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PREOCUPACION DE LA SIP POR ACOSO CONTRA VICEPRESIDENTE REGIONAL POR CUBA

13 de abril de 1998 - 20:00

Miami (14 de mayo) - La Sociedad Interamericana de Prensa, a través de la Comisión de Libertad de Prensa e Información, condenó el atropello del derecho a la libertad de información del periodista y director de la agencia de prensa independiente Cuba Press, Raúl Rivero, a quien recientemente las autoridades aduaneras cubanas decomisaron varias publicaciones.

Además de condenar la confiscación, por considerar que contenía "material diversionista", de cuatro números de la revista Tres Puntos, un número de la revista Pulso y fotocopias del periódico Clarín y La Nación, estos dos últimos de Argentina, Danilo Arbilla, presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información demandó en una misiva enviada a "que se respeten los derechos y libertades de los ciudadanos cubanos y en particular de Raúl Rivero".

En ese sentido manifestó que: "nuestra preocupación es aún mayor por cuanto el Sr. Rivero se desempeña como vicepresidente regional de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP dentro de Cuba y es objeto constante de acoso, mediante otros mecanismos de censura e intimidación como la intervención de sus comunicaciones telefónicas".

Arbilla, director del semanario uruguayo Búsqueda, de Montevideo, recordó que hace pocas semanas el gobierno cubano no permitió la salida del país de los periodistas independientes Néstor Baguer y Raúl Rivero, invitados a participar en el seminario "Los medios del Caribe: libertad y entendimiento", organizado por distintos grupos periodísticos del Caribe angloparlante y auspiciado por la UNESCO, que se celebró del 1 al 3 de mayo en Kingston, Jamaica, en conmemoración del día Mundial de la Libertad de Prensa.

El titular de Libertad de Prensa llamó a las autoridades a recordar el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos en la que se consigna que: "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir información y opiniones y el de difundirlas sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión".

Finalmente añadió que la SIP también condena estas prácticas de intimidación expresadas en el punto 5 de la Declaración de Chapultepec, promulgada en 1994, en el sentido de que "la censura previa, las restricciones a la circulación de los medios o a la divulgación de sus mensajes, la imposición arbitraria de información, la creación de obstáculos al libre flujo informativo y las limitaciones al libre ejercicio y movilización de los periodistas, se oponen directamente a la libertad de prensa".

FUENTE: nota.texto7

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