inquietan a los funcionarios públicos o a un sector cualquiera de la población".

Barnes, director general del diario The Gleaner, Kingston, Jamaica y Rock, director del portal La Silla Rota, Ciudad de México, México, agregaron que esperan que el Congreso hondureño no acepte la recomendación de la Corte Suprema, a la que calificaron como "limitada". Confían en que Honduras continúe con la tendencia en otros países de la región hacia la descriminalización de la difamación como en Argentina, Bermudas, Chile (parcial), El Salvador, Grenada, Jamaica, México, Panamá, República Dominicana (parcial) y Uruguay.

Barnes y Rock suscribieron en nombre de la SIP lo que especifica la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, sobre que "la protección a la reputación debe estar garantizada sólo a través de sanciones civiles, en los casos en que la persona ofendida sea un funcionario o persona públicos o particular que se haya involucrado voluntariamente en asuntos de interés público".

La Declaración también hace hincapié en la figura de la "real malicia" al establecer que "en estos casos, debe probarse que en la difusión de las noticias el comunicador tuvo intención de infligir daño o pleno conocimiento de que se estaba difundiendo noticias falsas o se condujo con manifiesta negligencia en la búsqueda de la verdad o falsedad de las mismas".

Tulio Álvarez Ramos fue condenado por difamación a dos años de cárcel, inhabilitación política y prohibición de salida de Venezuela, tras publicar en 2003 un artículo en un diario en el que informó sobre supuestas irregularidades financieras en la Asamblea Nacional de Venezuela por parte del entonces presidente de ese organismo.

La SIP es una entidad sin fines de lucro dedicada a la defensa y promoción de la libertad de prensa y de expresión en las Américas. Está compuesta por más de 1.300 publicaciones del hemisferio occidental; y tiene sede en Miami, Florida, Estados Unidos.

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