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ECUADOR

16 de octubre de 2014 - 09:00

La expresión y la comunicación se han transformado en un servicio público. Así lo establece la Ley de Comunicación de junio del 2013 y una sentencia de la Corte Constitucional de septiembre de este año.

Para controlar y regular este servicio público están en pleno funcionamiento dos entes: el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación (Cordicom) y la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom), que emplean a unos 300 funcionarios que controlan y monitorean periódicos, canales de televisión y radios, en busca de incumplimientos a la ley. Para ese trabajo también contratan a empresas privadas. En junio se conocieron los resultados del primer monitoreo, constatándose que analizaron cada noticia o aviso publicitario para determinar si tenía contenido discriminatorio, violento o si estimulaba el cometimiento de algún delito sexual, laboral u otros. Estos entes constantemente realizan foros y actividades para explicar el nuevo marco legal a los ecuatorianos y para intentar demostrar la pertinencia de la Ley de Comunicación. También emiten recordatorios y advertencias cuando consideran que algún tema está recibiendo un trato periodístico inapropiado. En julio el Cordicom emitió un “pronunciamiento”. Dijo que los medios estaban dando un trato inapropiado al proyecto de ley llamado Código Financiero, al no ser rigurosos y no contextualizar los hechos, lo que, según agregó, podría crear un injustificado nerviosismo en los depositantes de los bancos. El 26 de junio el bloque oficialista de la Asamblea Nacional entregó a la Corte Constitucional un paquete de 17 enmiendas constitucionales, que entre otros aspectos plantea que la comunicación sea considerada como un servicio público (hasta ahora sólo contemplado en la ley) y la opción de la reelección indefinida en todos los cargos de elección popular. La corte debe decidir si la Asamblea Nacional trata las reformas o si se convoca a los ciudadanos a una consulta popular. En septiembre la Corte Constitucional rechazó los planteamientos de las tres demandas de inconstitucionalidad propuestas por varias organizaciones a la Ley de Comunicación y ratificando que la comunicación es un servicio público. La Corte sostiene que la ley no atenta contra la libertad de expresión y está en concordancia con la Constitución y los tratados internacionales. Reconoció la inconstitucionalidad de unos pocos asuntos de forma. El gobierno tiene la intención de internacionalizar este nuevo concepto y ya presentó en el Parlamento Latinoamericano (Parlatino) un proyecto de ley para que los países que lo integran declaren a la comunicación como un servicio público y que creen órganos de regulación de contenidos como la Supercom de Ecuador, entre otras propuestas. Al año y cuatro meses de estar en vigencia la Ley de Comunicación se tiene: Significativa reducción del periodismo de investigación en los medios independientes, provocando alto nivel de autocensura. Cierre de diario Hoy por imposibilidad de financiar sus operaciones mediante créditos o incrementos de capital, tras ser víctima, según sus directivos, de un boicot económico y un permanente acoso político. El 30 de junio fue el primer día en 32 años que no circuló la edición en papel de diario Hoy. Jaime Mantilla, su director, dijo que le era imposible continuar con el medio por el boicot comercial y la persecución política de la que es objeto. Además culpó a la Ley de Comunicación de crear un ambiente absolutamente adverso al desarrollo del periodismo. Días más tarde la empresa fue intervenida por la Superintendencia de Compañías, relevando de la administración a Mantilla. El 4 de julio, cinco días luego de su cierre, la Supercom multó a Hoy con 57.800 dólares por no haber publicado su tiraje en la portada durante 17 días. Por similar motivo también multó a El Nacional, de Machala, por incumplimiento de 26 días, y a diario La Prensa de Riobamba. También han cerrado sus ediciones La Hora de Portoviejo y Meridiano de Guayaquil. Decenas de sanciones y multas a los medios por infracciones de tipo administrativo y por faltas al cumplimiento de las normas de ética periodística que dispone la ley. Sustancial incremento de reclamos contra los medios por parte de la ciudadanía, incluso por detalles mínimos en las noticias. Inicio del proceso de selección de los Defensores de las Audiencias, figura creada por la ley mediante la cual todos los medios considerados “nacionales” deben contratar y remunerar a un funcionario seleccionado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Según resolución de la Cordicom, al 7 de octubre hay 61 medios nacionales, entre ellos 34 radios, 20 canales de televisión y 7 periódicos. Los directivos de estos medios y quienes posean más del 6% de su propiedad accionaria no pueden tener otra actividad económica. El 10 de agosto entró en vigencia el Código Orgánico Integral Penal, que contempla: Eliminación del delito de injuria, ya que no lo menciona. En su lugar se mantiene la calumnia para quien realice una falsa imputación de un delito, con pena de prisión de entre 6 y 24 meses. Sin embargo, se establece que no hay calumnia si el acusado prueba que su afirmación es verdad, o, si antes de que exista una sentencia ejecutoriada, se retracta de manera voluntaria y presenta disculpas públicas. Crea responsabilidades penales para personas jurídicas como, por ejemplo, las empresas de medios de comunicación. Si bien ya no aparece la palabra “desacato” en el código, esta figura está presente en los artículos 230 y 493, en donde se establecen sanciones de entre seis meses y tres años de prisión para quienes ofendan al Presidente de la República o a las autoridades a través de amenazas, amagos o injurias. El ejercer una actividad, como por ejemplo el periodismo, sin un título profesional, puede ser considerado como un delito contra la fe pública. Castiga la “apología del delito” con prisión de entre 15 y 30 días, sin definir lo que significa y en un ambiente en donde se acusa con cierta frecuencia a la prensa de hacerlo. El delito de “pánico económico”, impone una pena de cárcel de siete a diez años y una multa de 200 salarios básicos unificados a la persona que  “dentro o fuera del país, publique, difunda o divulgue noticias falsas que causen daño a la economía nacional para alterar los precios de los bienes o servicios con el fin de beneficiar a un sector, mercado o producto específico”. El delito de “pánico financiero”, dice que: “La persona que divulgue noticias falsas que causen alarma en la población y provoquen el retiro masivo de los depósitos de cualquier institución del sistema financiero y las de la economía popular y solidaria que realicen intermediación financiera, que pongan en peligro la estabilidad o provoquen el cierre definitivo de la institución, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años”. Según un informe de Fundamedios, el código tipifica algunos delitos de forma tan vaga que podrían convertirse en atentatorios contra la libertad de expresión. Entre ellos constan: apología, rebelión, insubordinación, incitación a la discordia y el terrorismo. El Código Monetario y Financiero estipula sanciones para quienes revelen información que la Junta Monetaria haya determinado como reservada. Según Fundamedios, al 31 de agosto se registran estas cifras: 125 procesos en la Supercom, 25 sanciones contra medios, 4 medios impresos cerrados, 4 medios denunciados por no cubrir a profundidad la visita del presidente a Chile, un caricaturista sancionado, 7 sanciones a un solo canal (Mitad del Mundo Cayambe Visión 9), 3 sanciones a un solo medio impreso (Extra), 7 medios sancionados económicamente, un caso de autocensura de un medio hecho público y 4 programas cómicos denunciados. La Supercom sancionó a Extra y lo obligó a pedir disculpas públicas por publicar la foto de una modelo bajo el título “Tremenda Potra Carajo”. El proceso de “defensa” de la modelo lo inició una asambleísta de gobierno, mientras que la modelo se mostró complacida con la publicación. Supercom dispuso que el presentador de noticias de Ecuavisa, Alfredo Pinoargote, se disculpe públicamente por haber dicho: “... hay un ambiente o un sistema de restricción a esa libertad, por ejemplo, ya no se puede decir a los gais, maricas; a los afros no se les puede decir negros; a los ladrones no se les puede decir ladrones…”. El control público administrativo de la Asociación de Editores de Periódicos de Ecuador pasó a manos de la Secretaría Nacional de Comunicación (Senacom), ente adscrito a la Presidencia de la República, al igual que otras 30 organizaciones no gubernamentales relacionadas al periodismo. En mayo el canal Ecuavisa anunció en su noticiero estelar que se abstenía de informar sobre una denuncia que la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos presentó por la supuesta restricción de derechos civiles en la comunidad de Intag, Imbabura, a propósito del desarrollo de una explotación minera de cobre; ya que no podría cumplir con la Ley de Comunicación al no poder constatar evidencias físicas sobre la denuncia ni acceder al lugar de los hechos con su equipo de cobertura. La Senacom obligó a los canales Ecuavisa y Teleamazonas a transmitir el programa Pulso Político, producido por el incautado TC, que trataba sobre la propuesta del gobierno de una nueva ley financiera. Ecuavisa difundió un mensaje en el que advertía que realizaba la transmisión bajo protesta y porque había sido obligada. La Supercom sancionó con una amonestación escrita a Mario Lema Cachinpuedo, representante legal de Mitad del Mundo TV, Cayambe Visión; y a su director de noticias, Williams Alonso Ramos, porque, según la autoridad, tergiversaron intencionalmente elementos de información y opinión difundidas. La Supercom multó con el 2% de la facturación mensual promedio del último trimestre a diario La Hora, en su edición de Esmeraldas, luego de determinar que asumió una “posición institucional” sobre la culpabilidad de personas involucradas en una investigación legal antes de que la justicia dicte una sentencia, a través de la publicación de la noticia “Video de seguridad delata a presunto criminal de taxista”, el día 7 de mayo. Según la autoridad, el medio usó imágenes y textos “morbosos” para contar la noticia. Para sustentarlo mencionan un fragmento del texto de la noticia que dice: “...la sangre salía en gran cantidad por la herida que presentaba en la yugular, manchando la ropa…”. El 1 de agosto Ecuavisa anunció que no transmitirá más la obligatoria campaña del gobierno llamada La Ciudadanía Habla a los Medios, en donde varias personas aparecen criticando a periodistas y medios. El canal aseguró haber tomado la decisión por un "principio de decencia" y porque no puede aceptar ser obligado a transmitir mensajes que injurian y desacreditan a periodistas. El Secretario de Comunicación del gobierno, Fernando Alvarado, calificó de positivo el debate que se armó en las redes sociales tras el anuncio del canal y adelantó que hará ajustes a la campaña. Al día siguiente el Cordicom emitió un comunicado en el que pide que la Senacom suspenda la campaña para garantizar los derechos del ciudadano y periodista Alfonso Espinoza de los Monteros. El 4 de agosto el Secretario de Comunicación se disculpó por escrito. En agosto se realizó la primera licitación de frecuencias bajo la Ley de Comunicación. El proceso estipula una serie de requisitos para que el proyecto comunicacional que deben presentar los interesados, esté alineado con el Plan Nacional del Buen Vivir. El proceso incluye dos pasos, el primero es la calificación del proyecto comunicacional en base a una serie de requisitos técnicos, legales, comunicacionales y financieros; los cinco mejores puntuados van al segundo paso, en donde todos vuelven a cero puntos y quedan a discreción de la calificación que el Cordicom dé a su proyecto comunicacional. El 26 de agosto, y considerando las disposiciones del nuevo Código Penal, la jueza Lucy Blacio redujo a un año la pena de prisión impuesta en contra del exlegislador Cléver Jiménez y su asesor Fernando Villavicencio, por haber hecho una “acusación o denuncia maliciosa” en contra del mandatario Rafael Correa. El 28 de agosto quedó en libertad el exasambleísta Fernando Balda, luego que la jueza Fabiola Gallardo dispuso su excarcelación acogiéndose a las disposiciones del nuevo Código Penal. Balda cumplía una condena de dos años por injuria no calumniosa grave en contra del presidente Correa. Los días 24 y 29 de septiembre las redes sociales Facebook y YouTube dieron de baja el video “Lo que Correa no quiere que veas”, que recogía imágenes de las protestas callejeras de septiembre en Quito, luego de que la empresa española Ares Rights lo solicitara argumentando razones de derecho de autor a pedido de la Secretaría de Comunicación y el canal público Ecuador TV. Continúa la negación de algunos funcionarios públicos a entregar información que solicitan ciudadanos y periodistas. Otros hechos importantes: El 21 de abril la Supercom impuso una multa de cuatro remuneraciones básicas al canal Mitad del Mundo Cayambe TV, debido a que no pudo entregar los materiales originales de un programa, según sus representantes, por problemas técnicos. Esta es la cuarta sanción que recibe el canal durante el 2014, todas impulsadas por el alcalde William Perugachi. El 22 de abril el artista y productor de televisión David Reinoso anunció el inicio de una demanda en contra de las personas y las organizaciones que piden que la Supercom elimine de la televisión ecuatoriana los programas de humor que ellos consideran discriminatorios contra la mujer, los homosexuales, los indígenas, los montubios y otras minorías. El 5 de mayo el Cordicom concluyó que el segmento llamado El Nalgómetro, del programa Soy el Mejor, del canal TC, administrado por el gobierno, es sexualmente discriminatorio y comete el delito de “cosificar” a la mujer, y por lo tanto la discrimina. El informe sostiene que al mostrar y nombrar los glúteos de las participantes, se pueden afectar sus derechos.  En El Nalgómetro las participantes tratan de obtener el premio a la mejor nalga. El 31 de mayo la Supercom negó el pedido de rectificación que le planteara el ciudadano Blasco Peñaherrera luego de que el Presidente de la República, en una de sus intervenciones, calificó a la encuestadora de Peñaherrera de “chimba” (falsa) y a él de ser un fascista, según el reclamo presentado. El 6 de junio la Supercom impuso una multa al canal Teleamazonas por no haber entregado dentro del plazo que establece la ley la copia de un capítulo del programa humorístico La Pareja Feliz, que había sido solicitado por un activista para demostrar que en él se discrimina a la mujer. El 16 de junio la Supercom amonestó a dos medios impresos de la provincia de Sucumbíos por supuesta inobservancia al respeto de las personas. Los medios son el periódico La Verdad y el semanario El Vocero. A ambos los denunció Nancy Morocho Velaña por las noticias “La alianza de la corrupción”, “Dictadura en Sucumbíos”, “Perjuicio a Sucumbíos en más de 5 millones de dólares” y “Alianza PAIS se resquebraja”, que estaban relacionadas con el proceso de elecciones seccionales. El 30 de julio la Corte Constitucional resolvió que para publicar noticias relativas a los casos de la justicia indígena, los medios deben contar con una autorización de las autoridades indígenas, quienes aseguran que los periodistas se limitan a informar sobre los castigos físicos, como baños de agua helada y latigazos, sin contextualizar ni reflejar la idiosincrasia de las etnias. El 31 de julio dejó de circular la edición de diario La Hora en Manabí, luego de haberse editado durante 16 años. En el editorial de despedida se mencionaba que el periódico no era viable por problemas económicos y por la Ley de Comunicación. El 14 agosto el presidente Rafael Correa se negó a responder una pregunta que le formuló la periodista Paulina Bustamante, de diario Centinela, en la provincia de Loja, luego de que ella le dijera en una intervención pública al mandatario que no iba a preguntar lo que, según la comunicadora, le habían recomendado funcionarios del Gobierno. El 15 de agosto diario El Meridiano, de Guayaquil, circuló su última edición impresa. Los directivos aseguran que las dificultades económicas hacen insostenible mantener el periódico y anunciaron la aparición de una edición digital. El 22 de agosto la Supercom multó a la radio Zapatillo, de Loja, por no haber entregado copias del programa Primer Plano, que dirige el periodista Freddy Aponte. El 25 de agosto el periodista y exeditor de El Universo, Emilio Palacio, denunció que un tuitero ha puesto el precio de 100 mil dólares por su cabeza luego de que el presidente Correa, en su sabatina del 23 de agosto, dijo que le provocaba caerle a patadas. A finales de agosto el secretario de Comunicación, Fernando Alvarado, negó a El Universo copias de los documentos precontractuales y del contrato que el gobierno suscribió con la firma norteamericana Mcsquared. Unos días antes la embajadora de Ecuador en Washington, Nataly Cely, también negó acceso a la información del contrato firmado por ella bajo delegación. La firma fue contratada por 6,4 millones de dólares para la formulación de estudios y estrategias de comunicación e imagen. El 25 de septiembre la Supercom sancionó al semanario La Verdad, de Machala, por el incumplimiento de las siguientes seis disposiciones de la Ley de Comunicación: no publicar en su web su código deontológico (se le dio plazo de 72 horas para hacerlo); por no respetar los derechos de autor (amonestación por escrito); por no abstenerse de publicar una posición institucional sobre un caso en investigación judicial (multa de 2% de la facturación mensual promedio de los últimos tres meses); por publicar información que afecta a los derechos de los niños y adolescentes (10 remuneraciones básicas mínimas - 3.400 dólares); por transgredir el derecho de los niños y adolescentes contra la revictimización en casos de violencia sexual, familiar, física (cinco remuneraciones mínimas - 1.700 dólares); por incumplir con la clasificación de contenidos (tres remuneraciones básicas mínimas - 1.020 dólares).  

FUENTE: nota.texto7

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