Chile

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Informe ante la 77ª Asamblea General Virtual
19 - 22 de octubre de 2021
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Este período ha estado fuertemente influido por el proceso constituyente y las elecciones generales del 21 de noviembre.

El 4 de julio comenzó el trabajo de la Convención Constitucional y en tres meses se aprobaron los reglamentos de funcionamiento. El 18 de octubre, el día que se cumplen dos años desde el "estallido social", comenzará el debate sobre el contenido de la futura Constitución.

Argumentando razones sanitarias, las autoridades limitaron el acceso de los medios a ciertos espacios de debate y al propio edificio, restringiendo a los periodistas a la señal digital de la Convención. Algunos convencionales reclamaron por ese condicionamiento, aunque otros lo justificaron para que los medios no puedan desprestigiar a la institución. Luego de las protestas de asociaciones y gremios periodísticos los medios volvieron a tener acceso.

El 26 de julio, la Federación de Medios de Comunicación, que reúne a la Asociación Nacional de la Prensa (ANP), la Asociación Nacional de Televisión (Anatel) y de Radiodifusores de Chile (Archi), condenó el uso de carteles cerca de la sede de la Convención y en redes sociales, con fotografías y nombres de periodistas, acusándolos de informar inadecuadamente sobre el proceso constituyente.

En la discusión del Reglamento de Ética, fueron aprobadas dos normas que, si bien aplican a los convencionales, podrían tener repercusiones sobre el estatuto de la libertad de expresión en la futura Constitución. Una sanciona a los convencionales en actos de negacionismo, definido como cualquier "acción u omisión que justifique, niegue o minimice, haga apología o glorifique los delitos de lesa humanidad ocurridos en Chile entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, y las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el contexto del estallido social de octubre de 2019 y con posterioridad a este". Otra sanciona "toda acción u omisión que justifique, niegue o minimice las atrocidades y el genocidio cultural de las que han sido víctimas los pueblos originarios y el pueblo tribal afrodescendiente a través de la historia, durante la colonización europea y a partir de la constitución del Estado de Chile".

Ambas medidas contradicen una decisión de 2020 del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional un proyecto de ley que tipifica delitos de odio y negacionismo.

Otra norma que puede, eventualmente, replicarse en el texto constitucional es sobre información falsa. Se define a la desinformación como "la expresión, a través de cualquier medio físico o digital, de un hecho que se presenta como real, conociendo o debiendo saber que es falso". La preocupación es que ante esa definición exigirá que la Comisión de Ética determine la "verdad oficial", mientras que el término "debiendo saber que es falso", es ambiguo.

La ANP trabaja para exigir a las empresas de clipping de prensa que el material extractado cuente con la autorización de los medios, así como el pago de los derechos correspondientes. La ANP ha planteado al Gobierno, a la Contraloría General de la República y a empresas privadas que en la contratación de servicios de clipping, se aseguren que están adquiriendo contenido de origen legal, de conformidad a la ley que protege los derechos de autor.

El 21 de septiembre, los diarios chilenos adhirieron a la declaración pública coordinada por la SIP en conjunto con asociaciones de todas las Américas, para denunciar la afectación sufrida por los medios en el uso de sus contenidos por parte de las plataformas digitales.

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