COSTA RICA
Los tribunales de justicia y la frondosa garna de reglamentaciones sobre la prensa que existen en el país se mantienen como los principales obstáculos a un ejercicio irrestricto de la libertad de prensa. Fuera de esto, los periodistas y medios pueden desarrollar sus tareas sin contratiempos.
Desde la reunión de medio año celebrada en marzo, se
han producido dos resoluciones judiciales favorables a la prensa:
El 2 de abril, el juzgado del cuarto penal de San José
desestimó una acusación por injurias y calumnias que dos dirigentes del fútbol costarricense habían planteado contra J ulio Rodríguez, columnista del diario La Nación y la revista
Triunfo y, solidariamente, contra los directores de estas publicaciones, Eduardo Ulibarri y Manuel Fernández-Cuesta, respectivamente.
La querella había sido planteada por críticas que el columnista había formulado contra los señores Isaac Sasso, presidente del Club Sport Herediano, y Hermes Navarro, presidente del Club Puntarenas.
El juez del cuarto penal, Gerardo Segura Ruiz, rechazó la
acusación basado en que los artículos de Rodríguez no iban dirigidos a los dos querellantes, sino a la Federación Costarricense de Fútbol y que, por tanto, los señores Sasso y Navarro carecían de capacidad jurídica para interponer la acusación.
El 30 de julio, la jueza segunda penal de San José, Orfa
Mora Drummond, absolvió de toda pena y responsabilidad a
un joven ciudadano quien, en la sección de Cartas del diario
La Nación, se había quejado del servicio ofrecido por un restaurante de la capital.
El establecimiento lo había acusado por "difamación de
persona jurídica", fundamentado en que su crítica había sido
malintencionada, y que, por tratarse de un establecimiento
privado, no se podía aducir que el autor de la carta pretendía
defender un interés público.
La juez fundamentó su absolutoria en que la carta no era
ofensiva, que los hechos denunciados se habían demostrado
y que los restaurantes constituyen un servicio al público y,
por tanto, la crítica en su contra está cobijada por la excepción de la verdad, que la ley contempla como una defensa
contundente en los casos de injuria, calumnia y difamación.
El 10 de setiembre, la Sala Constitucional celebró una
vista como parte de los trámites en un proceso de inconstitucionalidad interpuesto por el diario La Prensa Libre
contra una norma (artículo 7) de la Ley de Imprenta de 1902,
que sanciona los delitos de injuria y calumnia por la prensa.
El abogado de La Prensa Libre, al plantear el recurso de
inconstitucionalidad en marzo de este año, 10 fundamentó en
que la Ley de Imprenta fue derogada por el Código Penal vigente,
promulgado varias décadas después.
En la vista, la Procuraduría General de la República, que
actúa como agente legal del Gobierno, respaldó la derogatoria
de la norma impugnada, con el argumento de que ésta quedó derogada al promulgarse en 1949 la Constitución vigente.
Según el procurador Odilón Méndez, las penas que establece
el artículo 7 de la Ley de Imprenta no describen la conducta
que puede considerarse como delictiva, 10 que viola el artículo 39 de la Constitución. Este artículo constitucional establece que nadie puede sufrir pena por un delito que no haya sido sancionado por ley anterior, y que se requiere demostrar
la culpabilidad del indiciado.
Según el abogado de la Prensa Libre, la Ley de Imprenta
parte de una presunción de culpabilidad y obliga al acusado
a demostrar su inocencia, no al querellante a probar la culpabilidad.
Aún la Sala Constitucional no ha resuelto el recurso.
Continúa vigente la Ley del Colegio de Periodistas de
Costa Rica, que establece la colegiatura como requisito para
ejercer la profesión. E121 de setiembre, al inaugurar la XXIII
Semana de la Prensa, el Presidente de la República, Rafael Angel Calderón Fournier, respaldó la colegiatura, afirmando
que ha fortalecido la libertad de expresión, al procurar una
prensa comprometida con la ética y la verdad.
Aún está por resolverse un recurso de inconstitucionalidad
contra la ley del Colegio. Por ese motivo, también está pendiente el caso del comentarista deportivo Flavio Vargas, quien fue acusado por el Colegio de Periodistas por presunto ejercicio ilegal de la profesión.
Otra acusación por ejercicio ilegal fue planteada por el
abogado Juan Diego Castro contra Ronald Moya Chacón, estudiante
de periodismo y redactor del diario La Nación. No podrá resolverse hasta tanto la Sala Constitucional falle el
recurso interpuesto contra la ley del Colegio de Periodistas.