Impunidad/ Prescripción de asesinatos

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CONSIDERANDO que la impunidad es el principal incentivo de los violentos y que la prescripción de acciones judiciales por casos de periodistas asesinados, tiene graves consecuencias para la libertad de prensa CONSIDERANDO que durante este 2013 y antes de que finalice, cinco casos quedarán prescritos en Colombia y 12 en México CONSIDERANDO que en Colombia ya prescribieron este año los casos de Gerardo Didier Gómez, Carlos Lajud Catalán, Nelson de la Rosa Toscano y Manuel José Martínez Espinosa, asesinados en 1993, debido a que no puede aplicarse en forma retroactiva una ley de 2010 que había extendido el plazo de prescripción a 30 años CONSIDERANDO Que el 11 de marzo la Fiscalía General de la Nación declaró como “Delito de Lesa Humanidad” el asesinato de Eustorgio Colmenares, un día antes de cumplirse los 20 años y evitándose que el crimen prescribiera. La Fiscalía consideró que “existe suficiente evidencia de que la muerte de Colmenares se produjo como consecuencia de un patrón sistemático contra la población civil de la región”, declarando así la acción penal como imprescriptible CONSIDERANDO que el caso del periodista colombiano Danilo Alfonso Baquero, prescribirá el 26 de diciembre, fecha en que se conmemora el 20 aniversario de su asesinato CONSIDERANDO que en México, se permitió que prescriban los casos de Jesús Michel Jacobo y Manuel Burgueño Orduño, en el estado de Sinaloa; Felipe González Hernández, en el estado de México; Ezequiel Huerta Acosta, en Coahuila; Alberto Ruvalcaba Torres, en Jalisco; Lázaro Cárdenas, en Michoacán; Jessica Elizalde de León, en Chihuahua, y Alejandro Campos Moreno, en Morelos CONSIDERANDO que existe el riesgo de que en poco tiempo prescriban en México los casos de asesinatos de Enrique Peralta Torres y José Luis Rojas, en el estado Morelos; Abel Bueno León, en Guerrero; y de Philip True, en Jalisco CONSIDERANDO que el Principio 4 de la Declaración de Chapultepec establece: “El asesinato, el terrorismo, el secuestro, las presiones, la intimidación, la prisión injusta de los periodistas, la destrucción material de los medios de comunicación, la violencia de cualquier tipo y la impunidad de los agresores, coartan severamente la libertad de expresión y de prensa. Estos actos deben ser investigados con prontitud y sancionados con severidad”. LA ASAMBLEA GENERAL DE LA SIP RESUELVE Demandar a la Justicia en Colombia y México a que cumplan con su obligación de investigar y sancionar a los responsables durante un tiempo razonable, y respetar el derecho de los familiares de las víctimas a conocer la verdad de los hechos Exigir a la Fiscalía General de la Nación de Colombia respuesta frente a la prescripción de casos de asesinatos a periodistas, exhortándole a que se adopten medidas para evitar que caduquen estos procesos criminales Urgir en México a las procuradurías de Justicia de los estados de Sinaloa, estado de México, Coahuila, Jalisco, Michoacán, Chihuahua y Morelos, a que analicen los expedientes para impedir que estos prescriban Motivar a la Fiscalía General de Colombia a que estudié otros casos de asesinatos cerca de prescribir para que considere declararlos de “lesa humanidad” y así evitar su prescripción Exhortar a las autoridades de los estados de Guerrero y Jalisco, para que impidan que los expedientes sean archivados; a la par de investigar internamente si fue una omisión dolosa la que ha colocado a estos casos en total impunidad Denunciar la ausencia de justicia en estos casos y recurrir a organismos e instancias internacionales, con el fin de que los crímenes contra periodistas no queden en el olvido e impunes  

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