En esta columna, titulada “Imponer y controlar” – escrita por Claudio Paolillo, director del Semanario Búsqueda de Montevideo y presidente de la Comisión de Libertad de Prensa de la SIP – se analiza uno de los aspectos del nuevo proyecto de ley de prensa (Servicios de Comunicación Audiovisual) que discute el Congreso de Uruguay, referente a la “imposición” del Estado para que los medios y periodistas adopten medidas de autorregulación.
“Los códigos de ética impuestos por los Estados en materia periodística constituyen una de las peores violaciones a las libertades de expresión y de prensa. En esta delicadísima área para la salud de cualquier república democrática, cuando burócratas designados por el poder tienen el encargo "legal" de definir qué es ético y qué no, entonces el Estado finalmente es el que posee la llave para decidir qué puede saber el pueblo y, sobre todo, qué no puede conocer.
El proyecto de ley para regular los servicios de comunicación audiovisual (SCA), enviado al Parlamento por el Poder Ejecutivo, promueve esta grave intromisión del Estado en las emisoras de radio y televisión, vulnerando así la jurisprudencia del sistema interamericano de derechos humanos en la materia.
Hay un capítulo entero de la llamada "ley de medios", cuyo título lo dice todo: es el octavo del proyecto y se llama "autorregulación ética". Adviértase el grueso contrasentido: cualquier "autorregulación ética" debe ser, por definición, decidida por propia voluntad de quien se "autorregula" y no por una ley. El Poder Ejecutivo envuelve con palabras bonitas la supuesta "autorregulación" pero, en realidad, lo que procura es obligar a que cada medio asuma determinados parámetros de conducta; no los que quiera el medio, sino los que quiera el gobierno. Es sencillamente mentira que vaya a existir una "autorregulación"; va a haber, si esta ley se aprueba, una "regulación" impuesta por el Estado.
El artículo 138 dice: "Los titulares de los SCA deben regir sus actividades conforme a códigos públicos de normas éticas". Quiere decir que no tienen opción: la ley (es decir, el Estado) les obliga a tener, lo deseen o no, un código de ética. Se los impone.
Podría ocurrir que, al menos, el Estado dejara libres a los medios para que cada uno haga el código de ética que mejor se ajuste a su manera de encarar el periodismo. Pero tampoco es el caso. El círculo está bien pensado y está bien cerrado. Porque el mismo artículo prevé que "el contenido de dichos códigos será determinado libremente" por cada medio, pero "teniendo como base los principios y derechos que reconoce y promueve la presente ley". Cada emisora radial o televisiva, entonces, es presuntamente "libre" para hacer su propio código, pero el Estado las encorseta a que lo redacten dentro de los límites de la propia ley. En otras palabras, los medios no serán libres en absoluto para regir su conducta y tendrán que adaptarla a los parámetros que les fija el Estado.
Para que no quede ninguna hendija abierta, la ley mandata a los medios a hacer públicos los códigos de ética y, luego, los fuerza a nombrar a un "defensor de la audiencia" para controlar el cumplimiento de esos códigos, que antes el Estado había dicho que tenían que ser redactados en el marco de los "principios y derechos" previstos por la propia ley. Un cerrojo perfecto.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sentado jurisprudencia en el sentido de que la exigencia de la colegiatura obligatoria de periodistas es violatoria de la libertad de expresión. El ejercicio de este derecho humano básico no puede quedar limitado a quienes tienen un título universitario, pues pertenece a todas las personas desde que nacen. Análogamente, los Estados no pueden imponer códigos de ética a nadie y, si lo hacen, violentan igualmente la libertad de expresión. La Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, adoptada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, dice textualmente: "La actividad periodística debe regirse por conductas éticas, las cuales en ningún casopueden ser impuestas por los Estados".
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la OEA, en un trabajo sobre la "ética en los medios de difusión", citó a A. David Gordon, un estudioso de las comunicaciones. Gordon escribió: "No cabe duda de que dar a los medios de comunicación este tipo de libertad suscita inevitablemente bastante incomodidad en algunos segmentos de la sociedad, y en algunos casos puede crear ciertas dificultades o inclusive situaciones peligrosas. Pero en realidad no existe diferencia con respecto a los riesgos que aceptamos al hacer de la democracia la forma de gobierno de nuestra elección. En una sociedad democrática se da al pueblo la potestad última de decidir y luego mantener ese poder aunque una amplia minoría de la población crea que las decisiones son equivocadas. El antídoto de decisiones políticas erróneas o inclusive peligrosas consiste en librar las batallas políticas y convencer a un número suficiente de personas para que adopten la decisión correcta la próxima vez, y no imponer restricciones al diálogo político o al proceso político para impedir la adopción de decisiones desacertadas. El enfoque no debe ser diferente en lo que respecta a la libertad de expresión en una sociedad democrática. El antídoto de las expresiones equivocadas, peligrosas u ofensivas debe consistir en que quienes no estén de acuerdo con las manifestaciones originales hablen más, en lugar de restringir las posibilidades originales de que se expresen. La clave, a este respecto, es que debemos estar dispuestos a brindar protección inclusive a las expresiones que nos ofendan, aun gravemente".
En la hipótesis de que este proyecto sea sancionado tal como está, entre los "principios y derechos" que deberían incluir los códigos de ética forzosos que el Estado les impondría a las radios y a la TV —porque son los "principios y derechos" que "reconoce y promueve la presente ley"—, hay limitaciones de una vaguedad tal que vulneran sin ningún lugar a dudas la Convención Americana de Derechos Humanos y la jurisprudencia más avanzada de la Corte Interamericana.
De acuerdo con la Convención y con la Corte, las limitaciones a la libertad de expresión deben estar definidas "en forma precisa y clara" y deben ser excepcionales. Pero en este proyecto de ley, un Consejo de Comunicación Audiovisual (CCA) integrado por cinco miembros designados por el Poder Ejecutivo quedaría facultado para resolver sobre expresiones tan amplias como "pluralidad", "diversidad", "igualitarismo", "discriminación", "respeto", "inclusión" y "sesgo".
¿Cómo hacen cinco cristianos, por mejor intención que pongan, para ser justos al definir qué es "plural", "diverso", "igualitario", "discriminatorio", "respetuoso", "inclusivo" o "sesgado" y qué no lo es? No podrán, aunque lo intenten. Porque lo que definirá, al final, será su propia subjetividad. Y eso, además de no ser justo, es peligroso. Si, además, siguen lineamientos políticos para que el Estado imponga su "línea editorial" a todos —algo que no hay que descartar—, entonces la libertad en Uruguay estaría en el horno. La libertad a secas.
Es una pena —y puede llegar a ser una desgracia si se concreta— que el gobierno del presidente José Mujica, hasta ahora uno de los más respetuosos de la libertad del pensamiento en América Latina, haya ingresado en el último tramo de su mandato impulsando medidas legales diametralmente opuestas a los pronunciamientos y al accionar del propio primer mandatario, otrora (¿otrora?) heraldo de la idea según la cual "la mejor ley de prensa es la que no existe".
Pero, teniendo en cuenta los antecedentes de las manifestaciones públicas del presidente, de sus actos irreprochablemente respetuosos de la libertad de cada uno para decir y divulgar lo que quiera, y de su talante anarco-liberal, pensemos lo mejor. Pensemos que algunos asesores y "expertos" taimados lo entreveraron con mucha palabrería engañosa, que pronto advertirá la trampa y que actuará en consecuencia. En realidad, más que un pensamiento, es un deseo. Un deseo de que su gobierno —y, con él, el Uruguay— no empiecen a aparecer en las listas negras de los Estados cuyos circunstanciales administradores se sienten superiores al ciudadano común y se arrogan el supuesto derecho de decidir, en lugar de la gente, qué le conviene ver, escuchar o leer”.
© Semanario Búsqueda. (20 de junio, 2013)
FUENTE: nota.texto7