CONSIDERANDO
que la Suprema Corte de Justicia de la Argentina ratificó, en este mes de octubre, una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) por el cual absolvió al diario La Voz del Interior, de Córdoba, en una causa por injurias adoptando la doctrina de la real malicia
CONSIDERANDO
que en 1977, el diario se hizo eco de una investigación periodística televisiva y, citando datos obtenidos de un expediente judicial, aludió a la supuesta vinculación del asesinato del ex senador radical Regino Maders con personas relacionadas con el negocio del juego llamado videopóquer, a cargo del empresario Miguel Angel Caruso, quien se sintió agraviado e inició la demanda
CONSIDERANDO
que el Tribunal cordobés en su dictamen aplicó la doctrina de la real malicia, surgida del derecho norteamericano, que establece que en una demanda contra un periodista o contra un medio de comunicación el querellante debe probar que la información publicada era falsa y que se la dio a conocer a sabiendas de esa circunstancia
CONSIDERANDO
que la Corte Suprema dejó firme el fallo absolutorio al editor responsable, Luis Eduardo Remonda, en ese entonces su director periodístico
CONSIDERANDO
que en su fallo, la Corte concluyó que el tribunal provincial aplicó correctamente la ley cuando resolvió que las expresiones que el querellante evaluó como injuriosas no habían sido creadas por La Voz del Interior, sino que derivaban de los testimonios que figuraban en el expediente judicial, citados en el artículo
CONSIDERANDO
que el Principio 1 de la Declaración de Chapultepec declara que no hay personas ni sociedades libres sin libertad de expresión y de prensa. El ejercicio de ésta no es una concesión de las autoridades; es un derecho inalienable del pueblo
LA ASAMBLEA GENERAL DE LA SIP RESUELVE
dirigirse a los ministros de la Corte Suprema de Justicia de Argentina para expresar su satisfacción por la aplicación correcta de esta doctrina que fortalece la capacidad de informar de los periodistas y medios de prensa.