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Brasil

15 de octubre de 2025 - 13:04

En este período continuó el preocupante panorama de acoso judicial en primeras instancias, aunque las decisiones finales del Supremo Tribunal Federal (STF) resultaron favorables a las libertades de prensa y de expresión.

Tribunales inferiores condenaron a la periodista Rosane de Oliveira y al diario Zero Hora, del Grupo RBS (RS), por haber informado sobre el salario de la jueza Iris Helena Medeiros Nogueira, expresidenta del Tribunal de Justicia del Estado (TJ-RS), y otros magistrados, datos que son públicos según la legislación vigente.

Resultó alarmante la persistencia de la intimidación contra periodistas y medios, promovidas en su mayoría por funcionarios y políticos. También se registraron casos de acoso y violencia provenientes de civiles y del crimen organizado.

Por otro lado, el STF emitió una decisión que impacta el debate global sobre la libertad de expresión al exigir a las grandes empresas tecnológicas mayor responsabilidad en la moderación de contenido ilegal. El STF determinó que las redes sociales pueden ser responsabilizadas directamente por publicaciones ilegales, sin necesidad de una orden judicial previa, siempre que sean notificadas por los interesados. La Corte consideró que el artículo 19 del Marco Civil de Internet, creado hace más de una década para equilibrar la libertad de expresión y la responsabilidad civil, no protegía adecuadamente los derechos fundamentales ante publicaciones masivas de desinformación, discursos de odio y contenidos antidemocráticos.

La decisión, que reformó parcialmente el artículo, también aborda el tema del pago por contenidos, el uso de bots y las reglas de autorregulación de las plataformas, incluyendo la obligación de emitir informes anuales y tener representación legal en el país.

Los especialistas tienen opiniones divididas sobre el tema. Algunos afirman que la medida genera inseguridad jurídica, riesgo de censura y que vulnera la prerrogativa legislativa del Congreso. Consideran que la decisión asocia supuestos “delitos de opinión” con delitos tipificados, y debilita la libertad de expresión en redes sociales. Otros critican la equiparación de pequeños sitios web con grandes plataformas, lo que podría abrir espacio a la censura de medios periodísticos.

Sin embargo, varios juristas sostienen que, para la prensa, las ofensas a la honra siguen dependiendo de una orden judicial, lo que preserva la seguridad jurídica de los medios. Estos analistas destacan que la decisión impone de manera correcta responsabilidad a las plataformas respecto a contenidos que desinforman, incitan al odio o promueven la violencia. La medida estará vigente hasta que el Congreso apruebe una legislación específica. También el STF podría revisar su decisión ante las divergencias surgidas.

Las decisiones judiciales relacionadas con la libertad de prensa y de expresión en Brasil siguen, en general, protegidas por las posiciones finales del STF. No obstante, preocupa el crecimiento de los casos negativos en las primeras instancias. Además del caso de la periodista Rosane de Oliveira y el diario Zero Hora, del Grupo RBS (RS), se registraron en este período otras sentencias:

El 1º Juzgado Civil de Pinheiros (SP) condenó a Band a pagar 50 mil reales al empresario y coach Pablo Marçal por daños morales, además de ordenar la retirada de reportajes que contenían términos ofensivos como “mané”, “canalla”, “zé ruela” y “basura humana”. Band argumentó que Marçal difundía noticias falsas y que la cobertura estaba protegida por la libertad de expresión.

El Tribunal de Justicia del Amazonas (TJAM) ordenó la eliminación de un artículo de la periodista Andreza Matais en el portal Metrópoles, sobre un homenaje del TRT-11 al empresario Waldery Areosa, además de exigir que se eliminaran los enlaces del contenido en los buscadores de Revista Cenarium y Google.

La Justicia de Rondonia ordenó retirar la nota “Menos bosque, más pasto: el senador Jaime Bagattoli (Liberal) amenaza la Amazonía con dinero del mercado de capitales”. Luego, el juez Alexandre Miguel revocó la decisión, calificando la medida como censura y destacando el interés público de la información.

En el ámbito del STF, una sentencia publicada en junio sobre un caso de indemnización contra el Diário de Pernambuco estableció la tesis de repercusión general Tema 995, que regula la responsabilidad de los medios en casos similares. El tribunal entendió que la “libertad de prensa es plena, pero acompañada de responsabilidad, prohibida la censura previa”, y que los medios solo responden civilmente por declaraciones falsas de terceros si hubo mala fe, dolo directo o negligencia grave. En transmisiones en vivo, el medio no es responsable de afirmaciones falsas de terceros si garantiza el derecho de réplica.

Sin embargo, el STF está evaluando otro proceso que podría debilitar estas libertades. Analiza la constitucionalidad del inciso II del artículo 141 del Código Penal, que aumenta la pena en un tercio por delitos contra el honor cometidos contra funcionarios públicos. El relator, magistrado Luís Roberto Barroso, votó por declarar inconstitucional ese aumento (excepto en casos de calumnia), pero los magistrados Flávio Dino, Cristiano Zanin, Alexandre de Moraes y Gilmar Mendes defendieron su validez. El juicio fue interrumpido y se reanudará más adelante.

También se verificó un preocupante número de campañas coordinadas de acoso y descrédito contra periodistas, promovidas por políticos, funcionarios públicos o grupos de influencia, incluidos clubes de fútbol, tanto en redes sociales como de forma presencial. Algunos casos:

En Santa Catarina, varias páginas difundieron información engañosa sobre la periodista Amanda Miranda, tras sus críticas al gobierno estatal por transferencias de fondos públicos a páginas aliadas.

En una transmisión en vivo, el senador Marcos do Val (Podemos-ES) insultó y amenazó a la periodista Fabiana Tostes (Folha Vitória).

Los periodistas Guga Noblat e Igor Borges (ICL Notícias) fueron agredidos físicamente por el diputado Paulo Bilynskyj (Liberal).

Ronaldo Chaves (Jornal 14 de Maio, Goiás) fue golpeado por un funcionario municipal tras haber sido amenazado por un diputado.

El senador Ciro Nogueira (Progressistas) divulgó datos personales del periodista Flávio VM Costa (ICL Notícias) tras una publicación que lo vinculaba con el PCC.

La diputada Júlia Zanatta (Liberal) atacó públicamente al estudiante de periodismo Matheus Bastos (ND+) en una transmisión en vivo.

El alcalde de Macapá, Dr. Furlan (MDB), agredió a los periodistas Heverson Castro e Iran Froes.

Un equipo de la NTV, de Patos de Minas (MG), fue impedido de ingresar a un estadio pese a tener acreditación válida.

Los periodistas Roberto Alexandre dos Santos y Allan de Abreu (RP10 y Revista Piauí) fueron objeto de órdenes de allanamiento que violaron su secreto profesional de fuentes.

Luiz Vassallo, del portal Metrópoles, fue investigado por la policía tras publicar reportajes sobre un exdirector del DEIC.

La periodista Marina Semensato (iG) fue víctima de una campaña de desinformación y ataques coordinados en TikTok.

El teniente coronel José Thomaz Costa Júnior, comandante policial en São José do Rio Preto (SP), amenazó al diario Diário da Região por divulgar un video de un ritual con simbología extremista.

El consejero de Eletrobras Marcelo Gasparino expuso una conversación privada con la reportera Stéfanie Rigamonti (Folha de S.Paulo) tras una publicación sobre maniobras políticas en la empresa.

En otras acciones de violencia, se resgistraon las siguientes:

Un helicóptero de TV Record (RJ) recibió más de 200 disparos mientras sobrevolaba barrios de Río de Janeiro; logró aterrizar sin heridos. Gustavo Ribeiro (TV Gazeta, ES) fue empujado intencionalmente por un hombre durante una transmisión en vivo. Rildo de Jesus (TV Bahia) fue amenazado por un hombre armado en plena transmisión en Salvador. Y Andreyna Patrício (TV Tropical, RN) fue acosada en vivo durante la cobertura del São João de Natal, cuando un hombre le hizo gestos obscenos.

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