30 diciembre 2020

Impunidad - Avances legales y jurídicos

Aa
Alcanzados con fuerte incidencia de la SIP
$.-

Avances legales y jurídicos para combatir la violencia y la impunidad


No prescripción

  • Colombia: La Ley No. 1426 aumentó a 30 años la prescripción para el homicidio contra periodistas, 29 de diciembre 2010.

Lesa Humanidad

  • Colombia: Declarados "delito de lesa humanidad" los asesinatos de Eustorgio Colmenares, Guillermo Cano, Gerardo Bedoya y Nelson Carvajal, entre otros, creando jurisprudencia para que otros casos no prescriban. El caso de Julio Daniel Chaparro y Jorge Torres, fue declarado "crimen de guerra", lo cual tiene como efecto su imprescriptibilidad.

Agravamiento

  • Colombia: Reformas al Código Penal aumentaron en cinco años las penas para los asesinos, 2001.

  • México: Reformas en Códigos Penales en varios estados del país:
    • Chihuahua, el 21 de octubre de 2010 el Congreso estatal decretó por unanimidad que el Código Penal contemple la cadena perpetua "para los homicidios contra periodistas".
    • Coahuila, en mayo de 2008 se tipificó el homicidio contra los informadores como delito grave y los acusados podrían ser condenados hasta 60 años de cárcel.
    • Nuevo León, en julio de 2009 se reformó el Código Penal que sanciona hasta con 35 años de prisión a los responsables del asesinato de un periodista como consecuencia de su trabajo. Se incrementó en 10 años, de 25 a 35 años, la pena.
    • Sinaloa, en noviembre de 2008 se tipificaron los ataques a periodistas y medios de comunicación como delitos graves.

Programas de Protección a Periodistas

  • Brasil: El Programa de Protección para Defensores de Derechos Humanos, Comunicadores y Ambientales (Programa Nacional de Proteção aos Defensores de Direitos Humanos), creado en 2004, incluye a los periodistas desde 2018.
  • Colombia: Programa de Protección a Periodistas y Comunicadores Sociales, creado en agosto de 2000. De este Programa surgió la Unidad Nacional de Protección (UNP) en 2011. Modelo de protección reactivo y no preventivo. Desde su fundación el sistema de protección ha evolucionado poco y ha fallado en desactivar las fuentes de riesgo de los comunicadores.
  • Ecuador: El Comité Interinstitucional de Protección a Periodistas y los Trabajadores de la Comunicación fue creado en mayo de 2019, con el objetivo de implementar mecanismos de protección. Está integrado por los ministerios del Interior y el de Relaciones Exteriores, y por el Consejo de Regulación, Desarrollo y Promoción de la Información y la Comunicación (Cordicom) y la Secretaría General de la Comunicación. Desde la sociedad civil, en especial asociaciones de prensa, se reclama participación para que el programa sea más eficiente.
  • Guatemala: La Fiscalía de Periodistas y Defensores de Derechos Humanos fue creada el 15 de noviembre de 2019 como parte de la Defensoría de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Aún no ha sido establecido el Programa de Protección a Periodistas, Comunicadores y Medios de Comunicación. Existe una Unidad de Delitos Contra Periodistas y Sindicalistas, adscrita a la Fiscalía de Derechos Humanos, creada en 2001 a instancia de la SIP tras un acuerdo de solución amistosa por el caso de la periodista Irma Flaquer. Su trabajo ha sido cuestionado debido a que la mayoría de los casos no avanzaron o fueron archivados.
  • Honduras: El Sistema de Protección para las y los Defensores de Derechos Humanos, Periodistas, Comunicadores Sociales y Operadores de Justicia fue creado el 15 de mayo de 2015, se estableció además la Dirección General del Sistema de Protección que recibe todas las solicitudes de protección, solicita la implementación del plan de protección para las personas en riesgo, y coordina las acciones de las agencias del Estado con la sociedad civil. Sus recursos económicos y técnicos son escasos.
  • México: El Mecanismo de Protección de las Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas fue creado en 2012. No cuenta con los suficientes recursos económicos, humanos y técnicos; no existe coordinación entre el Mecanismo y las 28 unidades de protección estatales. Tampoco tiene una adecuada coordinación con las instituciones dedicadas a las evaluaciones de riesgo, como la Guardia Nacional, las Fuerzas Armadas, y las policías estatales, ni con la Fiscalía General de la República, la unidad Atención a Víctimas y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
  • Paraguay: La Mesa de Protección a Periodistas fue creada en 2017 por recomendación de la Unesco. Está integrada por el Foro de Periodistas Paraguayos (FOPEP), el Sindicato de Periodistas del Paraguay (SPP) y la Asociación de Reporteros Gráficos del Paraguay (ARGP). También participan la Corte Suprema de Justicia, la Fiscalía General de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio del Interior, la Policía Nacional, el Mecanismo de Prevención de la Tortura y el Ministerio de Tecnología e Información, entre otras instancias oficiales.

Federalización

  • Brasil: El Congreso Nacional discute proyectos que proponen la federalización de delitos contra comunicadores y comunicadores.
  • México: Enmienda constitucional federalizó los crímenes contra los derechos humanos y la libertad de expresión. El 13 de marzo de 2012 se aprobó la reforma al artículo 73 de la Constitución.

Fiscalía Especial / Jurisdicción Nacional Especial

  • Colombia: La Unidad Nacional de Análisis y Contexto fue creada en 2013 por la Fiscalía General de la Nación, para dar seguimiento a los crímenes contra periodistas. En 2003 se creó la Fiscalía Especial para periodistas, en la Fiscalía General. En 2002 se creó, dentro de la Unidad Nacional de Derechos Humanos, la Sub Unidad investigativa para examinar asesinatos de periodistas.
  • Guatemala: La Fiscalía de Delitos Contra Periodistas y Sindicalistas fue creada en junio de 2001 por el Ministerio Público, con el propósito de investigar, perseguir legalmente y prevenir las amenazas, ataques violentos y asesinatos perpetrados contra integrantes de los dos gremios. La Fiscalía surgió como consecuencia de las negociaciones con la SIP por el caso de la periodista Irma Flaquer.
  • México: La Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE), con poder de investigación, acusación y para federalizar casos, se creó por decreto el 5 de julio de 2010.
  • Perú: La Corte Suprema resolvió el 1 de junio de 2010 crear jurisdicción especial para procesar crímenes contra periodistas. Amplió la competencia de la Sala Penal Nacional y de los Juzgados Penales Supraprovinciales de Lima, para atraer casos de asesinato contra periodistas. La Resolución Administrativa No. 187-2010-CE-PJ especifica que tanto la Sala Penal Nacional como los Juzgados Penales Supra provinciales de Lima tienen poderes jurídicos para admitir los delitos de homicidio, asesinato, lesiones graves, secuestro y extorsión cometidos contra las personas que ejercen diferentes labores de prensa.

Compartí

0