Chile

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Informe ante la Reunión de Medio Año 2023
25-27 de abril
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Este período ha estado influido por el segundo proceso constituyente tras el resultado del primero, que fue rechazado por un 61,89% de la ciudadanía.

El 7 de marzo comenzó a operar dentro del nuevo proceso la Comisión Experta. Esta aprobó un texto general que, en lo referido a las libertades de expresión y de prensa, establece un modelo similar al existente. En el Art. 17-11, la Constitución asegura a todas las personas: "El derecho a la libertad de opinión y de expresión, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, sin perjuicio de las responsabilidades ulteriores por los delitos o abusos que se cometan en el ejercicio de estas libertades, en conformidad a la ley. Toda persona ofendida o injustamente aludida por algún medio de comunicación social tiene derecho a que su declaración o rectificación sea gratuitamente difundida, en las condiciones que la ley determine, por el medio de comunicación social en que esa información hubiera sido emitida. Reconoce, además, a toda persona natural o jurídica el derecho de fundar, editar y mantener medios de comunicación social, cualquiera sea su plataforma, en las condiciones que señale la ley. La ley en ningún caso podrá establecer el monopolio estatal sobre los medios de comunicación social".

En enero se publicaron los resultados del estudio "Más amplitud, más voces, más democracia", que había encomendado el presidente Gabriel Boric el 1 de junio a tres universidades estatales para evaluar la situación del sistema informativo nacional y la regulación del pluralismo informativo.

El informe estableció la necesidad de crear medios públicos, dictar un código de ética a nivel estatal, un nuevo diseño de distribución de publicidad estatal con mecanismos para crear nuevos medios, la promoción de medios comunitarios y la protección de periodistas.

En diciembre, la Asociación Nacional de la Prensa (ANP) reunió a más de 50 expertos, entre ellos a premios nacionales de periodismo, académicos y directores de medios. El objetivo fue analizar el impacto de la desinformación en la democracia. En marzo, la ANP publicó un resumen de los resultados con reflexiones sobre el papel de los medios en la democracia y la no injerencia del Estado con regulaciones sobre desinformación.

En mayo del año pasado se presentaron en el Congreso dos proyectos de ley sobre protección estatal de periodistas, a raíz de las agresiones sufridas por comunicadores durante manifestaciones públicas. Entre 2019 y 2020, varios medios sufrieron atentados y algunos fueron incendiados. El proyecto, que pronto podría ser aprobado en el Congreso, está alineado al modelo de seguridad que pregona la Unesco.

Otros casos relevantes contra la libertad de prensa en este período:

El 18 de enero el Tribunal de Garantía de Concepción condenó –por el delito de difamación contra el funcionario público Rodrigo Daroch– al periodista Felipe Soto, editor del sitio web Resumen, a una pena suspendida de 61 días de prisión y una multa de 680 mil pesos chilenos (847 dólares) y la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Resumen, al igual que otros medios regionales, han sido objeto de acoso judicial por parte de funcionarios públicos, y el 20 de marzo sus oficinas sufrieron un ataque, en el que se registraron daños materiales y un intento de incendio.

Ese día, un equipo periodístico de CHV realizaba un reportaje sobre una denuncia de impagos de arriendo en un edificio y recibió agresiones por parte de una de las inquilinas.

El 6 de abril, durante la cobertura informativa en directo del canal Mega por el asesinato de un policía, la periodista Paula de Allende utilizó la expresión "paco" –coloquial pero considerada despectiva– para referirse al funcionario de Carabineros. Aunque se disculpó, su expresión causó polémica. El general de Carabineros Álex Chaván vetó públicamente la presencia de la periodista. En redes sociales se multiplicaron los mensajes críticos y hostiles en su contra. El canal Mega anunció la desvinculación de la periodista por transgredir la línea editorial.

De forma paralela, circularon mensajes hostiles y estigmatizantes en redes sociales contra la periodista. Entre los más difundidos, con más de 100 mil reproducciones, se encuentra la publicación en Twitter del diputado Gonzalo Carrera, en el que indicaba: "Los canales de TV abierta deberían despedir a todos los periodistas octubristas que sembraron odio entre los chilenos", junto con un montaje fotográfico con el rostro y nombre de cuatro conocidos periodistas y la frase "octubristas que sembraron odio contra Carabineros de Chile". En otras publicaciones con decenas de miles de visitas se exponían imágenes de los comunicadores a modo de listas negras de aquellos a quienes proponen silenciar.

Una nota positiva lo constituye un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de noviembre de 2022 que condenó al Estado de Chile por violar la libertad de prensa de un abogado ambientalista, Carlos Baraona Bray. El abogado había sido sentenciado a prisión por "injurias graves" en 2004 tras una demanda del senador Sergio Páez por la tala de árboles milenarios.

En su fallo, la Corte Interamericana pidió al Estado modificar la regulación que penaliza la difamación, en particular cuando el sujeto ofendido es un funcionario público. La Corte, según el considerando 174, estableció que Chile "deberá establecer vías alternativas al proceso penal para la protección del honor de los funcionarios públicos respecto de opiniones relacionadas con su actuación en la esfera pública".


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