Costa Rica

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COSTA RICA Informe ante la Reunión de Medio Año Caracas, Venezuela 28 al 30 de marzo del 2008 Este período estuvo marcado por fallos judiciales de importancia. El 20 de diciembre la Sala de Casación confirmó una sentencia que absolvió a dos periodistas del delito de difamación pero les obligó a pagar una reparación civil a un policía que, según declaraciones del Ministro de Seguridad Pública, estaba bajo investigación por extorsión. Los periodistas son Rónald Chacón Chaverri y el corresponsal Freddy Parrales Chaves. El Ministro, ahora ex ministro, es Rogelio Ramos Martínez. Para responder a la consulta inicial de los periodistas de La Nación, el Ministro pidió los datos a la jefa del Departamento Legal del Ministerio de Seguridad Pública. Luego, confirmó a los periodistas que el subjefe policial de una comarca en el sur del país fue obligado a tomar vacaciones mientras se le investigaba por presunta extorsión cometida a raíz de un trasiego de licores. En el juicio, el Ministro admitió haber sido la fuente de la información publicada. También se demostró que el jerarca policial de la zona sur encaraba causa judicial por extorsión. Sin embargo, el debate permitió establecer una imprecisión en los datos que el Ministro admitió haber suministrado: presuntamente, la extorsión no se cometió a raíz de un trasiego de licores, sino en relación con la detención de un auto sin placas. La sentencia de primera instancia razonó que los periodistas no incurrieron en delito, porque la información publicada tuvo como fuente al Ministro. Sin embargo, los jueces insistieron en que el policía sufrió un daño en su reputación a partir de una información errónea y, según el Código Civil, todo el que causa un daño tiene la obligación de repararlo. El Ministro fue condenado en lo civil, solidariamente con los periodistas. La sentencia se constituye en una singular amenaza para la libertad de prensa en el país, porque abre el camino para la aplicación de sanciones civiles a los periodistas en procesos donde las oportunidades de defensa son escasas. En lo penal, la condena debe fundarse en el dolo. En lo civil, basta cualquier grado de culpa y la demostración de un daño. El 19 de diciembre el Tribunal de Juicio de Heredia condenó a 35 años de cárcel al empresario Omar Chaves Mora como autor intelectual del homicidio del periodista Parmenio Medina. El sacerdote Minor Calvo Aguilar fue absuelto del cargo de homicidio, pero se le condenó a 15 años por estafa en perjuicio de los oyentes de Radio María, sobre cuyas operaciones financieras versaron las denuncias hechas públicas por Parmenio Medina poco antes de su asesinato. Omar Chaves también fue considerado responsable de la estafa y se le dictaron 12 años de prisión por ese delito. Según los jueces, Luis Alberto Aguirre Jaime, conocido como El Indio, estuvo entre quienes dispararon contra Medina el 7 de julio del 2001, cuando el productor radiofónico llegaba en carro a su casa en Santo Domingo de Heredia. Aguirre Jaime fue condenado a 30 años de cárcel por homicidio calificado. Otros cinco implicados fueron absueltos por aplicación del principio in dubio pro reo. El proyecto de reforma a la legislación costarricense en materia de libertad de prensa tiene escasas posibilidades de avanzar en el presente período legislativo. La reforma incorporaría a la legislación los estándares del fallo Sullivan (doctrina de la real malicia), pero las fuerzas políticas representadas en el Congreso muestran poco interés por el cambio.

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