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Precedente clave.

La SIP celebra fallo histórico de la Corte Suprema de Colombia contra la impunidad en crímenes de periodistas

19 de agosto de 2025 - 12:30

Miami (19 de agosto de 2025) – La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) celebró el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Colombia en el caso del asesinato del periodista Luis Antonio Peralta Cuéllar, al establecer por primera vez que los crímenes contra periodistas deben ser investigados, juzgados y sancionados con enfoque diferencial.

La sentencia, emitida el 6 de agosto pero difundida el 14 del mismo mes, reconoce el riesgo superior que enfrentan quienes ejercen el periodismo y ordena a jueces y fiscales incorporar la perspectiva de censura, lo que implica analizar el contexto de las agresiones, identificar patrones históricos de violencia contra la prensa y valorar de manera integral las pruebas, incluyendo indicios.

El fallo ratifica la condena de 2018 a 58 años de prisión contra Yean Arlex Buenaventura Barreto, autor material del homicidio de Peralta Cuéllar y de su esposa en 2015, y restablece la agravante de que el crimen estuvo motivado por su labor periodística.

La Corte concluyó que Peralta, director de la emisora Linda Estéreo, fue asesinado como consecuencia de sus denuncias de corrupción y de su rol de control social al poder local, tras haber sufrido amenazas, un intento de atentado con explosivos en 2011 y nuevas intimidaciones en la época electoral de 2015.

En su sentencia, la Corte Suprema enfatizó que “los funcionarios judiciales deben reconocer el patrón criminal histórico y cíclico de ataques contra periodistas e incorporar una perspectiva de censura en las decisiones investigativas y judiciales”, en palabras del magistrado ponente José Joaquín Urbano Martínez. Además, señaló que estos crímenes trascienden el daño individual y afectan directamente la democracia al restringir el flujo de información y el derecho colectivo de la sociedad a estar informada.

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia decidió el recurso de casación presentado por el hijo de las víctimas, luego de que en 2021 el Tribunal Superior de Florencia considerara que no todo homicidio de un periodista es con ocasión de su labor, eliminara el agravante, lo sentenciara por homicidio simple y redujera la pena.

El presidente de la SIP, José Roberto Dutriz, CEO y director general de La Prensa Gráfica de El Salvador, sostuvo: “Aunque el fallo se refiere a un caso puntual, establece un precedente clave para otros procesos. Al confirmar que el asesinato de Peralta Cuéllar fue motivado por su labor periodística, la Corte Suprema refuerza la idea de que los periodistas son atacados por su trabajo. Esta decisión puede guiar futuras investigaciones y juicios, obligando a las autoridades a indagar a fondo y contextualizar los hechos”.

La presidenta de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, Martha Ramos, directora editorial de la Organización Editorial Mexicana (OEM), añadió: “Este fallo es un paso trascendental en un país donde la mayoría de los crímenes contra periodistas permanecen impunes. La sentencia de la Corte Suprema marca un precedente que fortalece la protección de los comunicadores y la garantía de la libertad de prensa”.

La Corte Suprema de Colombia reconoció que los periodistas enfrentan un riesgo superior debido al contexto histórico de violencia y polarización en el país, lo que les otorga una protección constitucional reforzada, según el fallo. Señaló que los crímenes contra la prensa no ocurren de forma aislada, sino que responden a un patrón sistemático de agresiones: el periodista ejerce control social, recibe amenazas para inducir la autocensura, es vigilado por estructuras criminales y, en muchos casos, termina siendo secuestrado, torturado, desplazado o asesinado.

Este ciclo de violencia ha sido documentado, añade el falle, por organismos internacionales como la ONU y la OEA, así como por las altas cortes colombianas incluyendo los casos Carvajal Carvajal y Bedoya Lima, y ha llevado a que el Código Penal agrave expresamente delitos cometidos contra periodistas —entre ellos amenazas, secuestro, tortura, desplazamiento forzado y homicidio—. La decisión subraya que los crímenes contra la prensa deben investigarse con un enfoque diferencial que tenga en cuenta este contexto estructural de represión e impunidad.

La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) también celebró el fallo como “un hito en la lucha contra la impunidad en los ataques contra la prensa”, al subrayar que los asesinatos de periodistas forman parte de un patrón histórico de violencia y censura que debe ser reconocido y combatido por las instituciones del Estado.

La SIP es una organización sin fines de lucro dedicada a la defensa y promoción de la libertad de prensa y de expresión en las Américas. Está conformada por más de 1.300 medios del hemisferio occidental y tiene su sede en Miami, Florida, Estados Unidos.

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