Argentina I

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CONSIDERANDO que la publicidad oficial sigue distribuyéndose sin parámetros técnicos y razonables, y sin control de ninguna naturaleza, y utilizada como herramienta para premiar o castigar a los medios;

CONSIDERANDO que en un fallo reciente en una causa iniciada por la Editorial Perfil, la Corte Suprema de Justicia, exigió al Poder Ejecutivo no discriminar y aplicar criterios de razonabilidad para un reparto equilibrado de la publicidad oficial entre los diferentes medios, sin exclusiones ni favoritismos;

CONSIDERANDO que la asignación de las frecuencias de radio y TV por parte del Estado se realiza en forma arbitraria y con criterios políticos;

CONSIDERANDO que el Art. 6 de la Declaración de Chapultepec establece que “los medios de comunicación y los periodistas no deben ser objeto de discriminaciones o favores en razón de lo que escriban o digan”;

LA REUNION DE MEDIO AÑO DE LA SIP RESUELVE:

exhortar al gobierno argentino a que cese el uso abiertamente discrecional y arbitrario de la publicidad oficial en los medios de comunicación del país;

exigir al Poder Ejecutivo que respete el fallo adoptado por el máximo tribunal de la República, por el cual se establece un reparto razonable de la publicidad oficial, como garantía de la libertad de expresión;

instar al Poder Legislativo a que sancione, de manera urgente, normas que regulen la asignación de avisos estatales en los medios de comunicación, de acuerdo con criterios técnicos;

reclamar a las autoridades el cese de las prácticas arbitrarias, intervencionistas y discriminatorias ejercidas en el marco de la aplicación de la denominada Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual;

solicitar al Congreso la reforma de la ley de forma que garantice la protección de los derechos constitucionales.

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