Costa Rica

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Durante este período no hubo nuevas violaciones de la libertad de prensa, pero eso responde a la ausencia de nuevas demandas y no a una reforma de la legislación restrictiva. El cuidado de los medios de comunicación al informar, a veces excesivo y próximo a la autocensura, podría explicar la ausencia de demandas. El 3 de febrero, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) demandó al Estado costarricense ante la Corte Interamericana, alegando que una condena penal contra el periodista de La Nación, Mauricio Herrera Ulloa, violaba la Convención Americana de Derechos Humanos. La condena contra Herrera y La Nación, ratificada el 24 de enero del 2001 por la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, responsabilizó al periodista por cuatro delitos de publicación de ofensas en perjuicio de Félix Przedborki, ex embajador honorario de Costa Rica ante la Organización Internacional de Energía Atómica (OIEA). Los reportajes de Herrera dieron cuenta de numerosos cuestionamientos hechos al ex embajador en la prensa europea y recogieron datos adicionales sobre la conducta del ex funcionario. Herrera fue condenado a 120 días multa y al pago de ¢60 millones (unos US $100.000) como reparación civil. La Nación fue condenada solidariamente en lo civil. También se ordenó al periódico publicar el “por tanto” de la sentencia y eliminar de su versión digital los enlaces entre el apellido Przedborski y las publicaciones que causaron la demanda. En lugar de esos enlaces, La Nación debe crear otros entre el apellido del ex funcionario y la parte dispositiva de la sentencia condenatoria. El nombre del periodista, en cambio, debe ser inscrito en el Registro Judicial de Delincuentes. Debido a la intervención de la Comisión, la ejecución del fallo quedó suspendida por una medida cautelar de la Corte Interamericana. En la demanda, notificada a las partes el 17 de febrero, la Comisión solicitó a la Corte Interamericana anular la sentencia y ordenar cambios en la legislación aplicable a los delitos contra el honor. La Comisión argumentó que “la utilización de la figura penal es desproporcionada, innecesaria en una sociedad democrática y constituye una restricción indirecta a la libertad de expresión”. También valida el interés público de la información difundida y sostiene que la controversia en la prensa europea sobre supuestos actos de corrupción de Przedborski exigía la atención de la prensa local. “El periodista Mauricio Herrera fomentó el debate público acerca de un funcionario público, lo que representa un interés social imperativo dentro de una sociedad democrática”, dijo la Comisión. La demanda cuestionó que el sistema judicial costarricense atribuya al periodista la responsabilidad de demostrar la verdad de los hechos publicados. En virtud de ese despropósito, que viola la presunción de inocencia, Herrera fue condenado sin que se demostrara una actuación dolosa de su parte. La Comisión también calificó como una “imposición” la orden de eliminar los enlaces entre La Nación Digital y las publicaciones sobre Przedborski y sustituirlos por enlaces con la sentencia condenatoria. La demanda fue interpuesta luego del fracaso de gestiones encaminadas a conseguir un arreglo amistoso con el Estado y de la respuesta negativa de la cancillería costarricense a las peticiones consignadas en el informe de la Comisión Interamericana. El informe pedía la anulación de la sentencia y la modificación de las leyes vigentes, pero la Cancillería respondió que la división de poderes le impide satisfacer esos requisitos. Entre diciembre y enero, el Ministerio Público formalizó cargos contra tres hombres por el homicidio del periodista Parmenio Medina Pérez, muerto de tres balazos el 7 de julio de 2001, cerca de su casa en San Miguel de Santo Domingo, Heredia. Luis Aguirre Jaime, alias El Indio, fue acusado como autor material del homicidio. A Andrés Chaves Matarrita se le acusa de prestar colaboración a los asesinos, y a John Gutiérrez Ramírez se le sigue causa por mediar entre los homicidas y el autor intelectual del asesinato. La Policía dijo tener pistas sobre la identidad del autor intelectual, pero aún no ha formalizado cargos. Según la Fiscalía, el otro autor material fue César Murillo, conocido como Nicho, quien falleció a manos de la Policía cuando intentaba asaltar un banco en compañía de Aguirre y Chaves. Existen indicios que apuntan a la labor periodística de Medina como móvil del asesinato. El periodista había recibido amenazas relacionadas con su trabajo como director del programa radiofónico “La Patada” y su casa había sido blanco de un ataque con armas de fuego. La comisión especial sobre libertad de expresión de la Asamblea Legislativa, que estudia ocho proyectos de reforma a las normas que afectan las libertades de expresión y de prensa, nombró una subcomisión encargada de analizar los cambios sugeridos. La subcomisión emitió un dictamen que alteró cuidadosamente las propuestas de manera que fueran totalmente inútiles para disipar el ambiente restrictivo creado por las normas vigentes. Por ejemplo, eliminó la palabra ‘información’ de un artículo que pretendía excluir el delito en casos de interés público. De esa manera, todo lo que pueda calificarse como informativo quedaría excluido de la protección legal que se esperaba lograr. La actitud de la subcomisión muestra, una vez más, la falta de voluntad política para avanzar en esta materia. Sin embargo, hay diputados que manifestaron su desacuerdo con el dictamen y prometieron retomar el tema para encauzarlo de forma más acertada.

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