CONSIDERANDO
Que en los últimos meses se ha notado un marcado aumento en hostilidad por parte del ejecutivo en su relación con los medios y periodistas independientes de Nicaragua, cual deterioro en relación se ha caracterizado por acusaciones, amenazas y serias agresiones verbales de parte de las más altas autoridades del gobierno central
CONSIDERANDO
Que órganos estatales, y miembros de organizaciones abiertamente alineadas con el gobierno o vinculadas al partido oficialista, sistemáticamente presentan acciones judiciales como mecanismo de coerción contra el libre ejercicio del periodismo
CONSIDERANDO
Que están en aumento medidas de acoso incentivadas por el gobierno como por ejemplo contra el periodista Carlos Fernando Chamorro a quien se investiga por convenios firmados por su organización no gubernamental y otras instituciones foráneas
CONSIDERANDO
Que el ejecutivo ha desarrollado campañas publicitarias específicamente diseñadas para difamar y denigrar a periodistas y medios de comunicación independientes
CONSIDERANDO
Que se mantiene pendiente de resolución una decisión de un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por varios medios de comunicación en contra de la reforma a la ley tributaria que, con el pretexto de regular, reforma el mandato constitucional que exonera a los medios de los impuestos al papel, maquinaria y equipo y refracciones
CONSIDERANDO
Que existe un proyecto de ley en una comisión de la Asamblea Nacional, que regularía, sin limitaciones, las exoneraciones constitucionales de las que gozan los medios de comunicación en Nicaragua
CONSIDERANDO
Que el principio 7 de la Declaración de Chapultepec establece: Las políticas arancelarias y cambiarias, las licencias para la importación de papel o equipo periodístico, el otorgamiento de frecuencias de radio y televisión y la concesión o supresión de publicidad estatal, no deben aplicarse para premiar o castigar a medios o periodistas
Que el principio 4 de la Declaración de Chapultepec establece: El asesinato, el terrorismo, el secuestro, las presiones, la intimidación, la prisión injusta de los periodistas, la destrucción material de los medios de comunicación, la violencia de cualquier tipo y la impunidad de los agresores, coartan severamente la libertad de expresión y de prensa. Estos actos deben ser investigados con prontitud y sancionados con severidad
LA ASAMBLEA GENERAL DE LA SIP RESUELVE
Instar a la Corte Suprema de Justicia de Nicaragua se pronuncie sobre el recurso de inconstitucionalidad referente al régimen tributario especial de medios
Repetir el exhorto a la Asamblea Nacional a aprobar la ley que regule, sin limitar, las exoneraciones a los medios de comunicación a que tienen derechos por la Constitución
Exhortar a las Cortes de Justicia de Nicaragua que se mantengan imparciales en su atención a gestiones contra medios o periodistas e intelectuales, como por ejemplo, los casos de los periodistas Jaime Chamorro Cardenal, Eduardo Enríquez, del diario La Prensa y Carlos Fernando Chamorro Barrios y el poeta Ernesto Cardenal
Denunciar la desproporcionada campaña publicitaria específicamente dirigida a desprestigiar periodistas y medios independientes, e instar al gobierno de Nicaragua a normalizar sus relaciones con la prensa a fin de refrendar la función periodística y la democracia
Solicitar al presidente de la SIP el envío de una delegación especial para investigar las condiciones de libertad de expresión en el país.