Impunidad - Brasil

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CONSIDERANDO que recién en febrero de 2007 la Justicia juzgó y revocó el hábeas corpus que permitía al agente de la policía Mozart Brasil permanecer en libertad (y trabajando en la Secretaría de Justicia de Bahía), a pesar de haber sido condenado a 18 años de prisión por el asesinato del periodista Manoel Leal de Oliveira, ocurrido el 14 de diciembre de 1988 en Itabuna, Bahía por lo cual fue inicialmente encarcelado CONSIDERANDO que el Ministerio Público presentó un recurso contra la sentencia que absolvió a Marcone Sarmento, en diciembre de 2005, alegando irregularidades en el juicio; que el recurso de sentencia todavía no ha sido visto y que el autor del crimen no ha sido identificado CONSIDERANDO que el Poder Judicial aceptó la denuncia y decidió llevar a juicio al ex alcalde de Eunápolis Paulo Dapé, y a sus funcionarios Maria José Ferreira Souza (Maria Sindoiá), Waldemir Batista de Oliveira (Dudu) y Antônio Oliveira Santos (Toninho da Caixa), acusados de dar muerte al periodista radial Ronaldo Santana de Araújo el 9 de octubre de 1997 en Eunápolis, Bahía; que todos ellos presentaron recurso de apelación, cuyo dictamen sigue pendiente; que otro acusado, Paulo Sérgio Mendes Lima, acusado de co-autoría, fue condenado a 19 años de prisión el 23 de noviembre de 2002 y señaló a Paulo Dapé como el autor intelectual del crimen; que Dapé ha tratado de dilatar el juicio y ser reelegido para ocupar cargos públicos CONSIDERANDO que se reabrieron las investigaciones sobre la muerte de Nivanildo Barbosa Lima, hallado muerto en la represa de Paulo Afonso el 22 de julio de 1995, pero que éstas avanzan a paso lento; que a pesar de que el Ministerio Público ha pedido nuevas diligencias, éstas todavía no se realizan CONSIDERANDO que el asesinato del periodista Mário Coelho de Almeida Filho, ocurrido en Magé, Rio de Janeiro, el 16 de agosto de 2001, permanece impune porque el ex-concejal Genivaldo Ferreira Nogueira, acusado de ser el autor intelectual del crimen, fue absuelto el 30 de junio de 2005 por falta de pruebas; que el otro acusado, Reynaldo Polary Stumpf, quien permaneció fugitivo durante mucho tiempo ahora se encuentra en prisión aguardando juicio CONSIDERANDO que de los seis acusados de participar en el asesinato de la columnista social Maria Nilce Magalhães, ocurrido el 5 de julio de 1989 en Vitória, Espírito Santo, dos recibieron condena: Marcos Egydio Costa y José Alayr Andreatta; dos alegaron demencia: Romualdo Eustáquio da Luz Faria y Charles Roberto Lisboa – pero el Ministerio Público impugnó el alegato y aguarda el resultado de la pericia; que César Narcizo da Silva fue absuelto en diciembre de 2006 y que el Ministerio Público apeló la sentencia de absolución CONSIDERANDO que las investigaciones sobre el asesinato de Edgar Lopes de Faria (conocido como Escaramuça), ocurrido el 29 de octubre de 1997 en Campo Grande, Mato Grosso do Sul, fue archivado el 31 de enero de 2006 CONSIDERANDO que no se ha llegado a dar con el nombre del autor intelectual del asesinato del periodista radial José Carlos Mesquita, ocurrido el 10 de marzo de 1998 en Ouro Preto do Oeste, Rondônia, que hay una persona presa, y que los demás acusados fueron muertos o están desaparecidos; que la policía y el Ministerio Público no tienen nuevas pistas sobre el caso CONSIDERANDO que el periodista radial José Wellington Fernandes (Zezinho Cazuza), fue muerto el 13 de marzo de 2000 en Canindé de São Francisco, Sergipe, y que el ex-alcalde Genivaldo Galindo da Silva fue condenado a 19 años y 10 meses de prisión efectiva; que el abogado de Silva apeló la sentencia CONSIDERANDO que Helton Jonas Gonçalves de Oliveira, acusado de participar en el asesinato del periodista radial José Carlos Araújo ocurrido el 24 de abril de 2004 en Timbaúba, Pernambuco, fue juzgado y condenado el 11 de julio de 2006 a 16 años de prisión efectiva; que, de los otros acusados, Marcelo de Melo, está preso y su proceso está en la fase testimonial, y que Fernando Mariano da Silva Filho responde al proceso en libertad CONSIDERANDO que la policía llegó a dar con el nombre de ocho personas involucradas en el asesinato del periodista radial Nicanor Linhares Batista, ocurrido el 30 de junio de 2003, en Limoeiro do Norte, Ceará; que todos recibieron sentencia condenatoria a la cual apelaron, recurso que está siendo analizado; que el proceso contra la ex-alcaldesa Arivan Lucena, acusada de ser la autora intelectual del crimen, fue suspendido por el Tribunal Superior de Justicia (STJ) hasta que concluyan las diligencias para determinar la participación del juez José Maria Lucena, esposo de Arivan, el cual está siendo investigado por el STJ desde hace más de un año sin que este órgano se haya manifestado sobre la existencia de indicios suficientes o no de la participación del acusado CONSIDERANDO que el ex-alcalde Eurico Mariano, acusado de ser el autor intelectual del asesinato del periodista Samuel Román, ocurrido en abril de 2004, en Coronel Sapucaia, Mato Grosso do Sul, deberá presentarse a juicio el 12 de abril de 2007; que otro acusado del crimen, Cleyton de Andrade Segovia, presentó un recurso de hábeas corpus, fue puesto en libertad y huyó; que el proceso contra Alfredo Rui Dias Arevalos fue separado del resto por lo cual presentó recurso de apelación CONSIDERANDO que Aristeu Guida da Silva fue asesinado el 12 de mayo de 1995 en São Fidélis, Rio de Janeiro, y que Vladimir Rainieri Pereira Sobrosa, acusado de ser uno de los autores materiales, fue condenado a 28 años de prisión en abril de 2002, apeló a la sentencia e irá a nuevo juicio el 20 de marzo del 2007; que otros dos acusados –uno de ellos miembro de la policía- permanecen fugitivos hasta ahora CONSIDERANDO que tres personas fueron condenadas por el asesinato del periodista radial Jorge Vieira da Costa, muerto en marzo de 2001 en Timon, Maranhão, pero presentaron recurso de apelación, el cual está a la espera del dictamen del Tribunal de Justicia; que tres acusados de ser los autores intelectuales del crimen lograron frenar las acciones del tribunal, ante lo cual tanto el Ministerio Público como el Tribunal Superior de Justicia (STJ) apelaron, recurso que aún aguarda la decisión del juez; que existe una lentitud exagerada en los dictámentes relativos a los recursos CONSIDERANDO que el empresario Domingos Sávio Brandão de Lima, propietario del diario Folha del Estado de Mato Grosso y de la estación radial Cidade de Cuiabá FM, fue muerto el 30 de setiembre de 2002 y que los autores materiales del crimen fueron condenados; que el autor intelectual, João Arcanjo Ribeiro, acusado de dirigir el crimen organizado, fue extraditado de Uruguay y llevado a Brasil donde permanece preso en la Penitenciaría de Pascoal Ramos; que el juez ya aceptó que existen indicios suficientes contra Arcanjo, pero que éste ha presentado recurso de apelación; que el ex-soldado de la Policía Militar Célio Alves de Souza, condenado en junio de 2005 a 17 años y seis meses de prisión por participar en el asesinato del empresario, huyó de la Penitenciaría Pascoal Ramos el 24 de julio de 2005 y aún continúa fugitivo CONSIDERANDO que las investigaciones sobre el asesinato del periodista Reinaldo Coutinho da Silva, ocurrido el 29 de agosto de 1995, en São Gonçalo, Rio de Janeiro, dependen de nuevas pistas para dar con los culpables CONSIDERANDO que nuevamente se ha cambiado al delegado responsable de las diligencias indagatorias sobre el asesinato del periodista radial Jorge Lourenço dos Santos, muerto el 11 de julio de 2004, en Santana do Ipanema, Alagoas, y a pesar de existir un pedido de ejecución de las mismas presentado por el Ministerio Público en mayo de 2006, hasta el 14 de marzo de 2007 éstas no habían sido realizadas CONSIDERANDO que existen una serie de factores que contribuyen para que estos crímenes queden impunes, tales como el constante cambio de fiscales y delegados de comarcas, quienes cada vez que se produce un cambio alegan no conocer el proceso por lo cual necesitan tiempo para informarse del caso; la acumulación de procesos que deben ser analizados; las fallas en el registro de prisión de fugitivos y la falta comunicación entre los encargados de la seguridad en los Estados; sin embargo, donde la situación se torna más preocupante aún es en las zonas de frontera, lo que favorece a la fuga de criminales y al encubrimiento de pruebas decisivas CONSIDERANDO que en la mayoría de las diligencias que investigan la muerte de periodistas y profesionales de la radio en pleno ejercicio de sus funciones, la policía logra identificar y aprehender solamente a los sicarios e intermediarios de los crímenes, mas no a los autores intelectuales, y cuando éstos ocupan cargos políticos el avance del proceso tiende a ser más lento; que existe presión contra los testigos e involucrados para que no hablen y como el sistema de protección a testigos es considerado ineficiente, muchos no quieren hablar, lo cual dificulta las investigaciones CONSIDERANDO que aumentaron los casos de agresión y amenaza contra reporteros, fotógrafos y/o cineastas en varios Estados de Brasil, al igual que los casos de censura a los medios de comunicación y que, por otro lado, es difícil tener acceso a informaciones públicas en Brasil CONSIDERANDO que la creciente violencia en determinadas regiones del país, especialmente en Río de Janeiro y en São Paulo, asociado a la falta de una política social efectiva y de control de las acciones del narcotráfico, ha hecho que también los periodistas se tornen en blanco de secuestros, asaltos y robos con ataques mortales, dificultando el trabajo de la prensa en áreas de favelas y morros CONSIDERANDO que a pesar de que existe una ley que permite la federalización de las violaciones de los derechos humanos, los crímenes contra periodistas, en su mayoría, permanecen siendo investigados a nivel local, sufriendo la presión de políticos y policías acusados de asesinato y agresión CONSIDERANDO que el principio 4 de la Declaración de Chapultepec establece que “el asesinato, el terrorismo, el secuestro, las presiones, la intimidación, la prisión injusta de los periodistas, la destrucción material de los medios de comunicación, la violencia de cualquier tipo y la impunidad de los agresores, coartan severamente la libertad de expresión y de prensa. Estos actos deben ser investigados con prontitud y sancionados con severidad” LA REUNIÓN DE MEDIO DE LA SIP RESUELVE solicitar al Gobierno Federal que la investigación de los crímenes contra los profesionales de la prensa pase a la jurisdicción federal, tal como se estipula en la Propuesta de Enmienda a la Constitución nº 29 de 2000, de la Reforma del Poder Judicial, que el Congreso Nacional promulgó el 8 de diciembre de 2004 solicitar cambios en el programa de Protección a Testigos para que éstos puedan contribuir con las investigaciones sin correr riesgos y en condiciones dignas de vida exigir a la Policía y al Poder Judicial agilidad en las investigaciones para aprehender, juzgar y castigar también a los autores intelectuales de los crímenes contra la prensa, y no solamente a los intermediarios y sicarios y que, en aquellos casos en los que los acusados ocupen cargos políticos la ley sea más rígida, para que no se recurra a artificios legales que retarden o anulen su juzgamiento solicitar que las Secretarías de Seguridad y los órganos policiales mantengan una forma más eficiente de comunicación para identificar y capturar a los acusados de crímenes que permanecen fugitivos e impunes dentro del país exigir a los gobernantes garantías del derecho a la libertad de expresión y de acceso a documentos públicos, diligencias e investigaciones solicitar al Gobierno Federal tomar medidas para acabar con la violencia generalizada que hoy también alcanza a los profesionales de las comunicaciones y les impide ejercer su trabajo en áreas convulsionadas de las grandes ciudades.

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