CONSIDERANDO que decenas de periodistas latinoamericanos son forzados a desplazarse o a emigrar debido a la violencia, las amenazas y la persecución por parte de grupos criminales, funcionarios corruptos y gobiernos autoritarios
CONSIDERANDO que las condiciones de inseguridad y criminalización han provocado el exilio de periodistas y, en casos más extremos, el retiro de su nacionalidad
CONSIDERANDO que en los últimos años se documenta un aumento creciente en el número de periodistas que deben salir al exilio desde países como Nicaragua, Venezuela, Guatemala, Cuba y Ecuador, o que se desplazan a otras regiones de su país, como en México y Colombia
CONSIDERANDO que el fenómeno también incluye a medios de comunicación, particularmente en Cuba, El Salvador, Nicaragua y Venezuela, que se ven forzados a continuar sus operaciones en países extranjeros para evadir la persecución sistemática
CONSIDERANDO que en Cuba el periodista Lázaro Yuri Valle Roca fue liberado y forzado al exilio tras permanecer encarcelado desde 2021
CONSIDERANDO que en Ecuador, debido a amenazas de muerte, fue reubicado un periodista, cuyo nombre se mantiene en reserva por seguridad; los periodistas Andersson Boscán y Mónica Velásquez, del medio digital La Posta, abandonaron el país, y la periodista cubana Alondra Santiago abandonó el país debido a que el gobierno le revocó su visa
CONSIDERANDO que en Nicaragua el fotoperiodista Oswaldo Rivas fue obligado a salir del país debido a la persecución policiaca, y que el periodista Víctor Ticay fue forzado al exilio tras permanecer más de un año en prisión
CONSIDERANDO que la SIP concedió al Periodismo en el Exilio el Gran Premio a la Libertad de Prensa 2024, su más alta distinción, en homenaje a colegas y medios de comunicación latinoamericanos que, en circunstancias de extremo riesgo y adversidad, continúan su labor en defensa de la libertad de expresión y el compromiso con la verdad
CONSIDERANDO que, tal como se reconoce en el Informe de la Relatora Especial sobre la promoción y protección del derecho a las libertades de opinión y de expresión de las Naciones Unidas: "El periodista exiliado satisface una necesidad vital de noticias de interés para el público de su país y de todo el mundo, es una importante fuente de información alternativa, y posiblemente la única independiente, sobre los acontecimientos que se producen en las zonas de conflicto o allí donde la libertad de expresión está muy restringida"
CONSIDERANDO que la Declaración de Chapultepec establece en su cuarto principio que "las presiones, la intimidación, la prisión injusta de los periodistas, la destrucción material de los medios de comunicación, la violencia de cualquier tipo y la impunidad de los agresores, coartan severamente la libertad de expresión y de prensa", y afirma en el décimo principio que "ningún medio de comunicación o periodista debe ser sancionado por difundir la verdad o formular críticas o denuncias contra el poder público".
LA 80ª ASAMBLEA GENERAL DE LA SIP RESUELVE
Reiterar el pedido a los gobiernos a crear programas de apoyo humano, económico, psicológico y laboral para periodistas desplazados a otras regiones
Pedir a los gobiernos que acogen a periodistas que dispongan planes para facilitar su inserción laboral
Reiterar a la comunidad internacional la necesidad de exteriorizar su apoyo práctico hacia la libertad de prensa y que periodistas y medios de comunicación puedan trabajar sin temor a represalias.