No existe para la prensa escrita ninguna limitación, objeción o permiso de carácter restrictivo legal.
No existe ley sobre porcentajes de propiedad de acciones en periódicos o diarios por parte de extranjeros.
Las empresas extranjeras pueden explotar el servicio de telecomunicaciones siempre que constituyan domicilio en el Paraguay o nombren un representante legal domiciliado en el país.
II .Regulación antimonopolistica en empresas periodísticasNo existe ley antimonopólica en impresos.
La Constitución Nacional, en el Art. 107 establece: Se garantiza la competencia en el mercado. No serán permitidas la creación de monopolios y el alza o l a baja artificiales de precios que traben la libre concurrencia.
Texto de la Constitución de la República del Paraguay:http://pdba.georgetown.edu/Constitutions/Paraguay/para1992.html
La Ley de Radiodifusión dispone que un mismo propietario no puede tener empresas de un mismo servicio.
Cada concesionario sólo tendrá derecho a la licencia para explotar una estación de radiofonía y/o una de televisión (Art. 7, numeral 1.1, Dto. 26.504/63).
III .Regulación tributaria especialNo existe información al respecto.
IV. Regulación sobre distribución de diarios, libros, revistas e impresosNo existe información al respecto.
V. Regulación sobre contenidoNo existe información al respecto.
VI. SindicatosNo existe información al respecto.