CONSIDERANDO que el proyecto Red Latinoamericana de Periodismo en el Exilio (RELPEX) de la SIP se creó en 2024 para respaldar a las y los periodistas en situación de exilio, movilidad o desplazamiento forzado, brindando atención de emergencia, asistencia legal, estipendio de empleabilidad y cuidado psicosocial, entre otras herramientas, además de informar sobre becas, talleres, programas y recursos de apoyo a disposición de esta comunidad
CONSIDERANDO que el exilio o el desplazamiento forzado es un fenómeno dinámico, cambiante y difícil de cuantificar, pero con causas y consecuencias nocivas, entre estas el desarraigo profesional, y que aunque algunos periodistas han logrado reinsertarse en medios de comunicación en sus países de acogida, siete de cada diez periodistas exiliados han visto interrumpida su carrera profesional, según datos recolectados por RELPEX
CONSIDERANDO que para impulsar sus objetivos, RELPEX —que en la actualidad atiende a 300 periodistas de 14 países de las Américas— ha contado con el respaldo financiero de la Fundación Nacional para la Democracia (NED, por sus siglas en inglés) y con el apoyo de DW Akademie, UNESCO y el Instituto de Prensa y Libertad de Expresión (IPLEX) de Costa Rica, el programa TrustLaw de la Thomson Reuters Foundation, la Red de Medios en el Exilio (NEMO) y Vita Activa, entre otras organizaciones
CONSIDERANDO que el exilio de los y las periodistas en la región no responde a decisiones individuales aisladas, sino a un patrón sistemático de persecución política y restricción a la libertad de prensa, acompañado por un déficit estructural de protección, integración laboral y bienestar psicosocial en los países de acogida, según documentó RELPEX
CONSIDERANDO que la Declaración de Chapultepec establece en su cuarto principio que “las presiones, la intimidación, la prisión injusta de los periodistas, la destrucción material de los medios de comunicación, la violencia de cualquier tipo y la impunidad de los agresores coartan severamente la libertad de expresión y de prensa”, y afirma en el décimo artículo que “ningún medio de comunicación o periodista debe ser sancionado por difundir la verdad o formular críticas o denuncias contra el poder público”.
LA 81ª ASAMBLEA GENERAL DE LA SIP RESUELVE
Incentivar el fortalecimiento de la colaboración para responder y gestionar de manera eficiente el apoyo y las herramientas disponibles con el propósito de atender la limitación de recursos y las enormes necesidades que padecen los periodistas forzados al exilio y al desplazamiento forzado
Instar a las organizaciones dedicadas a dar seguimiento al periodismo, a apoyar los proyectos periodísticos desde el exilio, muchos de los cuales enfrentan carencias y limitaciones
Reiterar el pedido a los Estados receptores para que creen proyectos de inserción para periodistas exiliados y les brinden adecuada ayuda humanitaria, económica, psicológica y laboral, así como agilicen los trámites legales para el otorgamiento de asilo político o visas especiales de trabajo
Insistir a la Organización de las Naciones Unidas, a la Organización de Estados Americanos y a otros organismos intergubernamentales que creen programas para apoyar la inserción de los periodistas e incentiven programas de reinserción en sus países de origen cuando se den las condiciones adecuadas.