El ejercicio de las libertades de expresión y de prensa durante los primeros meses de la gestión del presidente José Antonio Kast estuvo marcado por iniciativas legislativas con incidencia en el ejercicio del periodismo y por nuevos episodios de agresiones contra periodistas durante la cobertura de manifestaciones. También se registraron decisiones y situaciones que afectan las condiciones económicas y jurídicas para el desarrollo del periodismo profesional, entre ellas la contratación de servicios de resumen de prensa -conocidos como clipping- sin licencia, el retraso en pagos del Servicio Electoral (Servel) a medios regionales y el debate sobre una eventual excepción al derecho de autor para el desarrollo de sistemas de inteligencia artificial.
En cuanto a la relación entre el nuevo gobierno y la prensa, el 18 de agosto, durante la ceremonia de cambio de presidencia de la Federación de Medios de Comunicación Social —que agrupa a los gremios de prensa, radio y televisión y que conmemoró los 25 años de la Ley N.º 19.733 sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo—, el presidente Kast manifestó su compromiso con la libertad de prensa. Señaló que su gobierno “nunca será un obstáculo para los medios de comunicación”, destacó la función del periodismo de escrutar al poder y condenó el hostigamiento digital contra periodistas. Las declaraciones respondieron a columnas y comentarios que habían cuestionado el carácter “liberal” de su administración.
Durante el mismo periodo, el Ejecutivo comunicó el término del convenio que financiaba el Fondo de Estudios sobre el Pluralismo en el Sistema Informativo Nacional. La Subsecretaría General de Gobierno informó a la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID) que no se efectuaría el aporte correspondiente a 2026, invocando el plan de ajuste fiscal dispuesto por el Ministerio de Hacienda mediante la Circular N.º 12 de 2026. El fondo tiene su origen en el artículo 4.º de la Ley N.º 19.733, que establece que la Ley de Presupuestos debe contemplar anualmente recursos para estudios sobre el pluralismo en el sistema informativo nacional. Académicos y especialistas cuestionaron que este mandato legal pueda quedar sin aplicación por vía administrativa y plantearon la conveniencia de un pronunciamiento de la Contraloría General de la República.
Respecto del derecho de autor y el uso de contenidos periodísticos para inteligencia artificial, el 22 de abril el Ejecutivo ingresó al Congreso Nacional el Proyecto de Ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social (Mensaje N.º 018-374), cuyo artículo 8.º incorporaba un nuevo artículo 71 T a la Ley N.º 17.336 sobre Propiedad Intelectual. La disposición declaraba lícitos, sin autorización ni remuneración del titular, determinados actos de reproducción, adaptación, distribución o comunicación al público de obras lícitamente publicadas cuando se realizaran con fines de extracción y análisis estadístico de datos. La medida podía permitir el uso de contenidos periodísticos para el entrenamiento de sistemas de inteligencia artificial sin licencia o compensación a sus titulares.
La disposición reproducía una propuesta del gobierno anterior que había sido eliminada durante la tramitación del proyecto de ley sobre sistemas de inteligencia artificial en la Cámara de Diputados. La Asociación Nacional de la Prensa (ANP), junto con la Asociación Nacional de Televisión (ANATEL), la Sociedad Chilena del Derecho de Autor y el Consejo Nacional de Televisión, manifestó su oposición a la norma. La ANP solicitó su retiro o, subsidiariamente, la exclusión expresa de los contenidos periodísticos, argumentando que el derecho de autor constituye un elemento relevante para la sostenibilidad del periodismo y que la excepción podría afectar la posición de negociación de los medios frente a empresas tecnológicas.
El 13 de mayo, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados y posteriormente la Sala rechazaron la disposición. Aunque el ministro de Hacienda anunció la posibilidad de presentar una nueva versión durante el segundo trámite, la ley despachada por el Congreso a comienzos de agosto no incorporó la excepción. El debate, sin embargo, continúa en el proyecto que regula los sistemas de inteligencia artificial (Boletín N.º 16.821-19), actualmente en segundo trámite constitucional en el Senado, donde podría volver a discutirse una excepción para la minería de textos y datos.
En relación con el proyecto de ley "antifiltraciones" o "Ley Mordaza 2.0" sobre divulgación de antecedentes de investigaciones penales, este modifica diversos cuerpos legales para fortalecer la protección de determinados antecedentes de un proceso penal y tipificar su divulgación indebida (Boletín N.º 17.484-07) continuó su tramitación. La Comisión de Constitución del Senado concluyó el estudio en particular y despachó la iniciativa a la Sala en marzo. Posteriormente, su discusión general en el Senado quedó pendiente tras solicitarse una segunda discusión y, el 4 de agosto, pese a figurar en tabla, no alcanzó a ser debatida.
El texto contempla sanciones penales para quienes, en determinadas circunstancias, entreguen, difundan o divulguen antecedentes de una investigación penal, con penas mayores cuando la información se encuentre bajo reserva. La ANP, el Colegio de Periodistas, ANATEL, la Asociación de Radiodifusores de Chile (ARCHI) y especialistas en derecho constitucional han advertido sobre el posible impacto de estas disposiciones en el ejercicio del periodismo de investigación, particularmente cuando se trate de información de interés público. La ANP presentó sus observaciones ante el Congreso. Entre las propuestas formuladas por organizaciones del sector se encuentra la incorporación de una cláusula de interés público que excluya de responsabilidad la divulgación de información de relevancia social. Al cierre de este informe, el proyecto permanecía pendiente de discusión general en la Sala del Senado.
Sobre la contratación estatal de servicios de monitoreo de prensa y el derecho de autor, el conflicto por la contratación de servicios de clipping sin licencias de los titulares de derechos registró un avance. A raíz de un reclamo presentado por la ANP el 21 de abril, la Subsecretaría de Minería, mediante Resolución Exenta N.º 2026-454, del 28 de abril, revocó la resolución que había aprobado las bases y el llamado a licitación pública ID 732-7-L126 para contratar un servicio de clipping. La resolución reconoció la necesidad de revisar la aplicación de la Ley N.º 17.336 y sus implicancias en los procesos de licitación de servicios de monitoreo de prensa, así como la pertinencia de modificar las bases para asegurar su cumplimiento. Se trata de un precedente relevante, en cuanto un órgano de la Administración del Estado reconoce formalmente la incidencia del derecho de autor en la contratación pública de estos servicios.
Posteriormente, la ANP presentó reclamos respecto de otras licitaciones de monitoreo de prensa convocadas por organismos públicos, entre ellos la Tesorería General de la República y la Agencia de Calidad de la Educación. Solicitó que los oferentes acrediten las licencias suscritas con los medios titulares de los contenidos, ya sea como requisito de admisibilidad o como criterio de evaluación técnica.
En cuanto a los pagos pendientes del Servicio Electoral a medios regionales, el retraso en los pagos a medios que realizaron entre el 95% y el 100% de los trabajos de publicación de nóminas electorales contratados mediante órdenes de compra emitidas en octubre de 2025, informado en el reporte anterior, continuó pendiente durante este período. La situación mantiene un impacto potencial sobre la sostenibilidad económica de medios regionales y sobre su capacidad para contribuir al pluralismo informativo y a la cobertura descentralizada.
Respecto de las agresiones a periodistas durante la cobertura de manifestaciones, durante el período se registraron nuevos episodios contra periodistas y reporteros gráficos. Entre ellos se encuentra un incidente denunciado por reporteros durante las manifestaciones del 3 de junio en Santiago. También se registraron hechos similares en septiembre.
Asimismo, se produjeron agresiones contra equipos de medios. El 26 de mayo, un equipo del matinal de Canal 13 fue atacado con piedras durante una transmisión en vivo en la comuna de San Bernardo. El 28 de mayo, un grupo de encapuchados lanzó una bomba molotov hacia un equipo de Radio Bío Bío que cubría incidentes en las inmediaciones del Instituto Nacional, sin que se registraran personas heridas. Estos episodios coinciden con la falta de avances en la tramitación del proyecto de ley sobre protección a periodistas y trabajadores de las comunicaciones (Boletín N.º 14.964-24), que acumula más de dos años de tramitación.
En materia de protección de periodistas frente a la vigilancia y las investigaciones penales, el 30 de junio el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago condenó al exministro de la Corte de Apelaciones Juan Antonio Poblete y al exdirector de Inteligencia del Ejército, general (r) Shafik Nazal, a cinco años de presidio e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por su participación en la interceptación ilegal, en 2017, de las comunicaciones del periodista Mauricio Weibel, quien investigaba hechos de corrupción en el Ejército. La denominada Operación Topógrafo se realizó mediante una orden judicial en la que el número telefónico del periodista fue atribuido a una ciudadana extranjera presentada como agente de inteligencia. Reporteros Sin Fronteras calificó la sentencia como histórica.
El 28 de julio, el fiscal nacional, Ángel Valencia, dictó el Oficio FN N.º 967/2026, una instrucción general obligatoria que establece criterios de actuación en investigaciones penales en las que las víctimas, testigos o imputados sean periodistas o trabajadores de las comunicaciones. La instrucción reconoce a los periodistas como defensores de derechos humanos y establece, entre otras medidas, que los fiscales deben abstenerse de realizar diligencias destinadas a identificar fuentes confidenciales y de utilizar para ese fin mecanismos de interceptación, vigilancia o monitoreo de comunicaciones. También dispone que, cuando un periodista declare como testigo, se le informe sobre su derecho a la reserva de las fuentes y que el Ministerio Público se oponga a preguntas destinadas a revelarlas.
Cuando un periodista sea investigado como imputado, la instrucción establece que deberán agotarse previamente vías menos invasivas y que cualquier medida intrusiva deberá contar con un informe técnico sobre su idoneidad, necesidad y proporcionalidad. Asimismo, dispone que los delitos cometidos contra periodistas sean investigados de oficio, considerando su eventual relación con la actividad profesional de la víctima, y contempla responsabilidad administrativa por incumplimiento de estas directrices.
Finalmente, sobre la implementación de la Ley N.º 21.719 de Protección de Datos Personales, la incertidumbre sobre la instalación de la Agencia de Protección de Datos Personales se mantuvo durante el período. El 19 de mayo, el Senado rechazó la propuesta presidencial de consejeros para el Consejo Directivo de la Agencia, que obtuvo 19 votos a favor y 12 en contra, sin alcanzar el quórum de dos tercios de los senadores en ejercicio exigido por la ley. En junio venció el plazo legal para efectuar la primera designación, establecido seis meses antes de la entrada en vigor de la normativa, sin que el Consejo quedara constituido.
Ante este escenario, el Ejecutivo ingresó un proyecto de ley (Boletín N.º 18.623-07) que propone postergar la entrada en vigor de la Ley N.º 21.719 del 1 de diciembre de 2026 al 1 de diciembre de 2027 y ampliar el Consejo Directivo de tres a cinco integrantes. Al 22 de septiembre, la iniciativa se encontraba en primer trámite constitucional en el Senado, con urgencia calificada de “suma”.
Mientras el proyecto no sea aprobado, la fecha legal de entrada en vigor de la Ley N.º 21.719 continúa fijada para el 1 de diciembre de 2026. Esta situación mantiene incertidumbre para las empresas periodísticas respecto de la implementación de la normativa, particularmente en relación con la autoridad encargada de su aplicación y los criterios para el tratamiento de datos con fines periodísticos.