COLOMBIA
A la violencia de diverso origen que padece Colombia, y
que en los últimos seis meses ha cobrado la vida de seis periodistas, se han sumado una serie de nuevas normas jurídicas
que hoy constituyen una grave amenaza para la libertad de
prensa.
El 27 de marzo, el jefe de prensa de la Alcaldía de Cartago,
José Miguel Amaya Espinosa, fue asesinado de varios impactos
de bala por desconocidos que intentaban asaltar un establecimien
to público.
El 6 de mayo, el periodista Ismael Cortés, director del periódico La Opinión del Magdalena Medio, fue asesinado en
Barrancabermeja por sicarios, en momentos en que una Comisión
de Derechos Humanos de la OEA realizaba una visita a esa ciudad.
El 2 de junio, tres integrantes del Noticiero Noti-5,
Bernabé Cortés, periodista, Fernando Montaña, camarógrafo,
y el auxiliar Alexis Balanta, fueron secuestrados en Cali por
una columna guerrillera del ELN, luego de asesinar a un policía.
Tres días después fueron liberados con un comunicado cuya divulgación exigían sus captores.
El 5 de junio, grupos subversivos colocaron en las cadenas
radiales de Todelar y Caracol artefactos dinamiteros que
dejaron daños de consideración en los equipos de comunicaciones.
La cadena Caracol dijo que su sistema de radioteléfono de la red nacional fue destruida a martillazos y bala.
El 9 de junio, el gru po subversivo ELN, en un comunicado dado a conocer desde Tlaxcala (México), amenazó a la cadena radial Caracol y al periódico El Tiempo, acusándolos de "manipular la información" y de "ocultar la verdad".
El 6 de julio, la periodista Gloria Noriega Torres fue asesinada
por desconocidos en el pueblo de La Paz, en el departamento
del César.
El 26 de julio, el reportero Wilson Montoya, de Radio Cadena
Nacional (RCN), fue encontrado muerto cerca a la Universidad
de Antioquia en Medellín.
El 5 de agosto, sicarios que se movilizaban en una motocicleta
asesinaron a tiros en Cartago al periodista John Félix Tirado, redactor judicial del diario Vanguardia Liberal de Bucaramanga. Periodistas del diario recibieron amenazas de muerte por la guerrilla porque el rotativo Inició una campaña contra el secuestro en esa zona y por la publicación de una serie de avisos pagados por la Brigada Militar. Luego intensificaron
las amenazas con cartas en las que acusan al diario de "estar vendido a los militares".
El 26 de agosto, el popular locutor deportivo de la cadena
Caracol en Medellín, Luis Fernando Munera Eastman, fue víctima de un atentado en el que recibió 10 disparos. Esta acción
criminal fue atribuida al narcotráfico.
En diversos editoriales del pasado mes de agosto, el periódico
La Prensa acusó al gobierno de discriminación en la publicidad
estatal, como forma de censura por sus críticas en contra de la administración Gaviria. Comentaristas de prensa no han estimado hasta el momento que estas sindicaciones tengan fundamento alguno.
Desde el punto de vista institucional, a raíz de la expedición
de la Constitución de 1991, Colombia vive momentos de transición y una preocupante situación de confusión e inestabilidad jurídica, que también está afectando a la prensa.
El Decreto 2591 de 1991 (reglamentario de la nueva Institución
consagrada en el Artículo 86 de la Carta Polftica, denominada"
Acción de Tutela') ha dado pie para acciones judiciales contra la prensa.
Al amparo de la ambigua redacción del decreto, jueces y tribunales de la República han proferido fallos restrictivos de
la libertad de información y prensa, viola torios de la prohibición de censura consagrada en el Artículo 20 de la Constitución de 1991.
Algunos casos recientes son los siguientes:
Un juez de la ciudad de Cali, sin oír a los demandados,
ni permitirles la defensa, ordenó a los diarios El Tiempo y El Espectador y a dos noticieros de televisión rectificar una noticia en la que, con base en informaciones suministradas por altos oficiales de la inteligencia policial, se comentaba sobre actuaciones delictivas de una persona presumiblemente vinculada
con el narcotráfico. Debido a la errónea redacción de las normas
(obligación de dar cumplimiento a la decisión judicial, so pena de arresto), los medios tuvieron que efectuar la rectificación, a pesar de su insistencia en la veracidad de la información.
Un juez de la ciudad de Barranquilla conminó a tres
diarios, El Heraldo, El Espacio y La Libertad, en el curso de una acción de tutela, a abstenerse de informar sobre aspectos de
la vida y de la muerte de un conocido cantante, víctima de un
asesinato que aún se encuentra sin aclarar por las autoridades.
De éste y otros casos ha surgido en Colombia la polémica sobre los límites del derecho de informar, ser informado y el derecho a la intimidad, discusiones que por lo general no tienen en cuenta el principio rector de que la prensa está 50-metida a responsabilidades posteriores, pero que no puede en ninguna circunstancia ser objeto de censura.
En otro controvertido caso, un juez de la ciudad de Barranquilla prohibió a varios periódicos, emisoras y programadoras de televisión, volver a mencionar el nombre de un conocido político de quien se había informado que otro político
opinaba de él que era un deshonesto.
En este caso tampoco se permitió a los demandados la defensa
y se condenó en perj uicios a los medios.
Por otra parte, la Corte Constitucional confirmó un fallo
de tutela proferido por el Tribunal de Cali en el que se
ordenaba a un periódico publicar la noticia de la cesación de
un proceso de calumnia e injuria, por considerarlo necesario
para proteger la honra de quien había sido acusado de tales
delitos. El diario afectado informó inicialmente sobre la demanda instaurada y las medidas de aseguramiento adoptadas
por el juez y se abstuvo de hacerlo cuando se ordenó por el
mismo juez la cesación de procedimiento.
La Corte Constitucional no sólo ordenó publicar la mencionada
información, sino que ordenó hacerlo en los términos exactos en que ella misma redactó la noticia.
Además de la llamada Acción de Tutela, que ha estado en
vigencia por ocho meses, existe una segunda amenaza jurídica
contra la libertad de prensa, y es el artículo 332 del nuevO
Código de Procedimiento Penal que entró en vigencia el pasado
1° de julio y que establece lo siguiente:
ala publicación en medio de comunicación de informaciones
de carácter reservado constituirá presunción de violación
de la reserva, y hará incurrir en sanción a los empleados
y sujetos procesales como el medio de difusión. La multa
imponible a los medios de comunicación por violación de la
reserva podrá ascender hasta mil salarios mínimos mensualesn
Consagra esta disposición una presunción de enorme peligro
para la actividad periodística, y una multa millonaria para los medios de comunicación que "presuntamente" violen la reserva del sumario. Esta norma conduce a que los medios de comunicación y los periodistas se vean obligados a revelar
la fuente de su información para desvirtuar tal presunción, lo
cual no es posible ni ética ni legalmente.
La vigencia de esta norma genera en los periodistas y medios
de comunicación una actitud de temor e inhibición, contraria
a la libertad necesaria para el ejercicio de la actividad
que puede restringir la divulgación de informaciones de gran
valor para la comunidad y aún para la justicia. El poder
fiscalizador de la prensa, tan necesario en toda sociedad, se ve
entonces debilitado como consecuencia de esta norma.
Un tercer riesgo jurídico que afronta la prensa colombiana
es la posibilidad de expedición de una nueva ley de prensa.
La nueva Constitución, en sus artículos 20, 73 Y 74, consagra
los principios esenciales que gobiernan la actividad periodística, como son la libertad de información, la responsabilidad social de los medios de comunicación, el libre acceso a los documentos públicos, la inviolabilidad del secreto profesional y la libertad e independencia de que debe gozar dicha actividad.
El deseo de muchos parlamentarios de reglamentar estas
normas, parece obedecer, más que a una necesidad legal, a la
animadversión de gran parte de los miembros del Congreso
frente a la prensa.
La reglamentación legal de algunos de los principios consagrados
en la Constitución actual, como "la imparcialidad de la información" a que tiene derecho todo ciudadano, fila
5 rectificación en condiciones de equidad", la "responsabilidad
social" de los medios, sólo conducirá a crear restricciones al
libre ejercicio de la actividad periodística.