Impunidad / Perú

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CONSIDERANDO Que el 21 de abril del 2004, Alberto Rivera Fernández, conductor del programa Transparencia de radio Frecuencia Oriental de Pucallpa, fue asesinado. CONSIDERANDO Que los autores materiales fueron condenados, no así los presuntos autores intelectuales y que en el juicio oral contra estos últimos fueron denunciadas numerosas irregularidades. CONSIDERANDO Que el Principio 4 de la Declaración de Chapultepec establece: “El asesinato, el terrorismo, el secuestro, las presiones, la intimidación, la prisión injusta de los periodistas, la destrucción material de los medios de comunicación, la violencia de cualquier tipo y la impunidad de los agresores, coartan severamente la libertad de expresión y de prensa. Estos actos deben ser investigados con prontitud y sancionados con severidad”. LA REUNION DE MEDIO AÑO DE LA SIP RESUELVE Expresar a las autoridades judiciales del Perú la profunda preocupación por la impunidad en el asesinato del periodista Alberto Rivera Fernández. Instar a las autoridades a que investiguen y sancionen a los responsables de las irregularidades registradas en el juicio oral seguido contra los presuntos responsables del crimen de Rivera Fernández. Invocar ante el presidente de la Corte Suprema, doctor Javier Villa Stein, a establecer los mecanismos necesarios que garanticen el debido proceso en los delitos contra la Libertad de Prensa y Expresión conforme a lo acordado durante la Conferencia Hemisférica "Poder Judicial, Prensa, Impunidad" realizada en Santo Domingo en julio del 2007.

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