Impunidad Perú

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CONSIDERANDO que el 6 de septiembre del 2011, el periodista Pedro Flores Silva de Canal 6 de Televisión de Casma, ubicado en el departamento de Ancash, fue víctima de un atentado perpetrado por un sicario y producto de las heridas falleció dos días después. CONSIDERANDO El 29 de agosto del 2013, la jueza del Primer Juzgado Penal Nacional, Janett Mónica Lastra Ramírez, abrió proceso penal contra Marco Antonio Rivero Huertas, alcalde de la Municipalidad Distrital de Comandante Noel, provincia de Casma, como instigador; Bladimir Anderson Castillo Castro y Emilio José Ciriaco Agreda, como autores directos; y, José Felix Ferreyra Carbajal, Gerente Municipal,  Antonio Azalde Lluen, Asesor Legal de la Municipalidad, y Miguel Humberto Becerra Pérez, suegro del alcalde, como cómplices primarios del delito de homicidio calificado en agravio del periodista Pedro Alfonso Flores Silva. CONSIDERANDO que los autores materiales del crimen del periodista Alberto Rivera Fernández, ocurrido en Pucallpa el 21 de octubre del 2004 mientras trabajaba en la radio Frecuencia Oriental de Pucallpa, fueron condenados, pero no los presuntos autores intelectuales. CONSIDERANDO que el 4 de setiembre del 2013, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, presidida por el Vocal Supremo César San Martín Castro dejó al voto el Recurso de Nulidad, con un plazo de 15 días, contra la sentencia que absolvió en mayo del 2012 a Luis Valdez Villacorta y Solio Ramírez Garay como autores intelectuales del asesinato del periodista Alberto Rivera Fernández, en represalia por sus denuncias periodísticas sobre actividades del narcotráfico y tráfico de terrenos e irregularidades en esta Región nororiental del país. El Fiscal Supremo de la Segunda Fiscalía Suprema Penal, Pablo Sánchez Velarde, apoyo la propuesta de declarar nula la sentencia absolutoria e iniciar un nuevo juicio oral para determinar quiénes fueron los instigadores y/o autores intelectuales del crimen. CONSIDERANDO que el Principio 4 de la Declaración de Chapultepec establece: “El asesinato, el terrorismo, el secuestro, las presiones, la intimidación, la prisión injusta de los periodistas, la destrucción material de los medios de comunicación, la violencia de cualquier tipo y la impunidad de los agresores, coartan severamente la libertad de expresión y de prensa. Estos actos deben ser investigados con prontitud y sancionados con severidad”. LA 69 ASAMBLEA GENERAL DE LA SIP RESUELVE Solicitar a los integrantes de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, que dentro del marco que señala la Ley,  con la finalidad que los autores intelectuales del asesinato del periodista Rivera sean debidamente sancionados y este caso no quede impune, resuelvan con imparcialidad y objetividad, el Recurso de Nulidad presentado contra la sentencia que absolvió a Luis Valdez Villacorta y Solio Ramírez Garay como autores intelectuales del asesinato del periodista Alberto Rivera Fernández. Pedir a la doctora Janett Mónica Lastra Ramírez,  jueza del Primer Juzgado Penal Nacional, que dentro del marco que señala la ley, con la debida celeridad que el caso amerita realice todas las diligencias que sean necesarias con la finalidad que sancionar a los que participaron en el asesinato del periodista Pedro Alfonso Flores Silva.  

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